Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) 2016/1628 en lo que respecta a sus disposiciones transitorias para hacer frente al impacto de la crisis de la COVID-19 [COM(2020) 233 final — 2020/0113 (COD)]

SectionSerie C
Issuing OrganizationComité Económico y Social

18.9.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 311/53

Ponente: Gerardo LARGHI

Consulta Consejo de la Unión Europea, 8.6.2020 Parlamento Europeo, 17.6.2020 Fundamento jurídico Artículo 114 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea Competencia Sección de Mercado Único, Producción y Consumo Decisión de la Mesa 9.6.2020 Aprobado en el pleno 11.6.2020 Pleno n.o 552 Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) 226/0/2

1.1. El CESE acoge favorablemente la propuesta de Reglamento, que considera una respuesta adecuada y proporcionada a las consecuencias de la crisis de la COVID-19.

1.2. La propuesta cumple el doble objetivo de asegurar el correcto funcionamiento del mercado interior, garantizando al mismo tiempo un elevado nivel de seguridad pública y de protección del medio ambiente.

2.1. El Reglamento (UE) 2016/1628 del Parlamento Europeo y del Consejo (1) establece nuevos límites de emisiones, denominados de «fase V», que tienen por objeto reducir las emisiones de contaminantes atmosféricos procedentes de los motores destinados a las máquinas móviles no de carretera, y contempla un período de tiempo para llevar a cabo esta transición.

2.2. La pandemia de COVID-19 ha perturbado gravemente la cadena de suministro, lo que ha repercutido en la capacidad de los fabricantes de máquinas móviles no de carretera de cumplir algunos de los plazos que impone el Reglamento.

2.3. El objetivo de la propuesta es otorgar una prórroga de doce meses para la fabricación e introducción en el mercado de máquinas móviles no de carretera y tractores equipados con motores de transición, ayudando así a los fabricantes a hacer frente a una perturbación imposible de prever.

3.1. El CESE reitera su convicción de que es indispensable reducir las emisiones nocivas de monóxido de carbono, óxido de nitrógeno, hidrocarburos y partículas de los motores de tractores agrícolas y forestales para contribuir a alcanzar los niveles de calidad del aire establecidos por la UE.

3.2. En su Dictamen (2) sobre el Reglamento...

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