Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social Europeo — Eliminar las barreras fiscales transfronterizas en beneficio de los ciudadanos de la UE»COM(2010) 769 final

SectionActos preparatorios

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 318/95

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social Europeo - Eliminar las barreras fiscales transfronterizas en beneficio de los ciudadanos de la UE»

COM(2010) 769 final

(2011/C 318/15)

Ponente: Vincent FARRUGIA

El 20 de diciembre de 2010, de conformidad con el artículo 113 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la Comisión Europea decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social Europeo - Eliminar las barreras fiscales transfronterizas en beneficio de los ciudadanos de la UE

COM(2010) 769 final.

La Sección Especializada de Unión Económica y Monetaria y Cohesión Económica y Social, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 24 de junio de 2011.

En su 473 o Pleno de los días 13 y 14 de julio de 2011 (sesión del 14 de julio de 2011), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 74 votos a favor y 5 abstenciones el presente Dictamen.

Conclusiones y recomendaciones

La existencia de distintas jurisdicciones fiscales en la UE impone una carga adicional a los ciudadanos de la UE que trabajan, invierten y ejercen su actividad a nivel transfronterizo, debido a la doble imposición y el solapamiento de los requisitos administrativos. Esta situación está creando verdaderos impedimentos para el buen funcionamiento del mercado único y mermando los derechos fundamentales de los ciudadanos de la UE. Estos impedimentos suelen perjudicar de manera desproporcionada a las pequeñas empresas.

El CESE opina que las normas fiscales vigentes en toda la Unión no podrán impedir la discriminación entre ciudadanos de diferentes países, ni eliminar las barreras a la libre circulación de personas, mercancías, servicios y capitales.

A fin de resolver estos problemas, el CESE recomienda las siguientes acciones para acabar con la doble imposición y reforzar la simplificación administrativa en las situaciones trans- crear servicios de ventanilla única que permitan a los ciudadanos obtener información, pagar impuestos y recibir los certificados y la documentación necesarios para su uso en toda la UE;

- simplificar los procedimientos administrativos aplicados a las situaciones transfronterizas, que deben emprenderse sobre una base bilateral o multilateral en todos los Estados miembros, incluidas, entre otras cosas, la supresión de la doble imposición y la utilización de instrumentos administrativos para garantizar la aplicación integral de los numerosos convenios existentes en materia de doble imposición;

- notificar decisiones fiscales a priori sobre el importe definitivo de la deuda tributaria, adaptadas específicamente a cada contribuyente;

- crear un observatorio de la fiscalidad transfronteriza independiente que, tras un período inicial durante el cual ejercería sus actividades bajo la égida de la Comisión Europea con recursos específicos y funciones claras, debería transformarse progresivamente, durante un período de tres años, en una institución dotada de plena personalidad jurídica de derecho público, con el estatus de agencia estratégica. Este observatorio tendría por objeto adquirir, de forma continua, un conocimiento detallado y práctico de las barreras fiscales existentes y su evolución, y su misión consistiría en:

- investigar sobre las barreras fiscales denunciadas por los ciudadanos de la UE;

- realizar indagaciones para descubrir otras barreras;

- estudiar la eficacia de los esfuerzos que se llevan a cabo para eliminar barreras;

- evaluar el efecto que tienen las cuestiones del ámbito de actuación del observatorio en los ciudadanos de la UE;

- revisar periódicamente los cambios operados en las políticas fiscales y los requisitos administrativos en los Estados miembros de la UE al objeto de evaluar la medida y la forma en que pueden evolucionar las barreras fiscales y, en particular, hacer especial hincapié en los casos en los que aumenta el número de barreras e informar sobre ellos;

- estudiar la introducción de mecanismos de equiparación fiscal, que permitirían a los trabajadores que cambian frecuentemente de lugar de trabajo, pasando de un país a otro de la UE, pagar sus impuestos a una única y misma autoridad fiscal, preferiblemente en el país en que estén afiliados a un régimen de seguridad social;

ES Diario Oficial de la...

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