E-2401/03 de Avril Doyle a la ComisiónAsunto: Excepción del IVA en los envíos postales de las organizaciones benéficas

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Respuesta del Sr. Patten en nombre de la Comisión (12 de agosto de 2003) La Comisión tiene conocimiento de la situación general en los centros penitenciarios venezolanos y de las condiciones de detención.

La protección consular de los ciudadanos de la UE compete a los Estados miembros respectivos y no a la Comunidad. Éstos siguen de cerca, a través de sus misiones diplomáticas, la situación de los ciudadanos de la Unión que cumplen condena en el extranjero. Algunos de los Estados miembros disponen de mecanismos de apoyo a los presos, que utilizan de la mejor manera posible, entre los que figuran la repatriación, la ayuda económica y la atención sanitaria.

Además del Convenio internacional sobre el cumplimiento de condenas en el país de origen, algunos Estados miembros han firmado acuerdos bilaterales con Venezuela, si bien los trámites que contemplan son engorrosos y pueden durar hasta dos años.

Tres Estados miembros, Alemania, Italia y los Países Bajos efectuaron una gestión ante el Ministro de Interior venezolano en mayo de 2003. La Comisión está dispuesta a consultar a los Estados miembros con el fin de emprender una gestión a escala de la UE ante las autoridades venezolanas para instarlas a cumplir las obligaciones derivadas del Convenio internacional sobre el cumplimiento de condenas en el país de origen y solicitar que los acuerdos bilaterales pertinentes con los Estados miembros se apliquen con mayor diligencia. En el marco de dicha gestión cabría también recordar a las autoridades venezolanas su obligación con arreglo al Derecho internacional de garantizar a los extranjeros unas condiciones de detención humanas.

Habida cuenta de la falta de competencia de la Comunidad en este ámbito, la Comisión no recibe información de manera sistemática sobre la situación de los ciudadanos de la Unión que cumplen condena en terceros países.

(2004/C 88 E/0415) PREGUNTA ESCRITA E-2401/03 de Avril Doyle (PPE-DE) a la Comisión (21 de julio de 2003) Asunto: Excepción del IVA en los envíos postales de las organizaciones benéficas En relación con la propuesta de la Comisión de imponer el IVA en los envíos postales y reconociendo que ello supondrá una pesada carga financiera para las organizaciones benéficas que dependen del correo para recaudar fondos y que no pueden reclamar la devolución del IVA como cualquier empresa, ¿Puede la Comisión indicar si las organizaciones benéficas que en el marco de la legislación fiscal irlandesa tienen la dificultad...

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