Directiva 97/24/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de junio de 1997 relativa a determinados elementos y características de los vehículos de motor de dos o tres ruedas          

SectionDirective
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

DIRECTIVA 97/24/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de junio de 1997 relativa a determinados elementos y características de los vehículos de motor de dos o tres ruedas

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 100 A,

Vista la propuesta de la Comisión (1),

Visto el dictamen del Comité Económico y Social (2),

De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 189 B del Tratado (3),

A la vista del texto conjunto aprobado el 4 de febrero de 1997 por el Comité de conciliación,

(1) Considerando que conviene adoptar las medidas destinadas a garantizar el funcionamiento del mercado interior;

(2) Considerando que, en cada Estado miembro, los vehículos de motor de dos o tres ruedas deben cumplir, en lo que se refiere a los elementos y características de los que se ocupa la presente Directiva, determinados requisitos técnicos incluidos en disposiciones imperativas que difieren de un Estado miembro a otro; que, por su disparidad, dichos requisitos obstaculizan el comercio dentro de la Comunidad; que esos obstáculos al funcionamiento del mercado interior pueden eliminarse si todos los Estados miembros sustituyen sus normativas nacionales por las mismas disposiciones;

(3) Considerando que el establecimiento de disposiciones armonizadas para esos elementos y...

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