Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones «Garantizar la justicia en la UE — Estrategia europea sobre la formación judicial para 2021-2024»[COM(2020) 713 final]

SectionSerie C
Issuing OrganizationComité Económico y Social

16.7.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 286/141

Ponente: Elena CALISTRU

Consulta Comisión Europea, 24.2.2021 Fundamento jurídico Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea Sección competente Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía Aprobado en sección 16.4.2021 Aprobado en el pleno 27.4.2021 Pleno n.o 560 Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) 240/3/0

1.1. La formación judicial sobre el Derecho de la Unión ha mejorado la aplicación correcta y uniforme del Derecho de la Unión y ha fomentado la confianza mutua en los procedimientos judiciales transfronterizos, contribuyendo así a desarrollar el espacio judicial europeo. La estrategia se basa en el éxito de iniciativas anteriores y busca mantener la formación judicial en un lugar destacado en la agenda de la UE, prestando especial atención a los retos que van surgiendo –como la transición ecológica o nuevas relaciones industriales– y a la adaptación a la nueva era tecnológica.

1.2. Al brindarles recursos, apoyo y formación adecuados, los profesionales de la justicia de todos los Estados miembros podrán atender las necesidades de los ciudadanos, los trabajadores y las empresas en toda la UE. Los profesionales bien formados desempeñan un papel importante en el fortalecimiento de la cultura del Estado de Derecho y la defensa del propio Estado de Derecho, la promoción de valores y principios europeos como la independencia judicial y el apoyo a la observancia efectiva de los derechos fundamentales a escala europea y nacional.

1.3. La evolución actual del mercado de trabajo suscita cada vez más dudas sobre el estatus laboral y las normas aplicables a los trabajadores y a las nuevas formas de trabajo futuras. Existen resoluciones divergentes al respecto dictadas por órganos jurisdiccionales de distintos Estados miembros que dirimen situaciones similares o idénticas, incluso asuntos relativos a la misma empresa. Con el fin de garantizar la homogeneidad de la jurisprudencia y un funcionamiento adecuado del mercado interior, es necesario asegurarse de que el personal judicial recibe orientaciones y formación.

1.4. El CESE entiende totalmente y reconoce que la Comisión desempeña simplemente un papel de apoyo en la formación judicial, y que la responsabilidad principal recae en las partes interesadas nacionales. No obstante, una integración estratégica y un apoyo financiero adecuados para la ejecución de la estrategia deberían figurar entre las preocupaciones comunes.

1.5. Teniendo en cuenta los retos a escala de la UE y el creciente número de cuestiones con una dimensión europea (protección de los intereses financieros de la UE en los nuevos mecanismos financieros, transición digital y ecológica), es cada vez más importante establecer normas para aplicar en todos los Estados miembros un enfoque más homogéneo respecto de la formación judicial.

1.6. En la misma medida, el Comité reconoce la importancia que atribuye la Comisión a la supervisión periódica de la aplicación de la estrategia y la colaboración con las demás instituciones de la UE para recabar el apoyo político necesario para cumplir los objetivos. El CESE recomienda encarecidamente a la Comisión encontrar formas de incluir a las OSC y los interlocutores sociales en la supervisión de la ejecución de la estrategia, a escala tanto europea como nacional.

1.7. Con el fin de proteger los intereses financieros de la UE, atender a las cuestiones medioambientales y salvaguardar los derechos de la Unión, el CESE considera que la formación de los profesionales de la justicia debe abarcar la protección y el reconocimiento de los derechos de los denunciantes, quienes desempeñan un papel clave en la prevención de abusos relacionados con el fraude y la corrupción, así como cualquier vulneración de los derechos de la Unión.

1.8. La formación judicial europea debería ir más allá de la formación jurídica y el Comité acoge con especial satisfacción la atención prestada a la formación en «judicatura» como aspecto esencial de la eficiencia de la justicia. El CESE aboga por el desarrollo de capacidades profesionales en ámbitos complementarios, como la ética, la medicina forense y la psicología. También debe velarse por que los profesionales de la justicia cuenten con los conocimientos necesarios sobre...

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