Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Las empresas de la economía social como motor de la integración de los migrantes» (Dictamen de iniciativa)

SectionDictamen de propia iniciativa
Issuing OrganizationComité Económico y Social

10.8.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 283/1

Ponente: Giuseppe GUERINI

Decisión del Pleno 21.1.2016 Fundamento jurídico Artículo 29, apartado 2, del Reglamento interno Dictamen de iniciativa Sección competente Mercado Único, Producción y Consumo Aprobado en sección 27.4.2018 Aprobación en el pleno 23.5.2018 Pleno n.o 535 Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) 186/1/2

1.1. La reciente evolución del fenómeno migratorio ha puesto a prueba el sistema de entrada en el territorio de la Unión Europea, dando lugar a una auténtica «prueba de resistencia» de las políticas migratorias, sociales y de seguridad pública, tanto de la Unión Europea como de sus Estados miembros.

1.2. El CESE considera esencial que las instituciones europeas, junto con los gobiernos de los Estados miembros, promuevan unas políticas coordinadas, con modalidades más claras, sostenibles y eficaces, que permitan a las personas procedentes de terceros países entrar y establecerse en Europa, trabajar, convertirse en ciudadanos y obtener protección internacional. El Comité pide que se preste especial atención a los migrantes en riesgo de exclusión social, como las personas enfermas o con problemas mentales, las personas con discapacidad y las personas de edad avanzada.

1.3. El CESE observa que las empresas de la economía social han afrontado el reto de la ayuda a los migrantes de forma proactiva, movilizando a sus comunidades y ciudadanos, porque han sido capaces de poner en práctica los principios comunes de su acción (1), integradora, subsidiaria y de protección de las personas más desfavorecidas.

1.4. Las empresas de la economía social tienden a ser integradoras, por lo que deben ser objeto de un mayor reconocimiento. El CESE, por tanto, pide a la Comisión Europea que les dé prioridad a la hora de formular las políticas de la UE y de programar los fondos europeos, especialmente por lo que respecta al pilar europeo de derechos sociales. Esto es lo que se desprendió tanto de la Conferencia sobre economía social del 16 de noviembre de 2017 como de la Cumbre Europea del 17 de noviembre de 2017 celebrada en Gotemburgo.

1.5. Las empresas de la economía social crean puestos de trabajo de calidad en sectores muy intensivos en mano de obra y con una gran proporción de mano de obra procedente de terceros países. En estas empresas la dimensión participativa es importante en términos de seguridad y protección en el momento en que se estructura la actividad económica, porque conduce a la disminución de la economía informal y el trabajo irregular.

1.6. Así pues, las empresas de la economía social desempeñan un papel clave al intervenir en cuatro aspectos especialmente importantes para el proceso de integración de las personas migrantes: la salud y la asistencia, la vivienda, la formación y educación (que deben ir de la mano de la toma de conciencia de los derechos y obligaciones que se derivan del establecimiento en la Unión Europea), y el trabajo y la integración activa de las personas migrantes en la sociedad de acogida.

1.7. El CESE considera que, dada su tendencia a operar en el sector del trabajo asistencial, la economía colaborativa y la economía circular, las empresas de la economía social pueden contribuir a promover y apoyar no solo la creación de empleo, sino también el espíritu empresarial y el acceso de los migrantes y refugiados a una actividad económica. Por lo tanto, la Unión Europea debe seguir promoviendo estas empresas, que son una de las palancas para el crecimiento y la inclusión social y laboral de los migrantes. Por ello, el Comité pide a las instituciones europeas que den prioridad a las políticas dirigidas a las empresas de la economía social, como ya lo reclamaba en su contribución al programa de trabajo de la Comisión Europea para 2018 (2).

1.8. A la luz de las pruebas que respaldan la validez de las empresas de la economía social para favorecer la inclusión laboral y social de los migrantes, el Comité pide a la Unión, a los Estados miembros y a la comunidad internacional que adopten incentivos para el empleo a los que puedan acceder las empresas de la economía social que se dedican a la inserción laboral.

1.9. Visto el informe sobre el avance de las acciones, presentado en noviembre de 2017, el Comité confirma la necesidad de que la Unión y sus Estados miembros adopten un enfoque coordinado (3). Es evidente, en particular, que a falta de un sistema de entrada eficaz para los migrantes, continuará el recurso abusivo a las solicitudes de protección internacional observado en los últimos años. El Comité reitera enérgicamente que los casos de utilización abusiva del sistema de protección internacional no justifican la introducción por parte de algunos Estados miembros de restricciones a la posibilidad de que los nacionales de terceros países soliciten asilo en su territorio.

1.10. El CESE anima a la Comisión y al Consejo a que establezcan una coordinación más estrecha con los países de origen y de tránsito de las migraciones, a fin de crear perspectivas de mejora de las condiciones de vida, en particular para las personas que se desplazan por razones económicas, de hambruna o de cambio climático. Paralelamente, convendría disponer de una política exterior europea más decidida hacia los países en los que la guerra, la dictadura y las persecuciones provocan la huida de sus habitantes.

1.11. En particular, el Comité pide a la Unión que afronte el fenómeno migratorio a partir de las causas que provocan la necesidad de desplazamiento de las personas: pobreza, conflictos, discriminaciones, cambio climático. Esta acción pasa de forma inevitable por un compromiso renovado de la Unión Europea en el marco de la diplomacia y la cooperación internacional al desarrollo, así como por un auténtico plan extraordinario de inversión en la cooperación al desarrollo.

2.1. Las empresas de la economía social constituyen un actor clave de la economía y la sociedad europeas, en su diversidad representan una riqueza de la Unión y contribuyen al logro de los objetivos de la Estrategia Europa 2020, construyendo una Europa más inteligente, sostenible e inclusiva (4).

2.2. Las empresas de la economía social han contribuido de forma significativa a afrontar los cambios registrados en la sociedad. Las empresas de la economía social están presentes en muchos sectores de la sociedad y han creado iniciativas innovadoras para responder a la necesidad creciente de asistencia y cuidado de las personas dependientes, en particular las personas mayores y personas con discapacidad. En muchos casos, lo han hecho incrementando la participación de las mujeres en el mundo laboral, no solo mediante su intervención directa en las empresas de la economía social, sino también prestando nuevos servicios para la infancia y las familias (5). Al mismo tiempo, las empresas de la economía social promueven la creación de oportunidades de empleo para las personas desfavorecidas, prestando especial atención a las personas en riesgo potencial de exclusión social grave, como las personas con discapacidad, las personas con problemas mentales o las personas que padecen alcoholismo o drogadicción. Las empresas de la economía social siguen siendo un actor clave en la promoción del modelo social europeo (6).

2.3. Entre los retos que la Unión ha tenido que afrontar en los últimos años, ha adquirido especial importancia la gestión del creciente flujo migratorio, con millones de personas que cruzan las fronteras del continente para huir de las guerras, el hambre, las persecuciones y las condiciones de vida extremas provocadas por el cambio climático. Este fenómeno ha puesto a prueba el sistema de entrada de los Estados miembros y las políticas migratorias, sociales y de seguridad pública...

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