Dictamen del Comité Económico y Social Europeo «Un enfoque de “nueva generación” para el comercio y el desarrollo sostenible — Revisión del plan de acción de quince puntos» (Dictamen de iniciativa)

SectionSerie C
Issuing OrganizationComité Económico y Social

4.3.2022 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 105/40

Ponente : Tanja BUZEK

Decisión del Pleno 25.3.2021 Fundamento jurídico Artículo 32, apartado 2, del Reglamento interno Dictamen de iniciativa Sección competente Relaciones Exteriores Aprobado en sección 28.9.2021 Aprobado en el pleno 20.10.2021 Pleno n.o 564 Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) 236/2/5

1.1. El comercio necesita un marco político adecuado para impulsar el crecimiento, la creación de empleo digno, el desarrollo sostenible y el apoyo a una recuperación económica sostenible tras la crisis de la COVID-19, con el fin de que las empresas puedan reconstruir y reorganizar sus cadenas de suministro y de valor interrumpidas. El año 2021 constituye un punto de inflexión para replantearse la gobernanza comercial de la UE y el CESE apoya su nueva senda abierta, sostenible y firme.

1.2. Los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible (CDS) expresan el compromiso de la UE con una «agenda comercial basada en valores» que fomente simultáneamente el desarrollo económico, social y medioambiental. Abordar el incumplimiento y la mejora de la aplicación de los compromisos en materia de CDS son esenciales para lograr unas normas rigurosas de trabajo y sostenibilidad gracias a los instrumentos comerciales. Tanto a nivel bilateral como mundial, la UE debería establecer unos criterios de referencia ambiciosos en materia de CDS con socios comerciales afines dispuestos a liderar el proceso.

1.3. El CESE acoge con satisfacción la revisión adelantada del plan de acción de quince puntos y espera que supere su limitado y «compartimentado» marco establecido en 2018. Los capítulos sobre CDS que no satisfacen plenamente sus compromisos jurídicamente vinculantes llevan al CESE a proponer una revisión ambiciosa, que incluya un enfoque de ejecución renovado sujeto a sanciones, con un mayor seguimiento por parte de la sociedad civil, el uso de instrumentos innovadores y el refuerzo del impulso al CDS. Este enfoque de «nueva generación para el comercio y desarrollo sostenible» debe ser parte integrante de la estrategia comercial de la UE y aplicarse por igual a los mandatos de negociación actuales y futuros.

1.4. Un nuevo enfoque empieza por eliminar los compartimentos estancos. El éxito de la aplicación y el cumplimiento de los capítulos sobre CDS requiere una interacción dinámica, estructurada y más colaborativa de los distintos agentes, con intercambios entre instituciones, organismos internacionales y, lo que es más importante, de todos ellos con los grupos consultivos internos (GCI) y entre los GCI. En su calidad de organismo reconocido a nivel internacional, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) debería participar en la supervisión de la aplicación de sus convenios en los acuerdos de libre comercio (ALC).

1.5. Los problemas importantes suelen aparecer desde el principio. El CESE subraya la importancia de garantizar compromisos previos de ratificación de convenios fundamentales internacionales u hojas de ruta vinculantes y ejecutables en el propio capítulo sobre CDS, con plazos inequívocos para su ratificación. El primer caso de aplicación del capítulo sobre CDS con arreglo al modelo actual ha confirmado que una terminología vaga es insuficiente.

1.6. Las tres dimensiones del CDS están entrelazadas y no deben abordarse en compartimentos estancos. El CESE acoge con satisfacción el papel activo de las empresas en la prosecución de los esfuerzos por garantizar un comercio sostenible y considera que desempeñan un papel positivo para promover oportunidades de acción por el clima, por ejemplo en el sector de las tecnologías limpias, con especial atención a las pymes. Los capítulos sobre CDS deben establecer vínculos más estrechos con la Declaración tripartita de principios de la OIT sobre las empresas multinacionales y la política social (Declaración EMN), promoviendo la ratificación de sus convenios, y con las Líneas Directrices de la Organización para el Desarrollo Económico y la Cooperación (OCDE) para Empresas Multinacionales, especialmente a lo largo de la cadena de suministro.

1.7. Un cambio efectivo sobre el terreno requiere ir más allá de los capítulos clásicos sobre CDS y considerar el gran efecto multiplicador de instrumentos políticos adicionales. El CESE pide la adjudicación condicional de la contratación pública a las empresas de países que cumplan las normas fundamentales de la OIT y el Acuerdo de París. También pide una legislación ambiciosa de la UE sobre la diligencia debida obligatoria, que sería otra medida de acompañamiento clave. Los inversores extranjeros deberían tener que cumplir con la diligencia debida antes de que puedan beneficiarse de un acuerdo internacional de inversión. Las medidas deben complementarse con acciones contra el blanqueo de capitales, los delitos y la elusión fiscales y la lucha contra la corrupción para lograr un comercio sostenible.

1.8. El desarrollo sostenible debe reflejar la evolución existente e impulsarla, manteniendo las normas laborales y medioambientales como puntos prioritarios de su agenda. El Pacto Verde, las iniciativas en materia de economía circular o el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono complementan los temas pertinentes en materia de CDS, como ya ocurre con la biodiversidad. Para establecer obligaciones concretas, los compromisos medioambientales deben materializarse en normas internacionales.

1.9. No existe una solución milagrosa para garantizar el cumplimiento, pero debe comenzarse con el refuerzo de la aplicabilidad efectiva. El CESE pide desde hace tiempo un mecanismo de grupo de expertos renovado, que pueda imponer sanciones económicas o de otro tipo, y un papel activo de los GCI en su activación. Para poner en primer plano unas condiciones de competencia equitativas y la sostenibilidad, en beneficio tanto de las empresas como de los trabajadores, el Acuerdo Comercio y Cooperación (ACC) entre la UE y el Reino Unido podría servir de modelo.

1.10. Los socios comerciales de la UE piensan de forma creativa en nuevos instrumentos comerciales. Al adoptar un enfoque innovador para la resolución de conflictos en materia laboral, la UE debería estudiar la suspensión de aranceles preferenciales para las empresas que incumplan las normas internacionales acordadas. En aras del establecimiento de un vínculo económico progresivo, el CESE apoya una reducción gradual de los aranceles para la aplicación por parte de los países socios de los compromisos en materia de CDS, con la posibilidad de retirarla en caso de incumplimiento.

1.11. No hay sostenibilidad sin la sociedad civil. La creación de los GCI no constituía un fin en sí mismo. Para que sean tomados en serio, necesitan información, recursos y acceso para asesorar a las partes sobre la aplicación y el cumplimiento, así como un marco institucionalizado más sólido. Además de los GCI, el CESE pide que se restablezca el Grupo de Expertos sobre ALC.

1.12. El CESE es uno de los mayores defensores de los GCI y seguirá apoyando su labor. Los debates sobre el refuerzo de los GCI se han intensificado recientemente y el CESE anima a la Comisión y a otras partes interesadas (1) a colaborar con los GCI para mejorar su composición, la organización de su trabajo, su alcance y su papel en los mecanismos de ejecución, así como sus canales institucionales, tal como se expone detalladamente en el punto 5 del presente Dictamen.

2.1. Una política comercial activa debe impulsar de manera eficaz el desarrollo sostenible y redunda en beneficio de las empresas, los trabajadores, los consumidores y la población en general, siempre que genere nuevas oportunidades de mercado, cree empleos decentes y procure unas condiciones de competencia equitativas. También entraña riesgos inherentes que solo una política comercial inclusiva, en la que la sociedad civil, las partes interesadas y el público en general puedan plantear sus preocupaciones, puede atenuar eficazmente.

2.2. El CESE reclama desde hace mucho tiempo que la sostenibilidad sea uno de los motores de la política comercial, habida cuenta del papel esencial que el comercio debe desempeñar para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas. La nueva estrategia comercial de la UE de este año establece el marco para los siguientes. El CESE formuló recomendaciones sobre los aspectos comerciales en un dictamen específico (2), al tiempo que acogía con satisfacción su enfoque en materia de sostenibilidad y pedía un refuerzo ambicioso de los capítulos sobre CDS y su aplicabilidad efectiva.

2.3. Basándose en trabajos anteriores del CESE, el presente Dictamen ofrece una evaluación del enfoque...

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