Protocolo del Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Croacia, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y de Rumanía a la Unión Europea

SectionAcuerdo

PROTOCOLO del Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Croacia, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y de Rumanía a la Unión Europea EL REINO DE BÉLGICA,

LA REPÚBLICA DE BULGARIA,

LA REPÚBLICA CHECA,

EL REINO DE DINAMARCA,

LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA,

LA REPÚBLICA DE ESTONIA,

IRLANDA,

LA REPÚBLICA HELÉNICA,

EL REINO DE ESPAÑA,

LA REPÚBLICA FRANCESA,

LA REPÚBLICA ITALIANA,

LA REPÚBLICA DE CHIPRE,

LA REPÚBLICA DE LETONIA,

LA REPÚBLICA DE LITUANIA,

EL GRAN DUCADO DE LUXEMBURGO,

LA REPÚBLICA DE HUNGRÍA,

MALTA,

EL REINO DE LOS PAÍSES BAJOS,

LA REPÚBLICA DE AUSTRIA,

LA REPÚBLICA DE POLONIA,

LA REPÚBLICA PORTUGUESA,

RUMANÍA,

LA REPÚBLICA DE ESLOVENIA,

LA REPÚBLICA ESLOVACA,

LA REPÚBLICA DE FINLANDIA,

EL REINO DE SUECIA,

EL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE, en lo sucesivo denominados 'los Estados miembros', representados por el Consejo de la Unión Europea, y L 286/46 ES Diario Oficial de la Unión Europea 29.10.2008

LA COMUNIDAD EUROPEA y LA COMUNIDAD EUROPEA DE LA ENERGÍA ATÓMICA, en lo sucesivo denominadas 'las Comunidades', representadas por el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea, por una parte, y LA REPÚBLICA DE CROACIA, por otra,

VISTA la adhesión de la República de Bulgaria y de Rumanía (en lo sucesivo, 'los nuevos Estados miembros') a la Unión Europea, y, por consiguiente, a la Comunidad el 1 de enero de 2007,

Considerando lo siguiente:

(1) El Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Croacia, por otra, en lo sucesivo, 'el AEA', se firmó en Luxemburgo el 29 de octubre de 2001 y entró en vigor el 1 de febrero de 2005.

(2) El Tratado relativo a la adhesión a la Unión Europea de la República de Bulgaria y de Rumanía (en lo sucesivo denominado 'el Tratado de Adhesión') fue firmado en Luxemburgo el 25 de abril de 2005.

(3) La República de Bulgaria y Rumanía se adhirieron a la Unión Europea el 1 de enero de 2007.

(4) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6, apartado 2, del Acta de adhesión adjunta al Tratado de Adhesión, la adhesión de los nuevos Estados miembros al AEA se acordará mediante la celebración de un protocolo de dicho Acuerdo.

(5) De conformidad con el artículo 36, apartado 3, del AEA, se han celebrado consultas a fin de asegurar que se tengan en cuenta los intereses mutuos de la Comunidad y de la República de Croacia...

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