Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «El problema de las personas sin hogar» (Dictamen de iniciativa)

SectionDictamen de propia iniciativa

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 24/35

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «El problema de las personas sin hogar» (Dictamen de iniciativa)

(2012/C 24/07)

Ponente: Eugen LUCAN

El 20 de enero de 2011, de conformidad con el artículo 29.2 del Reglamento Interno, el Comité Económico y Social Europeo decidió elaborar un dictamen de iniciativa sobre

El problema de las personas sin hogar

La Sección Especializada de Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 28 de septiembre de 2011.

En su 475 o pleno de los días 26 y 27 de octubre de 2011 (sesión del 27 de octubre), el Comité Económico y Social Europeo aprobó por 98 votos a favor y 6 abstenciones el presente dictamen.

Conclusiones y recomendaciones

El CESE formula las siguientes recomendaciones:

La Unión Europea debería destinar muchos más recursos provenientes de los Fondos Estructurales (en especial del FSE y del FEDER) para tratar el fenómeno de las personas sin hogar, en especial en lo que respecta a la construcción de viviendas

La Unión Europea y los Estados miembros deberían basar sus políticas de lucha contra el fenómeno de las personas sin hogar en el pleno respeto de los derechos humanos, entre los que se encuentra el derecho a una vivienda asequible y adecuada. El CESE considera que este fenómeno no existe en sí mismo, sino que es consecuencia de las decisiones políticas y económicas que se toman. Habida cuenta del actual período de crisis que atraviesa la Unión, la consideración de una redistribución de la riqueza debe formar parte desde ahora del crecimiento integrador de la UE 2020.

Para elaborar una ambiciosa política de vivienda social ya existe un arsenal jurídico europeo (tratados, cartas, textos internacionales). Además, la Unión podría coordinar acciones para alentar a los Estados miembros a que ratifiquen la versión revisada de la CSE ( 1

). La Comisión Europea, el Parlamento Europeo y la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea deberían elaborar un informe anual que incluya una evaluación de la aplicación, en los Estados miembros, del artículo 34 de la Carta de los Derechos Fundamentales, relativo al derecho a una ayuda de vivienda.

Eurostat debería promover el uso de definiciones, índices e indicadores comunes para comprender la complejidad y las especificidades del fenómeno a nivel europeo y para elaborar estadísticas homogéneas. El CESE recomienda la adopción de la tipología ETHOS propuesta por FEANTSA (Federación europea de organizaciones que trabajan con personas sin hogar) como definición del fenómeno de las personas sin hogar a nivel eu

1.1.5 La Comisión Europea debería desarrollar una estrategia ambiciosa con respecto al fenómeno de las personas sin hogar y apoyar a los Estados miembros en el desarrollo de estrategias nacionales eficientes, de conformidad con las directrices propuestas en el «Informe conjunto sobre protección social e inclusión social 2010» y tomando en consideración las recomendaciones del jurado de la «Conferencia de consenso europeo sobre las personas sin hogar». Una política de vivienda ambiciosa en Europa formaría parte de los grandes proyectos que procuran empleo y bienestar, dos de los objetivos de los tratados europeos.

1.1.6 Teniendo en cuenta que la Estrategia Europa 2020 persigue un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, el CESE sugiere que la UE efectúe su seguimiento de manera periódica y elabore políticas en función de la relación entre el precio de la vivienda en el mercado inmobiliario y el acceso de los ciudadanos europeos a la compra o el alquiler de una vivienda en función de sus ingresos.

1.1.7 La UE debería ayudar a los Estados miembros a tener en cuenta los siguientes elementos en el marco de sus políticas de inclusión: la erradicación de los fallecimientos causados por «la vida en la calle»; la dignidad de las personas; la causalidad múltiple; la prevención del fenómeno; la responsabilización y participación de los beneficiarios mediante un contrato social/de alquiler; estándares europeos relativos a la relación coste-eficiencia para las viviendas y los servicios sociales; la creación de viviendas permanentes, apartamentos subvencionados y centros de prevención en cada localidad ( 2 ); un enfoque que permita un acceso rápido a una vivienda permanente.

1.1.8 La Comisión Europea debería crear una agencia europea para las personas sin hogar.

1.1.9 Los Estados miembros deberían llevar a cabo estrategias eficientes de lucha contra la crisis que hagan hincapié en: una relación coste-eficiencia óptima, la consulta y promoción de asociaciones público-privadas, el aumento de viviendas disponibles dado que, en época de crisis, el precio de la vivienda se ha reducido de manera significativa.

CSE revisada: Carta Social Europea del Consejo de Europa - 1961; su revisión por el Protocolo de 1995 incluye el derecho a la vivienda entre los derechos sociales fundamentales; solo catorce Estados de los 43 parte de esta Carta la han ratificado en sus legislaciones ( 2 ) El modelo finlandés «En primer lugar, la vivienda» muestra que los gastos para cada beneficiario asistido se reducen en 14 000 euros.

ES Diario Oficial de la Unión Europea 28.1.2012

Contexto y observaciones generales sobre el problema de las personas sin hogar en la UE

Las personas sin hogar representaron un aspecto prioritario de la acción llevada a cabo en el marco del año europeo

3 ).

El problema de las personas sin hogar se mencionó por primera vez como asunto prioritario en el «Informe conjunto sobre protección social e inclusión social 2005». En 2007, la Comisión Europea publicó un estudio sobre la cuantificación del fenómeno de las personas sin hogar en la Unión Europea («Measurement of Homelessness at European Union Level») ( 4

).

La lucha contra el problema de las personas sin hogar se ha convertido en una prioridad, puesto que es una parte importante de la estrategia de la UE para la protección y la inMediante esta estrategia de la...

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