Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 19 de junio de 2003 en el asunto C-420/01: Comisión de las Comunidades Europeas contra República Italiana ('Incumplimiento Libre circulación de mercancías Artículos 28 CE y 30 CE Prohibición de comercialización de bebidas energéticas cuyo contenido de cafeína sea superior a un determinado...

SectionCase
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Diario Oficial de la Unión EuropeaES 2.8.2003C 184/12

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta) de 19 de junio de 2003 en el asunto C-410/01 (Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesvergabeamt): Fritsch, Chiari & Partner, Ziviltechniker GmbH y otros contra Autobahnen -- und Schnellstraßen-Finanzierungs-AG (Asfinag) (1 ) ('Contratos públicos -- Directiva 89/665/CEE -- Procedimientos de recurso en materia de adjudicación de contratos públicos -- Artículo 1, apartado 3 -- Personas que han de poder acceder a los procedimientos de recurso -- Concepto de 'interés en obtener un determinado contrato público'') (2003/C 184/21) (Lengua de procedimiento: alemán) (Traducción provisional; la traducción definitiva se publicará en la 'Recopilación de la Jurisprudencia del Tribunal de Justicia') En el asunto C-410/01, que tiene por objeto una petición dirigida al Tribunal de Justicia, con arreglo al artículo 234 CE, por el Bundesvergabeamt (Austria), destinada a obtener, en el litigio pendiente ante dicho órgano jurisdiccional entre Fritsch,

Chiari & Partner, Ziviltechniker GmbH y otros y Autobahnen -- und Schnellstraßen-Finanzierungs-AG (Asfinag), una decisión prejudicial sobre la interpretación del artículo 1, apartado 3, de la Directiva 89/665/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1989, relativa a la coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas referentes a la aplicación de los procedimientos de recurso en materia de adjudicación de los contratos públicos de suministros y de obras (DO L 395, p. 33), en su versión modificada por la Directiva 92/50/CEE del Consejo, de 18 de junio de 1992, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de servicios (DO L 209, p. 1), el Tribunal de Justicia (Sala Sexta), integrado por el Sr.

J.-P. Puissochet, Presidente de Sala, y los Sres. R. Schintgen (Ponente) y V. Skouris, la Sra. F. Macken y el Sr. J.N. Cunha Rodrigues, Jueces; Abogado General: Sr. J. Mischo; Secretaria:

Sra. M.-F. Contet, administradora principal, ha dictado el 19 de junio de 2003 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

El artículo 1, apartado 3, de la Directiva 89/665/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1989, relativa a la coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas referentes a la aplicación de los procedimientos de recurso en materia de adjudicación de los contratos públicos de suministros y de obras, en su versión...

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