Acción Común 2007/744/PESC del Consejo, de 19 de noviembre de 2007, por la que se modifica y prorroga la Acción Común 2006/623/PESC relativa a la creación de un equipo de la UE para contribuir a la preparación del establecimiento de una posible Oficina Civil Internacional en Kosovo, incluido el componente del Representante Especial de la Unión ...
Section | Acción Común |
Issuing Organization | Consejo de la Unión Europea |
III (Actos adoptados en aplicación del Tratado UE) ACTOS ADOPTADOS EN APLICACIÓN DEL TÍTULO V DEL TRATADO UE ACCIÓN COMÚN 2007/744/PESC DEL CONSEJO de 19 de noviembre de 2007 por la que se modifica y prorroga la Acción Común 2006/623/PESC relativa a la creación de un equipo de la UE para contribuir a la preparación del establecimiento de una posible Oficina Civil Internacional en Kosovo, incluido el componente del Representante Especial de la Unión Europea (Equipo de Preparación OCI/REUE) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 14,
Considerando lo siguiente:
(1) El 15 de septiembre de 2006, el Consejo adoptó la Acción Común 2006/623/PESC (1), que expira el 30 de noviembre de 2007.
(2) El mandato del Equipo de Preparación OCI/REUE debe modificarse y prorrogarse hasta el 31 de marzo de 2008, o 30 días después del nombramiento del Representante de la Comunidad Internacional RCI/REUE, siempre que este suceda antes del 1 de marzo de 2008.
(3) La Acción Común 2006/623/PESC debe modificarse y prorrogarse en consecuencia.
HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:
La Acción Común 2006/623/PESC queda prorrogada hasta el 31 de marzo de 2008, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3 de la presente Acción Común.
El importe de referencia financiera de 3 551 000 EUR, tal como figura en el artículo 9, apartado 1, de la Acción Común 2006/623/PESC, se incrementará en 1 692 000 EUR para cubrir los gastos relativos al mandato del Equipo de Preparación OCI/REUE desde el 1 de diciembre de 2007 hasta el 31 de marzo de 2008.
El artículo 14, apartado 2, de la Acción Común 2006/623/PESC se sustituirá por el texto siguiente:
'2. Expirará el 31 de marzo de 2008, o 30 días después del nombramiento del RCI/REUE, siempre que este suceda antes del 1...
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