Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema 'Los efectos de la ampliación en el mercado único'

SectionDictamen
Issuing OrganizationComité Económico y Social

8.4.2003 ES C 85/101Diario Oficial de la Unión Europea Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema 'Los efectos de la ampliación en el mercado único' (2003/C 85/23) El 17 de enero de 2002, de conformidad con el apartado 2 del artículo 29 del Reglamento Interno, el Comité Económico y Social Europeo decidió elaborar un dictamen sobre el tema mencionado.

La Sección Especializada de Mercado Único, Producción y Consumo, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 6 de noviembre de 2002 (ponente: Sra. Belabed).

En su 395o Pleno de los días 11 y 12 de diciembre de 2002 (sesión del 12 de diciembre), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 77 votos a favor, 12 en contra y 7 abstenciones el presente Dictamen.

Síntesis A. La ampliación reviste una gran importancia política, social y económica para el futuro de la Unión Europea. Es una posibilidad única de garantizar de manera duradera la paz y la estabilidad en Europa.

  1. Aunque el proceso de transformación exija importantes sacrificios de la mayor parte de la población y esté asociado a profundos cambios económicos y sociales, el proceso de ampliación está llegando al final de las negociaciones.

  2. Al igual que la Presidencia danesa, el Comité opina que se debe respetar el calendario de la ampliación, tomando en consideración los progresos logrados en los distintos países.

  3. El mercadoúnico ampliado aportará numerosas ventajas en el ámbito económico y reforzará la competitividad de Europa en la economía mundial, siempre y cuando la UE consiga aprovechar el potencial disponible en vez de desaprovecharlo. La utilización de la mano de obra disponible constituye a este respecto un elemento de gran importancia.

  4. Un factor decisivo para que los ciudadanos acepten la ampliación es que se repartan sus beneficios entre toda la población.

  5. Es preciso continuar fomentando y respaldando los esfuerzos dirigidos a consolidar las capacidades de administración y justicia con el fin de que las disposiciones jurídicas de la Unión Europea no sólo existan sobre el papel, sino que, además, se apliquen y se cumplan en la práctica.

  6. La incorporación del acervo comunitario y la integración de las economías nacionales ocasionan trastornos económicos y sociales; se está adoptando una serie de medidas para superar estos problemas, como las disposiciones transitorias propuestas por ambas partes. De esta manera se logrará una integración suavizada, pero al mismo tiempo se fraccionará el mercado único, por lo que el recurso a dichas normas transitorias deberá ser empleado con gran prudencia.

  7. Un requisito previo para lograr, de conformidad con los objetivos de Lisboa, un desarrollo económico y social coherente de la totalidad de la nueva Unión Europea es que se respalde de manera eficaz el proceso de reestructuración y que se eliminen las diferencias económicas y sociales existentes entre los actuales y futuros Estados miembros, incluso después de la adhesión. En este contexto, todas las políticas de la Unión Europea deberán esforzarse por eliminar lo antes posible las diferencias todavía existentes entre las antiguas y las nuevas regiones.

    1. Se precisan medidas especiales para las regiones fronterizas. El desarrollo de estrategias y cooperaciones transfronterizas es una condición indispensable para la utilización plena del potencial que ofrecen dichas regiones, así como para prevenir los efectos negativos.

  8. Existen numerosos programas específicos para la preparación a la adhesión; igualmente, los países candidatos participan en algunos programas y acciones de la UE de los Quince. Estas medidas respaldan los esfuerzos en el ámbito de la ampliación.

    No obstante, algunos de estos programas son tan costosos que apenas son utilizados dado el elevado coste burocrático que representan. Sería recomendable revisar dichos programas con el objetivo de simplificarlos.

  9. El propio Comité respalda este proceso mediante audiencias del Observatorio del Mercado Único (OMU) en los países candidatos, así como mediante cooperaciones con los interlocutores sociales de dichos países. Además, ha creado un instrumento de información, la base de datos PRISM (Progress Report on Initiatives in the Single Market), que recoge y gestiona las iniciativas relevantes en materia de desarrollo del mercado único. Entre sus propuestas para fomentar el desarrollo del mercado único, se encuentra igualmente la propuesta dirigida a crear centros decoordinación delmercado único en los países candidatos.

    C 85/102 ES 8.4.2003Diario Oficial de la Unión Europea 1. Introducción 1.1. La ampliación reviste una gran importancia para el futuro de la Unión Europea, puesto que representa una posibilidad única de garantizar una paz y estabilidad duraderas en Europa y brinda una oportunidad histórica de unificar a los Estados europeos sobre la base de unos valores democráticos comunes. Aparte de la garantía a largo plazo de la paz y estabilidad política en Europa, que tiene una prioridad evidente respecto a otras consideraciones, este proceso está igualmente asociado a numerosas oportunidades y desafíos económicos y sociales.

    1.2. Aunque el proceso de transformación exija considerables sacrificios de la mayor parte de la población de los países candidatos y a menudo conlleve trastornos económicos y sociales, las negociaciones de adhesión con los diez países candidatos (Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría,

    Letonia, Lituania, Malta, Polonia y República Checa) se acercan a su conclusión. Dada su historia, el desarrollo en Chipre y Malta debe ser considerado de manera diferente, puesto que en ambos países no ha sido necesario superar ningún cambio de sistema. Bulgaria y Rumania tienen que pasar por un largo proceso de recuperación, por lo que ellas mismas se han fijado una fecha de adhesión posterior. Respecto a la situación geográfica y política del futuro enclave de Kaliningrado, el Comité ya ha emitido un dictamen.

    1.3. Según cálculos de la Comisión Europea, todos estos países, excepto Bulgaria y Rumania, podrán ser capaces en un corto plazo de hacer frente a la presión en materia de competencia que existe en el mercado único de la UE. En esos ocho países existe una economía de mercado operativa.

    También se realizaron grandes esfuerzos en los ámbitos de la administración y la justicia con el objetivo de lograr las condiciones marco necesarias para su incorporación al gran mercado único. En este contexto, no se debe olvidar que precisamente la perspectiva de la adhesión ha sido la que ha acelerado el proceso de transformación. Así pues, se tiene que reaccionar con firmeza ante los retrasos innecesarios y las consecuentes decepciones en los países candidatos.

    1.4. Al igual que la Presidencia danesa (1), el Comité opina que se tiene que respetar el calendario de la ampliación. Por otro lado, los avances en los distintos países son dispares.

    Aquellos países que cumplan los criterios de Copenhague podrán, después de las negociaciones, adherirse a la Unión Europea en el momento previsto.

    1.5. La avalancha de disposiciones legislativas, exigencias y normas que acompañan a la integración económica de la antigua Unión Europea con los países candidatos impone en (1) Intervención del Ministro de Empleo danés en el Pleno del CESE del 18 de julio de 2002.

    esta ocasión mayores exigencias que en las anteriores adhesiones de nuevos países. A diferencia de las antiguas ampliaciones, las nuevas exigencias se refieren a:

    i) tamaño (en términos de población y superficie), ii) desarrollo y arraigo de la propia Unión Europea logrados a partir de las adhesiones que han tenido lugar hasta el momento, y iii) poder económico relativamente débil (sobre todo, en lo que se refiere al PIB por habitante) de los países candidatos.

    1.6. La Unión Europea ampliada se diferenciará claramente de la actual UE de los Quince. Gracias a la ampliación de la UE a 27 países, se incrementará la superficie de la Unión Europea en un 34 % y la población aumentará en un 28 %, pero el PIB sólo se verá incrementado en un 5 %, lo cual quiere decir que el PIB por habitante descenderá, desde un punto de vista estadístico, en un 18 %. Las diferencias deingresos entre países, regiones y personas se incrementarán de forma considerable.

    Para lograr la convergencia real del PIB entre los Estados miembros actuales y los países candidatos tendrán que transcurrir entre 10 y 30 años. Por otro lado, la convergencia económica (tanto nominal como real) no será suficiente por sí misma y deberá ir acompañada de una convergenciaprogresiva en el ámbito social(2).

    1.7. El Comité mantiene su opinión de que el mercado único ampliado aportará numerosas ventajas en el ámbito económico (3). Las medidas de adaptación adoptadas por ambas partes conducirán a un mercado único integrado. En particular, el incremento del número de fabricantes, empresas proveedoras y consumidores reforzará los ámbitos del comercio y del mercado de consumo. Se abrirán posibilidades completamente nuevas en los ámbitos de cooperación (transfronteriza) y de otras formas de colaboración, de contratación de suministradores, de obtención de beneficios a gran escala, de mejora de los servicios al cliente, etc. Igualmente, las simplificaciones administrativas y mejoras de servicios, como consecuencia de la modernización de los servicios públicos, impulsarán el crecimiento y un mejor acceso al Derecho (sobre todo al Derecho empresarial, fiscal y administrativo).

    Igualmente, la creación de un sistema fiduciario y de auditoría, así como el desarrollo de una red de asesores fiscales y económicos independientes, contribuirá al éxito de la adaptación al mercado único.

    1.8. La ampliación de la UE dará lugar a un proceso de crecimiento económico dinámico y reforzará la competitividad de Europa en la economía mundial. Es bastante probable que globalmente los beneficios del proceso de ampliación superen holgadamente los propios costes. No obstante, para contar con la aprobación...

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