Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (2014-2020)»[COM(2011) 608 final — 2011/0269 (COD)]

Sectiondictamen

ES Diario Oficial de la Unión Europea 22.5.2012

III (Actos preparatorios)

COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO

478 a SESIÓN PLENARIA DE LOS DÍAS 22 Y 23 DE FEBRERO DE 2012

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización

(2014-2020)»

[COM(2011) 608 final - 2011/0269 (COD)]

(2012/C 143/09)

Ponente: Martin SIECKER Coponente: Jean-Pierre HABER

Los días 24 y 25 de octubre de 2011, respectivamente, de conformidad con los artículos 175(3) y 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Consejo y el Parlamento Europeo decidieron consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (2014-2020)

COM(2011) 608 final - 2011/0269 (COD)

La Comisión Consultiva de las Transformaciones Industriales, encargada de preparar los trabajos del Comité en este asunto, aprobó su dictamen el 9 de febrero de 2012 (ponente: Martin Siecker; coponente: Jean-Pierre Haber).

En su 478 o Pleno de los días 22 y 23 de febrero de 2012 (sesión del 23 de febrero de 2012), el Comité Económico y Social Europeo aprobó por 158 votos a favor, 10 en contra y 8 abstenciones el presente Dictamen.

Conclusiones y recomendaciones

El CESE acoge favorablemente el hecho de que la Comisión haya presentado una propuesta para dar continuidad al Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización. Al mismo tiempo, el CESE no está convencido de que todas las propuestas de la Comisión vayan a resolver los problemas del Fondo. El número de solicitudes presentadas al FEAG ha sido -y sigue siendo- muy reducido, y el CESE no cree que ampliar el Fondo a la agricultura sea la forma adecuada de solventar esta deficiencia. En lugar de ello, el Comité sugiere algunas medidas adicionales para mejorar la utilización del FEAG, como reducir los límites y acelerar el procedimiento, puesto que el propio instrumento ha tenido unos resultados relativamente buenos en los casos en los que se ha aplicado.

Una de las causas de la infrautilización es el procedimiento lento y burocrático que sigue el FEAG debido a su carácter específico. La Comisión no puede decidir sin remitirse al Parlamento Europeo y al Consejo. Una vez interviene la autoridad presupuestaria, es preciso someterse a determinados

procedimientos que llevan mucho tiempo para la aprobación de todas las solicitudes de ayuda, con un notable gasto de recursos administrativos que podrían haberse utilizado mejor.

1.3 El CESE sugiere, asimismo, que se reduzca a 200, en lugar de los 500 propuestos, el número de despidos necesario para presentar una solicitud. También recomienda aumentar la cofinanciación de la UE hasta el 75 % para mejorar la utilización del FEAG. El CESE acoge favorablemente el hecho de que se amplíe el concepto de «trabajador» para incluir en él a los trabajadores que tengan contratos de duración determinada y a los trabajadores cedidos por agencias de trabajo temporal. El CESE está de acuerdo en que se incluya a los trabajadores por cuenta propia. Son actores con una importancia y un peso considerable en el mercado laboral y se cuentan entre los primeros en verse afectados por las consecuencias tanto de la globalización como de las crisis económicas. El FEAG no se concibió para ayudar a los empresarios, por lo que el CESE no está de acuerdo en ampliarlo para incluir a los propietarios-administradores de pymes. La DG Empresa tiene una sección dedicada a las políticas en favor de las pymes que dispone de importantes programas de apoyo. El FEAG no debería interferir en estos programas.

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 143/43

El CESE sugiere otras dos posibilidades de mejorar los resultados del FEAG. La primera es informar a las pymes de las oportunidades que brinda el Fondo mediante una campaña de información masiva; la segunda, implicar a los interlocutores sociales desde el inicio mismo del procedimiento de presentación de solicitudes al Fondo. Asimismo, el CESE manifiesta su sorpresa por la decisión del Consejo de diciembre de 2011 de eliminar la posibilidad de utilizar el FEAG para combatir las consecuencias sociales inesperadas de la crisis económica durante los dos últimos años del actual período de aplicación (2012 y 2013), tanto más cuanto que de una evaluación global de las solicitudes se desprende que el Fondo ha arrojado buenos resultados en este sentido. Por este motivo, el CESE urge al Consejo a reconsiderar su decisión y expresa con absoluta claridad su deseo de que esta dimensión se incluya en el próximo período del Fondo, de 2014 a 2020.

El CESE no está de acuerdo con la propuesta de ampliar el FEAG a la agricultura, pero reconoce que habrá que hacer algo por este sector cuando entren en vigor futuros acuerdos comerciales como el acuerdo con Mercosur. Este acuerdo resultará beneficioso para la UE en su conjunto, pero dentro de la Unión reportará sobre todo...

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