Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Informe sobre la ciudadanía de la UE 2017

SectionDictamen de propia iniciativa

8.5.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 164/19

Ponente: Guillermo Martínez Suárez (PSE/ES), consejero de Presidencia del Principado de Asturias Documento de referencia: Informe de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones Fortaleciendo los derechos de los ciudadanos en una Unión de cambio democrático Informe sobre la ciudadanía de la UE 2017 COM(2017) 30 final/2

EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES

  1. reconoce que en el actual momento de incertidumbre en que se encuentra sumida la Unión, el fortalecimiento de la conciencia de pertenencia y participación y un mayor acercamiento de la ciudadanía al proyecto de integración desarrollado en los últimos sesenta años resultan vitales. El modelo europeo sigue revelando su atractivo, pero el avance en pos del empoderamiento de los ciudadanos en todos los órdenes (político, social, económico y cultural) ha de ser una de las vías para infundir nueva savia al proceso. En este contexto, la ciudadanía europea —creada hace 25 años por el Tratado de Maastricht— y concebida como un estatus común a europeas y europeos, puede constituir una herramienta idónea a tales fines;

  2. aboga por la conveniencia de abordar un refuerzo de los derechos de la ciudadanía en el marco de un proceso de globalización que genera tanto oportunidades como retos para nuestros ciudadanos. Desde esta perspectiva, se felicita de la reciente reflexión iniciada por la Comisión para abordar el encauzamiento del proceso de globalización, asegurando la protección y empoderamiento de los ciudadanos y ciudadanas europeos a través del desarrollo de políticas sociales sólidas, contribuyendo a lograr una convergencia al alza de los niveles de vida, así como el necesario apoyo a la educación y formación a lo largo de toda la vida, con especial implicación del sector privado, y llama particularmente la atención sobre el papel que pueden desempeñar los Fondos Estructurales y de Inversión de la UE para abordar estas medidas en relación con las regiones vulnerables;

  3. subraya la necesidad de garantizar el respeto del principio del Estado de Derecho también en los niveles local y regional toda vez que es a través de ellos como los ciudadanos y ciudadanas lo perciben, pues —tal y como ha recordado este Comité (1)— en sus contactos con la ciudadanía, en toda su diversidad, los casi 100 000 entes locales y regionales existentes en el seno de la Unión asumen gran parte de la responsabilidad de aplicar los derechos y libertades fundamentales;

  4. reitera —en consonancia con sus anteriores dictámenes sobre los precedentes Informes sobre la Ciudadanía— que no cabe desconocer la dimensión social inherente a esta y las particulares responsabilidades que en ella asumen los entes regionales y locales. Desde esta perspectiva, el Comité se congratula del compromiso expresado por las instituciones en el sentido de contribuir a lograr una convergencia al alza de los niveles de vida e insiste en la necesidad de respetar el principio de subsidiariedad en un «pilar europeo de derechos sociales» y llama la atención sobre la incidencia que el proyectado capítulo III del mismo —relativo a la protección y la inclusión social— tiene sobre las competencias de los entes locales y regionales al contemplar, entre otras, medidas relativas a la protección de la infancia, asignación de rentas mínimas, inclusión de las personas con discapacidad, acceso a la vivienda y a los servicios esenciales, etc. (2) Subraya que cualquier refuerzo de tales derechos —que el documento presupone— debe ir acompañado de una evaluación del impacto territorial y de un análisis de la subsidiariedad y la proporcionalidad que garanticen el respeto de las competencias de los entes locales y regionales;

  5. profundamente preocupado por las implicaciones que pueden derivarse de la salida del Reino Unido de la UE en relación con la ciudadanía, estima que resulta absolutamente necesario garantizar —con la debida claridad y con pleno respeto a la seguridad jurídica— los derechos de las ciudadanas y ciudadanos europeos y de sus familias residentes en el Reino Unido, así como los de los ciudadanos del Reino Unido que viven en otros Estados miembros de la Unión Europea basándose en el principio de reciprocidad, y esto debe de constituir un especial objeto de atención en los próximos años. En particular, ello hace necesario que el futuro Acuerdo contemple las necesarias garantías, eficaces, no discriminatorias y lo más amplias posibles para preservar los derechos de los ciudadanos de la UE en el Reino Unido y de los ciudadanos del Reino Unido en la UE, incluido el derecho a poder acceder a la residencia permanente en el Reino Unido. Obviamente, en aras de una solución equitativa, estos derechos, además, deberían ser garantizados recíprocamente a la población británica residente en los Estados miembros de la Unión;

  6. esperanzado por la actitud mostrada por...

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