Asunto C-440/98: Petición de decisión prejudicial presentada mediante resolución de la Corte dei Conti - Sezione del controllo sugli enti, de fecha 26 de noviembre de 1998, en el asunto sobre la aplicación a la RAI -Radiotelevisione italiana SpA- de la normativa comunitaria y nacional en materia de procedimiento de adjudicación de contratos p...

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el Reglamento (CEE) no 2675/88 y existen pruebas de que el operador tiene por norma, deliberada y permanentemente, colocar estos productos dentro de rollos formados por determinados trozos de carne en determinadas plantas de producciÛn, øla autoridad competente esta' autorizada con arreglo a los Reglamentos (CEE) nos 2220/85 y 2675/88 a extrapolar los resultados de un muestreo de la producciÛn de dichos trozos en tales unidades de producciÛn, a no conceder la ayuda al almacenamiento privado por una cantidad de carne basada en dicha extrapolaciÛn y a declarar la pe'rdida de la garantÌa prestada por razÛn del pago por adelantado realizado respecto de dicha cantidad ma's un 20%? o, por el contrario, øla autoridad competente u'nicamente puede extrapolar los resultados del examen de las cajas de un solo contrato de ayuda al almacenamiento privado respecto de la producciÛn del trozo de que se trata dentro de dicho contrato? 9. Cuando existen pruebas de un pra'ctica persistente y deliberada de incluir en cajas de determinados trozos de carne deshuesada en determinadas plantas de producciÛn productos que no pueden ser almacenados con arreglo al apartado 4 del artÌculo 4 del Reglamento (CEE) no 2675/88 y al contrato de ayuda al almacenamiento privado celebrado por el operador con la autoridad competente, y mediante un examen se descubre que se han almacenado cantidades considerables de dichos productos, øel Reglamento (CEE) no 1091/80 (6 ), y en particular la letra c) del apartado 2 de su artÌculo 5, autoriza a la autoridad competente a declarar la pe'rdida de las garantÌas del contrato referidas a la producciÛn de los trozos de carne de que se trata en dichas plantas de producciÛn? (1 ) Reglamento (CEE) no 1964/82 de la ComisiÛn, de 20 de julio de 1982, por el que se establecen las condiciones de concesiÛn de restituciones especiales a la exportaciÛn para determinadas carnes de vacuno deshuesadas (DO L 212 de 21.7.1982, p. 48;

EE 03/25, p. 306).

(2 ) Reglamento (CEE) no 2675/88 de la ComisiÛn, de 29 de agosto de 1988, por el que se preve' la concesiÛn de una ayuda, fijada globalmente por adelantado, al almacenamiento privado de canales, de medias canales, de cuartos traseros y de cuartos delanteros de vacunos pesados machos (DO L 239 de 30.8.1988, p. 20).

(3 ) Reglamento (CEE) no 565/80 del Consejo, de 4 de marzo de 1980, relativo al pago por anticipado de las restituciones a la exportaciÛn para los productos agrÌcolas (DO L 62 de 7.3.1980, p. 5...

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