Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Programa de Apoyo a las Reformas y Función Europea de Estabilización de las Inversiones

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7.3.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 86/335

Ponente: Olga ZRIHEN (BE/PSE), diputada al Parlamento de Valonia Documentos de referencia: Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el Programa de Apoyo a las Reformas COM(2018) 391 final Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al establecimiento de una Función Europea de Estabilización de las Inversiones COM(2018) 387 final

Texto de la Comisión Europea Enmienda del CDR Las reformas estructurales pueden contribuir a alcanzar un alto grado de resiliencia de las economías nacionales y de convergencia sostenible entre los Estados miembros, lo que resulta crucial para lograr una participación satisfactoria y fluida en la unión económica y monetaria. Ese alto grado de convergencia sostenible reviste especial importancia para los Estados miembros cuya moneda no es el euro, en su proceso de preparación para incorporarse a la zona del euro. Las reformas estructurales pertinentes para la UE, indicadas en el proceso del Semestre Europeo, pueden contribuir a reforzar la cohesión económica, social y territorial, y a alcanzar un alto grado de resiliencia de las economías nacionales y de convergencia sostenible entre los Estados miembros, lo que resulta crucial para lograr una participación satisfactoria y fluida en la unión económica y monetaria. Ese alto grado de convergencia sostenible reviste especial importancia para los Estados miembros cuya moneda no es el euro, en su proceso de preparación para incorporarse a la zona del euro.

Texto de la Comisión Europea Enmienda del CDR El grado de ejecución de las reformas estructurales en los Estados miembros sigue siendo insuficiente en el conjunto de la Unión. La experiencia respecto a la aplicación del mecanismo de coordinación de las políticas económicas en el marco del Semestre Europeo demuestra que, en general, la ejecución de las reformas estructurales ha sido lenta y desigual y que deben reforzarse e incentivarse los esfuerzos nacionales de reforma. El grado de ejecución de las reformas estructurales pertinentes para la UE en los Estados miembros sigue siendo insuficiente en el conjunto de la Unión. La experiencia respecto a la aplicación del mecanismo de coordinación de las políticas económicas en el marco del Semestre Europeo demuestra que, en general, la ejecución de las reformas estructurales ha sido lenta y desigual y que deben reforzarse e incentivarse los esfuerzos nacionales de reforma , concretamente mediante una mayor participación de los entes locales y regionales, a quienes incumbe aplicar la mayor parte de las reformas .

Texto de la Comisión Europea Enmienda del CDR Con el fin de garantizar que las reformas respaldadas por el Programa aborden todas las áreas económicas y sociales clave , la Comisión debe prestar tanto el apoyo financiero como el apoyo técnico previsto en el Programa, a petición de un Estado miembro, en una amplia gama de ámbitos de la formulación de políticas , que comprenden las áreas relacionadas con la gestión de activos y finanzas públicas, la reforma institucional y administrativa, el entorno empresarial, el sector financiero, los mercados de productos, servicios y trabajo, la educación y la formación, el desarrollo sostenible, la salud pública y el bienestar social. Con el fin de garantizar que las reformas respaldadas por el Programa aborden las áreas políticas pertinentes , la Comisión debe prestar tanto el apoyo financiero como el apoyo técnico previsto en el Programa, a petición de un Estado miembro, en una amplia gama de ámbitos relacionados con los objetivos políticos de la UE , que comprenden las áreas relacionadas con la gestión de activos y finanzas públicas, la reforma institucional y administrativa, el entorno empresarial, el sector financiero, los mercados de productos, servicios y trabajo, la educación y la formación, el desarrollo sostenible, la salud pública y el bienestar social.

Texto de la Comisión Europea Enmienda del CDR Con el fin de atender necesidades adicionales en el marco del Programa, los Estados miembros deben contar con la posibilidad de transferir al presupuesto del mismo recursos programados en régimen de gestión compartida con cargo a los fondos de la Unión, con arreglo al procedimiento correspondiente . Los recursos transferidos deben ejecutarse con arreglo a las normas del presente Programa y utilizarse en beneficio del Estado miembro interesado. Un Estado miembro o la Comisión deben contar con la posibilidad, en caso de que las contribuciones asignadas de conformidad con el artículo 26 del presente Reglamento no se hayan comprometido, de pedir la transferencia de dichos recursos a los Fondos EIE en beneficio del Estado miembro interesado.

La enmienda garantiza la coherencia con la propuesta de enmienda del artículo 21 del Reglamento sobre disposiciones comunes (RDC) recogida en el proyecto de dictamen correspondiente (COTER-VI-038). La transferencia también sería coherente dado que tanto el Programa de Apoyo a las Reformas como el RDC se basan en el artículo 175 del TFUE.

Texto de la Comisión Europea Enmienda del CDR En lo que respecta a la herramienta operativa de reforma, es necesario determinar los tipos de reformas que deben ser admisibles. Para garantizar su contribución a la consecución de los objetivos del Programa, las reformas admisibles deben ser aquellas que aborden los retos señalados en el contexto del Semestre Europeo de coordinación de políticas económicas, incluidas las propuestas para atender las recomendaciones específicas por país. En lo que respecta a la herramienta operativa de reforma, es necesario determinar los tipos de reformas que deben ser admisibles. Para garantizar su contribución a la consecución de los objetivos del Programa, las reformas admisibles deben ser aquellas que aborden los retos señalados en el contexto del Semestre Europeo de coordinación de políticas económicas, incluidas las propuestas para atender las recomendaciones específicas por país y tras haber tomado en consideración las perspectivas regionales respectivas .

La Comisión Europea ha establecido un vínculo claro entre los programas de gasto y el Semestre Europeo, que solo alcanzará sus objetivos si las perspectivas regionales se mejoran y se integran en él.

Texto de la Comisión Europea Enmienda del CDR A fin de lograr un incentivo significativo para que los Estados miembros completen las reformas estructurales, conviene establecer una contribución financiera máxima en el marco del instrumento para cada etapa de asignación y en cada convocatoria. Dicha contribución máxima debe calcularse sobre la base de la población de los Estados miembros . Para garantizar que los incentivos financieros se extiendan a lo largo del período de aplicación del Programa, la asignación de fondos a los Estados miembros debe efectuarse por etapas. En la primera de ellas, que dura veinte meses, debe ponerse a disposición de los Estados miembros la mitad de la dotación financiera global de la herramienta operativa de reforma (11 000 millones EUR), y en esta etapa pueden recibir hasta la cuantía máxima de su asignación mediante la presentación de propuestas de compromisos de reforma. A fin de lograr un incentivo significativo para que los Estados miembros completen las reformas estructurales pertinentes para la UE , conviene establecer una contribución financiera máxima en el marco del instrumento para cada etapa de asignación y en cada convocatoria. Dicha contribución máxima debe calcularse sobre la base de los indicadores que deberán adoptarse para la política de cohesión durante el período comprendido entre 2021 y 2027 (PIB per cápita, desempleo juvenil, bajo nivel educativo, cambio climático y acogida e integración de migrantes) . Para garantizar que los incentivos financieros se extiendan a lo largo del período de aplicación del Programa, la asignación de fondos a los Estados miembros debe efectuarse por etapas. En la primera de ellas, que dura veinte meses, debe ponerse a disposición de los Estados miembros la mitad de la dotación financiera global de la herramienta operativa de reforma (11 000 millones EUR), y en esta etapa pueden recibir hasta la cuantía máxima de su asignación mediante la presentación de propuestas de compromisos de reforma.

Texto de la Comisión Europea Enmienda del CDR Con el fin de garantizar la asunción de responsabilidades respecto a las reformas pertinentes, y que se otorgue prioridad a estas, los Estados miembros deben establecer los compromisos de reforma en respuesta a los retos señalados en el contexto del Semestre Europeo (incluidos los señalados en las recomendaciones específicas por país) y proponer un conjunto detallado de medidas para su ejecución, que deberán acompañarse de los objetivos intermedios y metas apropiados, y de un calendario para su ejecución a lo largo de un período máximo de tres años. Debe procurarse y materializarse una estrecha cooperación entre la Comisión y los Estados miembros a lo largo del proceso. Con el fin de garantizar la asunción de responsabilidades respecto a las reformas pertinentes, y que se otorgue prioridad a estas, los Estados miembros , con la participación de todos los niveles de gobierno, deben establecer los compromisos de reforma en respuesta a los retos señalados en el contexto del Semestre Europeo (incluidos los señalados en las recomendaciones específicas por país y tras haber tomado en consideración las perspectivas regionales correspondientes ) y proponer un conjunto detallado de medidas para su ejecución, que deberán acompañarse de los objetivos intermedios y metas apropiados, y de un calendario para su ejecución a lo largo de un período máximo de tres años. Los Estados miembros también deben indicar en qué medida se han coordinado las actuales acciones políticas pertinentes de la UE para apoyar las reformas propuestas. Debe procurarse y materializarse una estrecha cooperación entre la Comisión y...

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