Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 15 de marzo de 2001 en el asunto C-83/00: Comisión de las Comunidades Europeas contra Reino de los Países Bajos ('Incumplimiento de Estado No adaptación del Derecho interno a la Directiva 97/24/CE Elementos y características de los vehículos de motor de dos o tres ruedas')

SectionDirective
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

C 173/20 ES 16.6.2001Diario Oficial de las Comunidades Europeas Repu¥blica Francesa (agentes: Sra. K. Rispal-Bellanger y SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA Sr. S. Seam), que tiene por objeto que se declare que la Repu¥blica Francesa ha incumplido las obligaciones que le (Sala Tercera)incumben en virtud del arti¥culo 95 del Tratado CE (actualmente arti¥culo 90 CE, tras su modificacio¥n), de 15 de marzo de 2001 -- al mantener en vigor y aplicar una normativa en la que se prevÈ la aplicacio¥n de una fo¥rmula de ca¥lculo de la en el asunto C-83/00: Comisio¥ n de las Comunidades potencia administrativa desfavorable para los vehi¥culos Europeas contra Reino de los Pai¥ses Bajos(1) equipados con cajas de cambios manuales de seis marchas asi¥ como con cajas de cambios automa¥ticas de cinco ('Incumplimiento de Estado -- No adaptacio¥n del Derechomarchas, que produce efectos discriminatorios o protecinterno a la Directiva 97/24/CE -- Elementos y caracteri¥sti-tores contra los vehi¥culos fabricados en otros Estados cas de los vehi¥culos de motor de dos o tres ruedas')miembros con respecto a los vehi¥culos nacionales similares o competidores, y (2001/C 173/34) -- al mantener en vigor unas disposiciones que limitan el factor K al calcular la potencia fiscal de los vehi¥culos homologados con cara¥cter individual entre el 1 de enero (Lengua de procedimiento: neerlandÈs) de 1978 y el 12 de enero de 1988 y considerados equivalentes a un tipo homologado de una potencia real superior a 100 kW, (Traduccio¥n provisional; la traduccio¥n definitiva se publicara¥ en la 'Recopilacio¥n de la Jurisprudencia del Tribunal de Justicia') el Tribunal de Justicia (Sala Quinta), integrado por los En el asunto C-83/00, Comisio¥n de las Comunidades Europeas Sres. A. La Pergola, Presidente de Sala; M. Wathelet (Ponente), (agente: Sr. C. van der Hauwaert) contra Reino de los Pai¥ses D.A.O. Edward, P. Jann y L. Sevo¥n, Jueces; Abogado General: Bajos (agentes: Sr. M.A. Fierstra y Sra. J. van Bakel), que tiene Sr. S. Alber; Secretaria: Sra. L. Hewlett, administradora, ha por objeto que se declare que el Reino de los Pai¥ses Bajos ha dictado el 15 de marzo de 2001 una sentencia cuyo fallo es el incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del siguiente: Tratado CE, al no haber adoptado, dentro del plazo sen~alado, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas...

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