Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «El futuro del trabajo — La adquisición de los conocimientos y competencias necesarios para responder a las necesidades de los futuros empleos» [Dictamen exploratorio solicitado por la Presidencia búlgara]

SectionDictamen exploratorio
Issuing OrganizationComité Económico y Social

6.7.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 237/8

Ponente: Cinzia DEL RIO (IT/II) Coponente: Milena ANGELOVA (BG/I)

Solicitud de la Presidencia búlgara del Consejo Carta del 5.9.2017 Fundamento jurídico Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea Sección competente Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía Aprobado en sección 23.2.2018 Aprobado en el pleno 15/.3.2018 Pleno n.o 533 Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) 218/0/3

1.1 La introducción progresiva de las nuevas tecnologías, la digitalización y la robotización, y sus rápidas transformaciones, tanto en las empresas como en el sector público, están teniendo un impacto trascendental en los sistemas de producción, las condiciones de trabajo y los modelos organizativos del mercado laboral y en la sociedad en general.

1.2 La nueva revolución industrial tiene el potencial de mejorar la productividad y la calidad de vida y de trabajo, si va debidamente acompañada de una buena combinación de políticas destinadas a lograr un crecimiento integrador y sostenible impulsado por la innovación. Esto tendrá un importante impacto en el empleo: se crearán puestos de trabajo nuevos, algunos empleos se transformarán y otros serán sustituidos a un ritmo rápido. Una educación básica de calidad así como una formación, un aprendizaje permanente, una mejora de las competencias y un reciclaje profesional eficaces y de alto nivel serán los instrumentos necesarios para aprovechar las oportunidades de empleo del futuro y promover la competitividad empresarial.

1.3 Para poder prepararse y responder a estos rápidos cambios tecnológicos y digitales, el CESE, habida cuenta del principio de subsidiariedad, pide a la Comisión Europea (CE) y a los Estados miembros que diseñen políticas específicas y adopten medidas concretas para mejorar y adaptar correctamente sus sistemas de educación y formación, diseñar conjuntamente estrategias nacionales sobre competencias y reconocer el derecho a una formación adecuada de los grupos de personas y trabajadores de todas las edades y de todos los sectores, mediante: — en primer lugar, una garantía de que todos los ciudadanos de la UE pueden acceder en condiciones de igualdad a una educación infantil de calidad;

— el establecimiento de nuevos valores de referencia comunes sobre educación y formación para colmar las distintas brechas entre los países de la UE y reforzar la cohesión;

— la reorientación de la educación y la formación y el refuerzo de los sistemas de educación y formación profesionales para garantizar la rápida adquisición de las capacidades necesarias;

— el apoyo a la negociación colectiva y al diálogo social, en consonancia con los sistemas de relaciones laborales nacionales, para ser capaces de anticipar y adaptar las capacidades a los avances tecnológicos y digitales y desarrollar la formación en el empleo;

— el fomento de la interacción entre las instituciones educativas y las empresas;

— el inicio de una ofensiva de cualificación para apoyar la digitalización creciente de los mercados de trabajo;

— el desarrollo de nuevas medidas —como los incentivos basados en los resultados, la creación de nuevos mecanismos de seguimiento para evaluar los resultados conseguidos en materia de cobertura del aprendizaje digital y permanente, el intercambio y la ampliación a escala de la UE de la recopilación de las mejores prácticas nacionales relacionadas con el acceso y la participación en la formación, el permiso de formación, etc.—, con el fin de incluir a todos en los programas de formación, tanto a los que buscan un empleo como a los trabajadores, prestando especial atención a los trabajadores adultos y con baja cualificación;

— la garantía de una oferta de formación, y de participación en la misma, para todos, de tal modo que se pueda simultáneamente mejorar el rendimiento de las empresas y el crecimiento personal y profesional de los trabajadores, y la extensión de la cobertura a los empleos atípicos (1); idealmente, debería examinarse si este derecho de formación individual debería ser transferible, es decir, si las personas deberían poder transferirlo cuando cambian de empresario o de país;

— la adopción de medidas para comprobar si son necesarias disposiciones y, en tal caso, qué disposiciones son necesarias para establecer el derecho a tiempo libre de formación remunerado, y la consideración de la conveniencia de adoptar medidas a escala de la UE con vistas a que las buenas prácticas en el ámbito de las normas mínimas relativas al derecho a permisos de formación se conviertan en prácticas habituales en algunos Estados miembros (2);

— el establecimiento de un sistema europeo homogéneo de evaluación y validación del aprendizaje no formal e informal;

— la inversión a escala de la UE, con fondos específicos, para acompañar la transición y el establecimiento de nuevos criterios basados en resultados para la asignación de dichos fondos;

— el impulso de los intercambios laborales entre empresas para respaldar las oportunidades de «intercambio de cerebros» y la creación de plataformas para compartir información y mejores prácticas.

1.4 La opción ganadora consiste en complementar las competencias, no solo las digitales, sino también las competencias básicas, técnicas y no técnicas, lo que requiere sistemas educativos eficientes y docentes bien preparados. Sin embargo, en las «nuevas formas de trabajo» —que se caracterizan por la integración de procesos de producción material y tecnologías digitales— es importante mantener un enfoque centrado en las personas.

1.5 Por último, pero no por ello menos importante, el CESE pide a la Comisión y a los Estados miembros que busquen vías para no dejar atrás, sino acompañar, a las personas vulnerables que no sean capaces de responder a los cambios y las crecientes demandas de la nueva era tecnológica.

2.1 La digitalización, la automatización y los nuevos modelos económicos, como la industria 4.0, la economía colaborativa y la economía circular, han dado pie a nuevas formas de trabajo que se caracterizan por la integración de procesos de producción material y tecnologías digitales, que se llevan a cabo tanto en línea como fuera de ella, y que están teniendo un gran impacto en los procesos de producción de las empresas, en los modelos organizativos del mercado de trabajo, en las condiciones laborales, en la duración de los contratos de trabajo, en la cobertura de protección social y en las relaciones laborales.

2.2 Las nuevas tecnologías y la digitalización brindan la posibilidad de lograr una mejor vida personal y mejores condiciones laborales y un mejor equilibrio entre las mismas, de aumentar la productividad y propiciar, en general, la creación de mejores empleos, si van debidamente acompañadas de un enfoque de transición justa y una buena combinación de políticas, para lograr un crecimiento integrador y sostenible impulsado por la innovación. Algunos empleos y ámbitos de actividad actuales cambiarán, algunos trabajos tradicionales desaparecerán y se crearán nuevas actividades. Es posible observar tres fenómenos: creación, transformación y sustitución, con combinaciones e intensidades diferentes en todos los sectores (3).

2.3 Persiste aún el debate sobre si este nuevo contexto laboral tendrá como consecuencia pérdidas o ganancias de empleo. Según la OCDE, las perturbaciones en el empleo y en los modelos de negocio en algunos sectores (fabricación, transportes, sanidad, hostelería, finanzas y educación) serán significativas. El 9 % de los puestos de trabajo corren riesgo de ser desplazados, ya que más del 70 % de las tareas que implican pueden ser automatizadas. Otro 25 % de los puestos de trabajo se transformarían, ya que solo la mitad de las tareas que implican se pueden automatizar (4). Al mismo tiempo, la digitalización tiene potencial para crear nuevos puestos de trabajo no solo en el sector de la producción industrial sino también en el sector de los servicios. El resultado dependerá de un programa integrado de políticas, de las decisiones públicas y de las políticas que se pongan en marcha para abordar los desafíos que plantean los nuevos procesos de producción y modelos de negocio, en particular en lo que respecta a equipar a los jóvenes con las competencias necesarias y a la formación, la mejora de las competencias y el reciclaje profesional, tanto de los solicitantes de empleo como de la mano de obra ocupada. Si estos nuevos procesos y la digitalización aumentarán en última instancia el empleo dependerá del modo en que las empresas y los trabajadores de la UE se adapten satisfactoriamente a los cambios tecnológicos, el modo en que se aborde, junto con los interlocutores sociales, la introducción y el uso de tecnologías y cambios en las estructuras organizativas, la manera en que se realice la formación de los trabajadores y la medida en que la UE y los Estados miembros sean capaces de crear un entorno político y reglamentario favorable para salvaguardar los intereses de empresas y trabajadores (5). La función y los conocimientos especializados de los interlocutores sociales serán esenciales en este proceso y el diálogo social y la negociación colectiva, en consonancia con la legislación y las prácticas nacionales, deberán desempeñar un papel fundamental.

2.4 El desafío que plantean las nuevas formas de empleo ya no está vinculado a la necesidad de «innovar y digitalizar», sino a la necesidad de garantizar que todas las personas reciben la educación y formación apropiadas y de buena calidad, diseñadas de modo que permitan adquirir rápidamente nuevos conocimientos, capacidades y competencias. La cuestión es cómo complementar los robots con la inteligencia humana y mantener un enfoque centrado en las personas en el proceso de introducción de la inteligencia artificial (IA) y la digitalización en todos los sectores económicos, también a lo largo de las cadenas de valor empresariales (6).

2.5 Por lo tanto, en el marco de las políticas activas y de...

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