Reglamento (CEE) n° 3207/88 del Consejo de 17 de octubre de 1988 por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 2771/75 por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los huevos          

SectionReglamento
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

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REGLAMENTO (CEE) No 3207/88 DEL CONSEJO

de 17 de octubre de 1988

por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 2771/75 por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los huevos

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, sus artículos 42 y 43,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1),

Visto el dictamen del Comité Económico y Social (2),

Considerando que la Comunidad es Parte contratante del Convenio Internacional sobre el sistema armonizado de designación y codificación de las mercancías, denominado en lo sucesivo « sistema armonizado », que sustituye al convenio de 15 de diciembre de 1950 sobre la nomenclatura para la clasificación de las mercancías en los aranceles aduaneros;

Considerando que, con efectos a partir del 1 de enero de 1988, se ha establecido mediante el Reglamento (CEE) no 2658/87 (3), una nomenclatura combinada de las mercancías, que responde tanto a las exigencias del arancel aduanero común como a las de las estadísticas del comercio exterior de la Comunidad;

Considerando que, en consecuencia, procede formular las designaciones de las mercancías y números del arancel que figuran en el Reglamento (CEE) no 2771/75 (4), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 4000/87 de la Comisión (5), según los términos de la nomenclatura combinada basada en el sistema armonizado;

Considerando que los huevos cocidos con cáscara y los preparados a base de huevos moldeados, como los denominados « huevos largos » de forma cilíndrica, estaban clasificados en una subpartida de la partida no 21.07 (preparados alimenticios no expresados ni comprendidos en otras partidas) del arancel aduanero común, vigente hasta el 31 de diciembre de 1987; que, por lo tanto, dichos preparados a base de huevos no se consideraban como productos incluidos en el Anexo II del Tratado; que, con la introducción de la nomenclatura combinada, dichos productos se clasifican ahora en los códigos NC 0407 (huevos de ave con cáscara, frescos, conservados o cocidos) ó 0408 (huevos de ave sin cáscara y yemas de huevo, frescos, secos, cocidos con agua o vapor, moldeados, congelados o conservados de otro modo, incluso azucarados o edulcorados de otro modo); que los huevos cocidos con cáscara y los preparados a base de huevos moldeados pueden utilizarse del...

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