Ayuda estatal — Alemania — Ayuda estatal C 19/10 [ex NN 23/10 (ex CP 21/08)] — Eliminación de cadáveres de animales — Ayuda estatal a «Zweckverband Tierkörperbeseitigung» — Invitación a presentar observaciones en aplicación del artículo 108, apartado 2, del TFUE (1)

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Issuing OrganizationComisión Europea

ES Diario Oficial de la Unión Europea 26.10.2010

COMISIÓN EUROPEA

AYUDA ESTATAL - ALEMANIA

Ayuda estatal C 19/10 [ex NN 23/10 (ex CP 21/08)]

Eliminación de cadáveres de animales - Ayuda estatal a «Zweckverband Tierkörperbeseitigung»

Invitación a presentar observaciones en aplicación del artículo 108, apartado 2, del TFUE

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2010/C 289/07)

Por carta de 20 de julio de 2010, reproducida en la versión lingüística auténtica en las páginas siguientes al presente resumen, la Comisión notificó a Alemania su decisión de incoar el procedimiento establecido en el artículo 108, apartado 2, del TFUE en relación con la medida antes citada.

Los interesados podrán presentar sus observaciones en un plazo de un mes a partir de la fecha de publicación del presente resumen y de la carta siguiente, enviándolas a:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia Dirección F

Registro de Ayudas Estatales SPA3, 6/5 1049 Bruxelles/Brussel BELGIQUE/BELGIË

Fax +32 22961242

Dichas observaciones se comunicarán a Alemania. La parte interesada que presente observaciones podrá solicitar por escrito, exponiendo los motivos de su solicitud, que su identidad sea tratada confidencialmente.

Procedimiento

El 23 de enero de 2008, «Saria Bio-Industries» (en lo sucesivo, «Saria») presentó una denuncia relativa a una ayuda estatal en forma de financiación pública de «Zweckverband Tierkörperbeseitigung». Se alegó que los pagos anuales que recibió «Zweckverband Tierkörperbeseitigung» para cubrir sus pérdidas constituían una ayuda estatal ilegal e incompatible.

(2) Por carta de 30 de octubre de 2009, Saria envió una solicitud formal de actuación y de inicio de un procedimiento de investigación formal de conformidad con el artículo 265 del TFUE.

(3) Además, Saria sometió el asunto al Tribunal de Primera Instancia y al Tribunal Superior de Renania-Palatinado para que resolvieran que los pagos anuales eran una ayuda estatal ilegal y ordenasen su recuperación. Las sentencias se pronunciaron el 2 de diciembre de 2008 y el 24 de noviembre de 2009, respectivamente. Ambos Tribunales confirmaron que los pagos constituían una ayuda estatal ilegal, pero se negaron a ordenar su recuperación. Actualmente hay un recurso ante el Tribunal Administra

tivo Federal interpuesto por Saria para insistir en la recuperación de la ayuda estatal concedida ilegalmente.

Descripción de las medidas

(4) La «Zweckverband Tierkörperbeseitigung» (en lo sucesivo «ZT») es una empresa pública cuyos miembros son provincias y ciudades de Renania-Palatinado, el Sarre y Hesse y a la que se ha encomendado la tarea de eliminación de subproductos animales.

(5) El Estado de Renania-Palatinado concedió ayuda a ZT basándose en las directrices comunitarias sobre ayudas para la eliminación de subproductos animales, que fue aprobada por la Comisión en 2004 ( 1

).

(6) Además, los miembros de ZT fueron obligados por ley a compensar las pérdidas soportadas. Según información procedente de Alemania, ZT recibió en total unos pagos anuales de 24 795 775,97 EUR de 1998 a 2008.

( 1 ) Directrices comunitarias sobre la concesión de ayudas estatales en relación con las pruebas de detección de la EET, el ganado muerto y los residuos de los mataderos (2002/C 324/02); Decisión de la Comisión de 6 de julio de 2004, N-15/04.

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 289/9

El 1 de enero de 2009, Alemania adaptó su «Verbandsordnung», el Reglamento por el que se rige ZT, para que el cálculo de los pagos anuales fuera más transparente.

(8) Alemania considera que las ayudas concedidas, a saber, los pagos anuales hasta 2008 y el mecanismo de ayuda modificado aplicado desde 2009, no constituyen una ayuda estatal. Aduce que la eliminación de subproductos animales es un servicio de interés económico general y que los pagos anuales son necesarios para financiar los costes adicionales que tuvo que sufragar ZT para disponer de una capacidad de reserva que le permitiera afrontar el aumento de los subproductos animales que cabía esperar en caso de epizootia. Por otro lado, Alemania presentó un estudio de costes que presuntamente muestra que los pagos anuales solo han cubierto los costes derivados de la creación de la capacidad de reserva.

(9) El denunciante afirma que el mercado de Renania-Palatinado no está abierto a la competencia, aduciendo que ZT no ha sido seleccionada mediante licitación pública y que los pagos anuales no sirven más que para financiar la creación de una gran capacidad que es ineficiente. Además, el denunciante teme una distorsión del mercado en otras regiones, alegando que, gracias a la ayuda estatal, ZT puede ofrecer precios por debajo de los costes en las licitaciones en las que participa.

Existencia de ayuda estatal a tenor del artículo 107, apartado 1, del TFUE

(10) Parece que los pagos anuales se han concedido mediante recursos estatales, falsean la competencia y afectan al comercio entre los Estados miembros. Si las ayudas se han concedido como compensación por las obligaciones de servicio público encomendadas a ZT, como asegura Alemania, ZT no ha contado con ninguna ventaja respecto a sus competidores, siempre y cuando los cuatro criterios establecidos por el Tribunal en su sentencia Altmark se cumplan de modo acumulativo ( 1 ).

(11) No obstante, la Comisión se pregunta en qué medida los pagos anuales cumplen los criterios Altmark:

La Comisión se pregunta si la ayuda adicional de la que haya podido beneficiarse ZT, al margen de la ayuda ya aprobada por la Comisión en 2004, estaría justificada a tenor de lo dispuesto en el artículo 191, apartado 2, del TFUE y en las directrices comunitarias correspondientes relativas a las ayudas estatales en relación con las pruebas de detección de la EET, el ganado muerto y

los residuos de los mataderos, que asignan a los ganaderos la responsabilidad principal de hacerse cargo de la eliminación del ganado muerto y de los residuos de los mataderos y de financiar sus costes.

- Debe examinarse en qué medida la obligación de disponer de una capacidad de reserva comporta costes adicionales para ZT, ya que, según lo observado en otras regiones alemanas, las instalaciones de los operadores privados (diseñadas de manera óptima para un funcionamiento normal) parecen disponer de suficiente capacidad de reserva en caso de epizootia.

- Dado que ZT no fue seleccionada mediante un procedimiento de contratación pública, cabe plantearse si ZT es una empresa eficiente.

Compatibilidad de la ayuda estatal con el mercado interior

(12) La Comisión considera que las ayudas estatales destinadas a compensar el cumplimiento de obligaciones de servicio público pueden declararse compatibles conforme al artículo 106, apartado 2, del TFUE si son necesarias para la prestación de ese servicio y no afectan al desarrollo del comercio de una forma que sea contraria a los intereses de la Comunidad.

(13) De acuerdo con el Marco comunitario sobre ayudas estatales en forma de compensación por servicio público ( 2 ),

para que una ayuda estatal sea compatible con el TFUE deben cumplirse efectivamente los tres primeros criterios de la sentencia Altmark.

(14) Sin embargo, como se ha señalado anteriormente, la Comisión duda de que la creación de una capacidad de reserva pueda considerarse un servicio de interés económico general a la luz del principio de quien contamina paga. También cabe plantearse si los pagos concedidos fueron necesarios dado que lo observado en otras regiones alemanas parece indicar que las instalaciones de los operadores privados disponen de suficiente capacidad de reserva en caso de epizootia.

TEXTO DE LA CARTA

Hiermit teilt die Kommission Deutschland mit, dass sie nach Prüfung der Angaben Deutschlands zu der vorgenannten Beihilfemaßnahme beschlossen hat, das Prüfverfahren nach Artikel 108 Absatz 2 des Vertrags über die Arbeitsweise der Europäischen Union (nachstehend ,AEUV' genannt) zu eröffnen.

) Asunto C-280/00, Altmark Trans Gmbh y Regierungspräsidium Magdeburg/Nahverkehrsgesellschaft Altmark Gmbh, Rec. 2003, p. I-07747.

( 2 ) Marco comunitario sobre ayudas estatales en forma de compensación por servicio público (2005/C 297/04).

ES Diario Oficial de la Unión Europea 26.10.2010

1. VERFAHREN

1.1 Beihilfeverfahren

1.1.1 Beschwerde

(1) Am 23. Januar 2008 reichte die Saria Bio-Industries GmbH & Co. Verwaltungs- und Beteiligungs KG (nachstehend ,Beschwerdeführer' genannt) eine Beschwerde bezüglich rechtswidriger staatlicher Beihilfen für den Zweckverband Tierkörperbeseitigung (nachstehend ,ZT' genannt) ein.

(2) Der ZT ist ein öffentliches Unternehmen, dessen Mitglieder die Landkreise und kreisfreie Städte von RheinlandPfalz, des Saarlandes und Hessens sind, und das im Bereich der Beseitigung tierischer Nebenprodukte tätig ist. Der Beschwerdeführer ist ebenfalls im Bereich der Beseitigung tierischer Nebenprodukte tätig und behauptet, dass ZT seine Kosten auf der Grundlage seiner Gebührensatzung nicht decken könne. Die ZT-Mitglieder müssten durch eine Umlage für die jährlichen Defizite von ZT aufkommen. Ohne diese Umlagezahlungen wäre es ZT nicht möglich, auf dem Markt zu überleben.

1.1.2 Auskunftsersuchen und Übermittlung von Informationen

(3) Die Kommission sandte Deutschland am 26. Mai 2008 und am 16. Dezember 2008 Auskunftsersuchen zu. Deutschland übermittelte seine Antworten am 25. Juli 2008 und am 30. April 2009 sowie zusätzliche Informationen am 16. April 2010.

(4) Der Beschwerdeführer hat am 23. September 2008, 10. November 2008, 9. Januar 2009 und 26. Mai

2009 weitere Informationen übermittelt.

(5) Am 25. Februar 2009 fand ein Treffen der Kommissionsdienststellen mit den deutschen Behörden und am 24. April 2009 ein Treffen der Kommissionsdienststellen mit dem Beschwerdeführer statt.

1.1.3 Antrag auf Tätigwerden

(6) Der Beschwerdeführer hat die Kommission mit Schreiben vom 30. Oktober 2009 förmlich ersucht, tätig zu werden und ein förmliches Prüfverfahren nach Artikel 265 AEUV im Zusammenhang mit seiner schriftlichen...

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