Acción Común 2007/517/PESC del Consejo, de 16 de julio de 2007, por la que se modifica y prorroga la Acción Común 2006/623/PESC, relativa a la creación de un equipo de la UE para contribuir a la preparación del establecimiento de una posible misión civil internacional en Kosovo, incluido el componente del Representante Especial de la Unión ...

SectionAcción Común
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

III (Actos adoptados en aplicación del Tratado UE) ACTOS ADOPTADOS EN APLICACIÓN DEL TÍTULO V DEL TRATADO UE ACCIÓN COMÚN 2007/517/PESC DEL CONSEJO de 16 de julio de 2007 por la que se modifica y prorroga la Acción Común 2006/623/PESC, relativa a la creación de un equipo de la UE para contribuir a la preparación del establecimiento de una posible misión civil internacional en Kosovo, incluido el componente del Representante Especial de la Unión Europea (Equipo de Preparación MCI/REUE) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 14,

Considerando lo siguiente:

(1) El 15 de septiembre de 2006 el Consejo adoptó la Acción Común 2006/623/PESC (1), que expira el 31 de julio de 2007.

(2) Habida cuenta de la propuesta integral de Acuerdo sobre el Estatuto de Kosovo de 26 de marzo de 2007, que establece la presencia de un Representante Civil Internacional en Kosovo, que será asimismo el Representante Especial de la Unión Europea y que contará con la ayuda de una Oficina Civil Internacional (OCI) en Kosovo, incluido el componente del Representante Especial de la Unión Europea, el Equipo de Preparación MCI/REUE debe pasar a denominarse Equipo de Preparación OCI/REUE.

(3) El mandato del Equipo de Preparación MCI/REUE debe ser modificado y prorrogado hasta el 30 de noviembre de 2007, o hasta 30 días después de la adopción de una nueva Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (RCSNU) que sustituya a la RCSNU 1244 y que apruebe el nombramiento de un Representante Civil Internacional, siempre que se adopte antes del 1 de noviembre de 2007.

(4) La Acción Común 2006/623/PESC debe modificarse y prorrogarse en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:

Artículo 1

La Acción Común 2006/623/PESC queda modificada como sigue:

1) Las referencias que se hacen a la 'Misión Civil Internacional', a la 'MCI' y al 'Equipo de Preparación MCI/REUE' se entenderán hechas a la 'Oficina Civil Internacional', a la 'OCI' y al 'Equipo de Preparación OCI/REUE', respectivamente.

2) En el artículo 2 se añade el punto siguiente:

'5) trabajar con las autoridades de Kosovo, UNMIK, y otros socios internacionales clave en la planificación para la transmisión de los poderes de UNMIK y en la preparación para la aplicación del Acuerdo sobre el Estatuto.'.

3) En el artículo 4, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:

'1. Se nombra al...

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