Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «La tecnología de cadena de bloques y el mercado único de la UE: ¿hacia dónde vamos?»(Dictamen de iniciativa)

SectionSerie C
Issuing OrganizationComité Económico y Social

11.2.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 47/17

Ponente: Ariane RODERT

Coponente: Gonçalo LOBO XAVIER

Decisión del Pleno 21.2.2019 Fundamento jurídico Artículo 32, apartado 2, del Reglamento interno Dictamen de iniciativa Sección competente Mercado Único, Producción y Consumo Aprobado en sección 18.10.2019 Aprobado en el pleno 30.10.2019 Pleno n.o 547 Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) 182/1/5

1.1. El presente Dictamen se centra en la cadena de bloques desde el punto de vista de la tecnología. En la práctica, esta tecnología está haciendo patente su positivo poder transformador en muchos sectores de la sociedad, aportando valores como la confianza y la transparencia, la democracia y la seguridad. Por último, puede ayudar a reinventar los modelos socioeconómicos, apoyando de esta manera la innovación social necesaria para hacer frente a los retos sociales actuales. Sin embargo, dado que la cuestión de las criptomonedas es objeto de un intenso debate, en un futuro próximo el CESE debería revisar estos instrumentos por separado en relación con el riesgo de blanqueo de capitales o evasión fiscal.

1.2. La tecnología de cadena de bloques ya ha repercutido favorablemente en la sociedad de varias formas, como ayudando a lograr los objetivos de desarrollo sostenible (ODS), empoderando a los ciudadanos, potenciando el espíritu empresarial y la innovación y mejorando la movilidad y las oportunidades transfronterizas para las empresas, así como aumentando la transparencia para los consumidores. Asimismo, puede reducir el fraude fiscal y la corrupción, y desarrollar los servicios públicos y privados. No obstante, aún quedan varios desafíos a los que se ha de hacer frente, en concreto la urgente cuestión de la provisión de seguridad y claridad jurídica y la protección de la privacidad.

1.3. Si bien las instituciones de la UE han analizado la tecnología de cadena de bloques en cierta medida, aún se requiere un enfoque común a nivel de la UE. Dada la experiencia que ha acumulado hasta la fecha, la UE tiene una oportunidad única de mantener su posición líder en el mercado global, a condición de que tome medidas inmediatas.

1.4. El CESE, por consiguiente, pide a la Comisión Europea que ponga en marcha una iniciativa de cadena de bloques integral que establezca un enfoque de la UE común y ofrezca una perspectiva articulada en torno a los ODS. Esto debería venir acompañado de un plan de acción que convierta a Europa en el mayor referente en materia de cadena de bloques de todo el mundo. La Asociación Europea de Cadena de Bloques y el Observatorio y Foro de la Cadena de Bloques deberían reforzarse con la creación de una plataforma de partes interesadas en la tecnología de cadena de bloques de la UE, que incluya a representantes de las instituciones de la UE, entre ellas el CESE y el CDR, la industria, los consumidores, los Estados miembros, el mundo académico, etc. Esta plataforma debería ofrecer un espacio para el aprendizaje conjunto y la creación de capacidades, así como para el intercambio de buenas prácticas.

1.5. El CESE puede colaborar activamente en la organización de dicha plataforma garantizando la transparencia, la inclusión, la colaboración y la participación de la sociedad civil organizada.

2.1. La tecnología de cadena de bloques y la tecnología de registros distribuidos tienen el potencial para transformar nuestra sociedad. La tecnología de cadena de bloques consiste en una estructura matemática para el almacenamiento de datos que permite limitar la corrupción y los datos falsos. La tecnología ofrece una nueva forma de crear confianza para intercambiar con seguridad algo de valor. La cadena de bloques es considerada una nueva fase más transformadora de la era de internet, pero cabe destacar que es una de las numerosas nuevas oportunidades tecnológicas.

2.2. El presente Dictamen se centra en la cadena de bloques desde el punto de vista de la tecnología, que puede aplicarse a multitud de ámbitos e industrias como la energía, las finanzas, la alimentación y la agricultura, la medicina y la salud, las elecciones y la gobernanza. El presente dictamen se centra en este aspecto y, en particular, en la relación entre la cadena de bloques y el mercado único de la UE. Si se implanta adecuadamente, la cadena de bloques puede transformar conceptos como la competencia y la gobernanza, y hacer frente así a transiciones y retos de la sociedad. Sin embargo, dado que la cuestión de las criptomonedas es objeto de un intenso debate, en un futuro próximo el CESE debería revisar estos instrumentos por separado en relación con el riesgo de blanqueo de capitales o evasión fiscal.

2.3. El reciente dictamen del CESE titulado «La tecnología de cadena de bloques y de registros distribuidos: una infraestructura ideal para la economía social» (1) afirma que la «cadena de bloques es también un código, es decir, un protocolo de comunicación y un registro público en el que se “anotan” con un alto nivel de transparencia y de forma no modificable todas las transacciones efectuadas entre los participantes en la red, siguiendo un orden secuencial». Esta definición se complementa con la visión de la Comisión Europea de que la cadena de bloques es una tecnología que fomenta la confianza del usuario y que permite intercambiar información en línea, así como acordar y registrar transacciones de forma verificable, segura y permanente (2).

2.4. Las instituciones de la UE ya han tomado medidas para apoyar el desarrollo de la tecnología de cadena de bloques. En 2017, el Servicio de Estudios del Parlamento Europeo publicó el informe «Cómo puede cambiar nuestra vida la tecnología de la cadena de bloques» (3) y, en 2018, la Comisión Europea inauguró el Observatorio y Foro de la Cadena de Bloques (4). Con ello se pretende acelerar la innovación y el desarrollo de la tecnología de cadena de bloques para que Europa conserve su posición como líder global en relación con esta nueva tecnología transformadora.

2.5. Abril de 2018 supuso un hito importante, cuando la Comisión, junto a veintiún Estados miembros y Noruega, firmó una declaración para crear la Asociación Europea de Cadena de Bloques y cooperar con el objetivo de establecer una infraestructura europea de cadena de bloques para los servicios (5). El objetivo es fomentar unos servicios públicos digitales transfronterizos con los mayores niveles de seguridad y privacidad. Desde entonces, veintisiete Estados miembros se han unido a la Asociación.

2.6. En 2018, el Parlamento Europeo (PE) aprobó una Resolución no legislativa...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT