Decisión de la Comisión, de 11 de marzo de 2008, relativa al régimen de ayudas C 61/03 (ex NN 42/01) ejecutado por Italia en favor de la industria aeronáutica [notificada con el número C(2008) 845] (1)

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

II (Actos adoptados en aplicación de los Tratados CE/Euratom cuya publicación no es obligatori

  1. DECISIONES COMISIÓN DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 11 de marzo de 2008 relativa al régimen de ayudas C 61/03 (ex NN 42/01) ejecutado por Italia en favor de la industria aeronáutica [notificada con el número C(2008) 845] (El texto en lengua italiana es el único auténtico) (Texto pertinente a efectos del EEE) (2008/806/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 88, apartado 2, párrafo primero,

    Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y, en particular, su artículo 62, apartado 1, letra a),

    Después de haber emplazado a los interesados para que presentaran sus observaciones, de conformidad con los citados artículos (1 ),

    Considerando lo siguiente:

    (1) La medida en cuestión se refiere a ayudas individuales a los proyectos de investigación y desarrollo en el sector aeronáutico. Italia concedió estas ayudas en aplicación de la Ley no 808 de 24 de diciembre de 1985 titulada 'Interventi per lo sviluppo e l' accrescimento di competitività delle industrie operanti nel settore aeronautico' (en lo sucesivo, 'Ley no 808/85'). La Comisión aprobó este régimen en 1986 (2 ).

    1. PROCEDIMIENTO (2) El 7 de octubre de 1999, y de nuevo el 12 de enero de 2001, la Comisión recibió una denuncia según la cual Italia había concedido ayudas ilegales a proyectos individuales de investigación y desarrollo (en lo sucesivo, 'I+D') desarrollados por la industria aeronáutica italiana.

    (3) El 8 de mayo de 2000, la Comisión solicitó información a las autoridades italianas, que estas le facilitaron el 1 de agosto 2000. El denunciante proporcionó ulterior información mediante cartas de 27 de abril de 2001 y 30 de mayo de 2002.

    (4) El 1 de febrero de 2001, las autoridades italianas transmitieron a la Comisión una serie de informaciones relativas a las ayudas no notificadas concedidas por Italia a 13 proyectos individuales de I+D.

    (5) Por cartas de 14 de agosto de 2001 y 24 de agosto de 2001, la Comisión solicitó a las autoridades italianas información complementaria sobre los proyectos. Italia respondió el 31 de octubre de 2001, facilitando información complementaria sobre seis proyectos.

    (6) En 2002, la Comisión encargó a expertos independientes la evaluación de estos seis proyectos. Los informes de evaluación se entregaron a la Comisión los días 7 de abril de 2003 y 23 de abril de 2003.

    (7) A petición suya, se ha oído a las autoridades italianas en dos ocasiones, los días 27 de mayo de 2003 y 30 de junio de 2003.

    (8) El 1 de octubre de 2003, la Comisión incoó el procedimiento de investigación formal (en lo sucesivo, 'primera decisión de incoar el procedimiento') con respecto a seis ayudas de un importe elevado en favor de proyectos de investigación y desarrollo que no habían sido objeto de una notificación individual a la Comisión, contrariamente a las normas aplicables en materia de ayudas estatales a la I+D, a saber, la Comunicación de la Comisión titulada 'Encuadramiento comunitario sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo' (3 ) (en lo sucesivo, 'Encuadramiento de 1996') y el Encuadramiento comunitario en 28.10.2008 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 284/1 (1 ) DO C 16 de 22.1.2004, p. 2, y DO C 252 de 12.10.2005, p. 10.

    (2 ) Asunto N 281/84, carta SG(86)5685 del 14.5.1986. (3 ) DO C 45 de 17.2.1996, p. 5.

    materia de ayudas estatales en favor de la I+D de 1986 (4 ) (en lo sucesivo, 'Encuadramiento de 1986'). En los seis casos, la Comisión ha expresado algunas dudas en cuanto a la compatibilidad de la ayuda con las normas aplicables en materia de ayudas estatales a la I+D (5 ).

    (9) Tras la primera decisión de incoar procedimiento, las siguientes partes formularon observaciones:

  2. Italia, mediante carta de 3 de febrero de 2004, registrada por la Comisión el 4 de febrero de 2004.

    Mediante carta de 18 de febrero de 2004, registrada por la Comisión el 23 de febrero de 2004, las autoridades italianas comunicaron una versión revisada de sus observaciones;

  3. Francia, mediante carta de 20 de febrero de 2004, registrada el mismo día por la Comisión;

  4. Finmeccanica, mediante carta de 20 de febrero de 2004, registrada por la Comisión el 23 de febrero de 2004;

  5. un tercero interesado que ha preferido mantener el anonimato, mediante carta de 23 de febrero de 2004, registrada el mismo día por la Comisión.

    (10) Estas observaciones se comunicaron a Italia por carta de 22 de marzo de 2004.

    (11) Mediante carta de 26 de mayo de 2004, registrada por la Comisión el 28 de mayo de 2004, las autoridades italianas transmitieron sus comentarios sobre estas observaciones.

    (12) Por carta de 1 de julio de 2004, registrada por la Comisión el 6 de julio de 2004, el tercero interesado proporcionó información complementaria sobre la aplicación de la Ley no 808/85, que constituye el régimen de ayudas aprobado de los seis casos a que se refiere la primera decisión de incoar el procedimiento.

    (13) Mediante carta de 3 de agosto de 2004, registrada por la Comisión el 4 de agosto de 2004, Italia facilitó información complementaria sobre la Ley no 808/85 y su aplicación a los casos cubiertos por el procedimiento de investigación inicial.

    (14) Mediante carta de 19 de agosto de 2004, registrada por la Comisión el 20 de agosto de 2004, el tercero interesado transmitió información complementaria sobre la Ley no 808/85 y su aplicación a algunos casos concretos.

    (15) Mediante carta de 13 de septiembre de 2004, la Comisión solicitó ulteriores informaciones a Italia sobre los casos examinados en el marco del procedimiento de investigación inicial.

    (16) Mediante carta de 20 de septiembre de 2004, registrada por la Comisión el 22 de septiembre de 2004, el tercero interesado transmitió información complementaria sobre la Ley no 808/85 y su aplicación a algunos casos concretos.

    (17) Mediante carta de 30 de septiembre de 2004, registrada por la Comisión el 1 de octubre de 2004, Italia respondió a la carta de la Comisión de 13 de septiembre de 2004 anteriormente mencionada.

    (18) Mediante carta de 12 de octubre de 2004, la Comisión informó a Italia de que consideraba incompleta su respuesta a la carta del 13 de septiembre de 2004. La Comisión precisó a Italia su solicitud, recordándole que en caso de ausencia de respuesta o respuesta incompleta conminaría al Gobierno italiano a proporcionarle la información en cuestión de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10, apartado 3, del Reglamento (CE) no 659/1999 del Consejo, de 22 de marzo de 1999, por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE (6 ) (en lo sucesivo, 'el Reglamento de Procedimiento').

    (19) Mediante cartas de 15 de octubre de 2004, registrada el mismo día por la Comisión, y de 22 de octubre de 2004, registrada por la Comisión el 25 de octubre de 2004, Italia respondió a la carta de la Comisión de 12 de octubre de 2004 anteriormente mencionada.

    (20) El 10 de diciembre de 2004, la Comisión decidió (7 ) conminar a Italia a proporcionarle la información y exigió una respuesta completa a las cuestiones planteadas en la carta de 13 de septiembre de 2004 anteriormente mencionada.

    (21) Mediante carta de 19 de enero de 2005, registrada por la Comisión el 21 de enero de 2005 las autoridades italianas respondieron al requerimiento de información.

    (22) Mediante carta de 10 de marzo de 2005, registrada por la Comisión el 14 de marzo de 2005, las autoridades italianas completaron su respuesta al requerimiento de información.

    (23) Mediante decisión de 22 de junio de 2005 (8 ), la Comisión decidió ampliar el ámbito de aplicación del procedimiento (en lo sucesivo, 'segunda decisión de incoar el procedimiento'). Esta segunda decisión se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el 12 de octubre de 2005 (9 ).

    (24) Mediante carta de 17 de junio de 2005, las autoridades italianas señalaron que el ámbito de las dos decisiones de apertura del procedimiento afectaba a cuestiones sensibles para la seguridad nacional.

    (25) Mediante carta de 15 de julio de 2005, la Comisión respondió que su investigación se referiría exclusivamente a los aspectos civiles y que los proyectos importantes para la seguridad nacional solo se examinarían al efecto, precisamente, de excluirlos del ámbito de aplicación de la decisión final.

    L 284/2 ES Diario Oficial de la Unión Europea 28.10.2008 (4 ) DO C 83 de 11.4.1986, p. 2.

    (5 ) Véanse las notas 3 y 4.

    (6 ) DO L 83 de 27.3.1999, p. 1.

    (7 ) Carta de la Comisión C(2004)5009 del 10.12.2004.

    (8 ) C(2005) 1813 final.

    (9 ) DO C 252 de 12.10.2005, p. 10.

    (26) A petición de las autoridades italianas, la Comisión les transmitió, mediante cartas de 6 de septiembre de 2005 y 18 de noviembre de 2005, todos los documentos mencionados en la segunda decisión de incoar el procedimiento, que, en este caso, habían sido enviados por el tercero interesado.

    (27) El 24 de octubre de 2005, las autoridades italianas presentaron sus primeras observaciones en respuesta a la segunda decisión de incoar el procedimiento, principalmente relativas al funcionamiento del régimen general.

    (28) El 30 de noviembre de 2005, las autoridades italianas formularon nuevos comentarios, a los que se adjuntaron una serie de anexos el 6 de diciembre de 2005.

    (29) El 11 de noviembre de 2005, el tercero interesado también formuló sus propias observaciones tras la segunda decisión de incoar el procedimiento. Estas observaciones se transmitieron el 19 de diciembre de 2005 a las autoridades italianas, que respondieron por carta de 6 de marzo de 2006.

    (30) La Comisión se entrevistó con las autoridades italianas el 3 de mayo de 2006. Tras este encuentro, la Comisión solicitó ulteriores informaciones mediante carta de 23 de mayo de 2006, en la que llamaba la atención de las autoridades italianas sobre la información solicitada en el marco de la segunda decisión de...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT