Asunto T-206/04: Recurso interpuesto el 7 de junio de 2004 (fax/correo electrónico de 2 de junio de 2004) contra la Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (OAMI) por Fernando Rodrigues Carvalhais

Recurso interpuesto el 8 de junio de 2004 contra la Comisión de las Comunidades Europeas por Alessandro Ianniello (Asunto T-205/04) (2004/C 217/47) (Lengua de procedimiento: francés) En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 8 de junio de 2004 un recurso contra la Comisión de las Comunidades Europeas por Alessandro Ianniello, con domicilio en Bruselas (Bélgica), representado por los Sres. Stéphane Rodrigues y Yola Minatchy, abogados, que designa domicilio en Luxemburgo.

La parte demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

-- Anule la decisión de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos (AFPN), de 18 de febrero de 2004, por la que responde a la reclamación del Sr. Alessandro Ianniello, y anule el informe de evolución de carrera adoptado sobre él para el período comprendido entre el 1 de julio de 2001 y el 31 de diciembre de 2002.

-- Declare la responsabilidad extracontractual de la Comunidad Europea provocada por la decisión impugnada y por la adopción extemporánea del informe de evolución de carrera del demandante para el período comprendido entre el 1 de julio de 2001 y el 31 de diciembre de 2002.

-- Conceda al demandante una indemnización por los daños y perjuicios sufridos por un importe de 5 000 euros.

-- Condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones El presente recurso tiene por objeto la decisión de la AFPN, de 18 de febrero de 2004, por la que se desestima la reclamación presentada por el demandante de reconsiderar el informe de evolución de carrera sobre él para el período comprendido entre el 1 de julio de 2001 y el 31 de diciembre de 2002 y por la que se consideró innecesario iniciar un examen administrativo de determinados documentos presentados ante la comisión paritaria de evaluación de la Dirección General RELEX.

En apoyo de sus pretensiones, la demandante alega la vulneración de determinados requisitos sustanciales de forma, como su derecho de defensa, el deber de imparcialidad de la autoridad administrativa y la obligación de motivación de los actos.

Por otra parte, considera que la decisión impugnada hace caso omiso al derecho de la demandante a la protección de sus datos personales, al deber de asistencia y protección y al principio de buena administración.

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