Decisión Atalanta/4/2012 del Comité Político y de Seguridad, de 18 de diciembre de 2012, por la que se nombra al Comandante de la Operación de la UE para la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia (Atalanta)

Enforcement date:January 16, 2013
SectionDecision

L 352/46 Diario Oficial de la Unión Europea 21.12.2012

ES

DECISIONES

DECISIÓN ATALANTA/4/2012 DEL COMITÉ POLÍTICO Y DE SEGURIDAD

de 18 de diciembre de 2012

por la que se nombra al Comandante de la Operación de la UE para la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia (Atalanta)

(2012/808/PESC)

EL COMITÉ POLÍTICO Y DE SEGURIDAD,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 38,

Vista la Acción Común 2008/851/PESC del Consejo, de 10 de noviembre de 2008, relativa a la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia

( 1

) (Atalanta), y, en particular, su artículo 6,

Considerando lo siguiente:

(1) En virtud del artículo 6, apartado 1, de la Acción Común 2008/851/PESC, el Consejo autorizó al Comité Político y de Seguridad («CPS») a que adoptase decisiones relativas al nombramiento del Comandante de la Operación de la UE para la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia («Comandante de la Operación de la UE»).

(2) El 15 de junio de 2011, el CPS adoptó la Decisión Atalanta/2/2011

( 2 ), por la que se nombraba al Vicealmirante Duncan POTTS Comandante de la Operación de la UE.

(3) El Reino Unido ha propuesto que el Vicealmirante Robert TARRANT sustituya al Vicealmirante Duncan POTTS como Comandante de la Operación de la UE.

(4) El Comité Militar de la UE respalda dicha propuesta.

(5) De conformidad con el artículo 5 del Protocolo (n o 22) sobre la posición de Dinamarca, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Dinamarca no participa en la elaboración y aplicación de decisiones y acciones de la Unión con implicaciones en el ámbito de la defensa.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

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