Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Hacia una toma de decisiones más eficiente y democrática en materia de política fiscal de la UE

SectionSerie C

29.11.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 404/6

Ponente : Christophe ROUILLON (FR/PSE), alcalde de Coulaines Documento de referencia : Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo y al Consejo: Hacia una toma de decisiones más eficiente y democrática en materia de política fiscal de la UE, 15 de enero de 2019 COM(2019) 8 final

  1. coincide con la Comisión en que la globalización, la digitalización y el desarrollo de la economía de los servicios imprimen un ritmo de cambios muy dinámico a la fiscalidad;

  2. recuerda que ya ha alentado a la Comisión a recurrir a la cláusula pasarela para aplicar la votación por mayoría cualificada, en particular en el ámbito de la fiscalidad (1). Acoge con satisfacción, en este contexto, la Resolución del Parlamento Europeo, de 26 de marzo de 2019, sobre delitos financieros y evasión y elusión fiscales (informe de la Comisión TAX3), que pide a la Comisión que recurra, en su caso, al procedimiento previsto en el artículo 116 del TFUE;

  3. subraya que, de conformidad con el artículo 4, apartado 2, del TFUE, el mercado interior es un ámbito de competencias compartidas entre la UE y los Estados miembros y que el artículo 113 del TFUE prevé mecanismos que permitan la armonización de la legislación relativa a las políticas fiscales entre los Estados miembros para garantizar el funcionamiento del mercado interior y evitar distorsiones de la competencia. Considera que la propuesta de introducir la votación por mayoría cualificada sobre esta base —que, con arreglo al compromiso de la Comisión, no debe interferir con las prerrogativas de los Estados miembros de fijar los tipos impositivos de sus impuestos directos, sobre las personas o las sociedades— debería ir acompañada de una mayor participación del Parlamento Europeo así como de los Parlamentos nacionales y regionales, dado que algunas regiones disponen de competencias legislativas en política fiscal;

  4. señala que la propuesta de la Comisión no pretende otorgar nuevas competencias a la Unión Europea. La Comisión tampoco propone interferir en las prerrogativas de los Estados miembros de fijar tipos impositivos directos sobre las personas o las sociedades;

  5. recuerda, asimismo, que la cooperación reforzada (artículos 326 a 334 del TFUE) puede aplicarse a las cuestiones fiscales y permite que un mínimo de nueve Estados miembros acuerden una legislación común, como en el caso del proyecto de impuesto sobre las transacciones financieras. No obstante, la cooperación reforzada solo debe ser una opción de último recurso una vez agotadas las posibilidades ofrecidas en el contexto del funcionamiento normal de las instituciones, ya que se trata de un enfoque que puede dar lugar a una fragmentación del mercado interior y se basa en un planteamiento esencialmente intergubernamental;

  6. se congratula de que, durante su...

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