Dictamen prospectivo del Comité de las Regiones sobre el papel de los entes locales y regionales en la futura política de medio ambiente

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 18.1.2011

DICTÁMENES

COMITÉ DE LAS REGIONES 86 o PLENO DE LOS DÍAS 5 Y 6 DE OCTUBRE DE 2010

Dictamen prospectivo del Comité de las Regiones sobre el papel de los entes locales y regionales en la futura política de medio ambiente

(2011/C 15/02)

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

- opina que los entes regionales y locales deberían desempeñar un papel más destacado en la formulación de la política medioambiental de la UE, ya que su participación garantizará una mejor aplicación y «responsabilización». Los métodos innovadores de gobernanza multinivel, así como el aprovechamiento de las actuales redes y plataformas, promoverán un compromiso proactivo por parte de los entes regionales y locales. El Pacto de los Alcaldes podría considerarse una referencia a este respecto, y podría ampliarse a otras áreas clave de la política medioambiental de la UE;

- invita a la Comisión Europea a explorar la posibilidad de organizar conjuntamente un foro anual para analizar los problemas y las soluciones regionales y locales en la aplicación de la legislación ambiental de la UE, y solicita al Parlamento Europeo que le haga partícipe de sus debates específicos con la Comisión Europea sobre la aplicación de la legislación ambiental europea;

- pide a los Estados miembros que garanticen el respeto del reparto de competencias a nivel interno y la puesta en marcha de procedimientos adecuados para la consulta a los entes regionales y locales, incluida la creación de «equipos de trabajo» (dossier teams) y «equipos de transposición» (transposition teams), integrados por expertos de las administraciones nacionales, las regiones y las asociaciones de entes locales, a fin de que trabajen en conjunción durante todo el ciclo de las políticas;

- apoya el establecimiento de un marco general vinculante para las inspecciones ambientales. Los detalles de la forma y contenido de las inspecciones deberían regularse nacionalmente y desarrollarse a nivel local y regional, de acuerdo con los principios generales establecidos por la UE y en niveles inferiores de gobierno;

- hace hincapié en que un 7 o PAM sería un pilar clave de la futura Estrategia UE 2020 y es necesario

para articular sus repercusiones para la política medioambiental. Debería establecer objetivos y plazos claros, y seguir incluyendo una estrategia temática común sobre la protección del suelo, fijando también el objetivo de adoptar una directiva marco sobre el suelo.

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 15/5

Ponente: Paula BAKER (UK/ALDE) Miembro del Consejo municipal de Basingstoke y Deane

Texto de referencia: Consulta de la Presidencia española

RECOMENDACIONES POLÍTICAS

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

Consideraciones generales

acoge con satisfacción su participación en la iniciativa «Mejores instrumentos para la política medioambiental» y en los trabajos de elaboración del 7 o Programa de Acción Comunitario en materia de Medio Ambiente, ya que los entes regionales y locales son elementos clave en la aplicación de la política medioambiental y en la consecución de resultados tangibles;

aplaude la excelente labor en materia medioambiental ya realizada por muchos entes regionales y locales y desea animarles a continuar en esa vía;

reconoce que la aplicación efectiva de la legislación de la UE es un obstáculo. En 2008, el 23,5 % (481) de todas las infracciones tuvo que ver con cuestiones medioambientales ( 1

), lo que implica un perjuicio continuo al medio ambiente y una distorsión de la competencia;

pretende subrayar en este dictamen las posibilidades de aumentar la eficacia de la protección medioambiental en todos los niveles de gobierno y en todas las fases de desarrollo de las

Mejorar la coordinación y la gobernanza

opina que los entes regionales y locales deberían desempeñar un papel más destacado en la formulación de la política medioambiental de la UE. Su participación garantizará una mejor aplicación y «responsabilización». El concepto de gobernanza multinivel desarrollado por el CDR debería aplicarse a la política medioambiental de la UE; asimismo deberían ampliarse los trabajos, con carácter piloto, sobre los contratos tripartitos entre la UE, los Estados miembros y los entes regionales y locales ( 2

). Esto permitiría un verdadero reparto de responsabilidades entre los diferentes niveles de gobernanza a fin de alcanzar los resulopina que los métodos innovadores de gobernanza multinivel, así como el aprovechamiento de las actuales redes y plataformas, promoverán un compromiso proactivo por parte de los entes regionales y locales, de modo que no tengan que limitarse al cumplimiento de la legislación de la UE a través de los Estados miembros. En las regiones y ciudades de Europa hay muchos ejemplos de que los entes locales han realizado intervenciones ambiciosas en caso de no actuación de los Estados miembros, como la Agenda Local 21, que emana de la Cumbre de la Tierra de 1992. El Pacto de los Alcaldes podría considerarse una referencia a este respecto;

  1. insta a la Comisión Europea a que examine si este enfoque podría ampliarse a otras áreas clave de la política medioambiental de la UE como la biodiversidad, el agua, los residuos, la contaminación acústica y atmosférica y el uso del suelo, desde un enfoque integrado que incluya una coordinación intersectorial;

  2. lamenta el hecho de que, si bien los entes regionales y locales tienen competencias claramente definidas en materia de protección medioambiental, la legislación de la UE en este ámbito se dirige a los Estados miembros y requiere únicamente la designación de una «autoridad competente» (raras veces «autoridades»), mencionando la cooperación solo de manera excepcional ( 3

    );

  3. lamenta la falta de énfasis en las acciones de apoyo a la buena gobernanza regional y local dentro de los planes de la Comisión Europea para mejorar la aplicación de la legislación ambiental de la UE ( 4

    );

  4. señala que el artículo 11 del Tratado de Lisboa prevé el refuerzo del diálogo y la consulta por parte de las instituciones europeas. Los entes regionales y locales consideran que esta nueva disposición ofrece oportunidades para desarrollar su papel en la formulación de la política de la UE. Además, el principio de subsidiariedad se amplía a los niveles regional y local y el artículo 5 del Protocolo sobre la subsidiariedad señala que los proyectos de actos legislativos deberán incluir una evaluación del impacto financiero de la propuesta y sus efectos en la normativa que han de desarrollar los Estados miembros, incluida la legislación regional;

  5. opina que la...

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