Asunto C-172/12 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 26 de septiembre de 2013 — EI du Pont de Nemours and Company/Comisión Europea, DuPont Performance Elastomers LLC, DuPont Performance Elastomers SA (Recurso de casación — Competencia — Prácticas colusorias — Mercado del caucho de cloropreno — Fijación de precios y reparto del mercado — Infracción del artículo 81 CE — Imputabilidad de la conducta infractora de una filial a su sociedad matriz — Control conjunto por dos sociedades matrices — Influencia determinante — Responsabilidad solidaria — Prescripción — Interés legítimo)
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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 344/27
Petición de decisión prejudicial - Bundesgerichtshof - Interpretación del artículo 34, número 4, del Reglamento (CE) n o 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (DO 2001, L 12, p. 1) - Reconocimiento de una resolución dictada en otro Estado miembro - Situación en la que dicha resolución es inconciliable con otra resolución dictada anteriormente en el mismo Estado miembro, entre las mismas partes y en un litigio que tiene el mismo objeto y la misma causa.
El artículo 34, número 4, del Reglamento (CE) n o 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, debe interpretarse en el sentido de que no comprende las resoluciones inconciliables dictadas por tribunales de un mismo Estado miembro.
) DO C 184, de 23.6.2012.
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 3 de de 2013 (petición de decisión prejudicial
planteada por la Cour de cassation - Francia) - Peter Pinckney/KDG mediatech AG
(Asunto C-170/12) ( 1 )
[Reglamento (CE) n o 44/2001 - Competencia judicial - Materia delictual o cuasidelictual - Derechos patrimoniales de un autor - Soporte material que reproduce una obra protegida - Oferta en línea - Determinación del lugar donde se ha materializado el daño]
(2013/C 344/45)
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Partes en el procedimiento principal
Peter Pinckney
KDG mediatech AG
Petición de decisión prejudicial - Cour de cassation - Interpretación del artículo 5, número 3, del Reglamento n o 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (DO 2001, L 12 p. 1) - Competencia del órgano jurisdiccional nacional en materia delictual o cuasidelictual - Criterios para determinar el «lugar donde se hubiere producido o pudiere producirse el hecho dañoso» - Lesión de los derechos patrimoniales de un autor causada por la oferta en línea de un contenido desmaterializado o de un soporte material que reproduce dicho contenido - Contenido destinado al público.
Fallo
El artículo 5, punto 3, del Reglamento (CE) n o 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, debe interpretarse...
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