Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al sistema europeo de estadísticas integradas de protección social (Seepros)COM(2006) 11 final 2006/0004 (COD)

SectionReglamento
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la 'Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al sistema europeo de estadísticas integradas de protección social (Seepros)' COM(2006) 11 final -- 2006/0004 (COD) (2006/C 309/17) El 10 de febrero de 2006, de conformidad con el artículo 262 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta mencionada.

La Sección Especializada de Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su Dictamen el 2 de junio de 2006 (ponente: Sra. SCIBERRAS).

En su 428o Pleno de los días 5 y 6 de julio de 2006 (sesión del 5 de julio de 2006), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 162 votos a favor y 5 abstenciones el presente Dictamen.

  1. Recomendaciones 1.1 El CESE señala que, a fin de reforzar la dimensión social de la Estrategia de Lisboa, los Estados miembros deberán conceder más peso político, a través del nuevo marco, al objetivo de modernizar y mejorar la protección social. La dimensión social es esencial para superar los retos planteados por la globalización y el envejecimiento de la población. Los diferentes objetivos de la Estrategia de Lisboa, como el crecimiento económico sostenible, más y mejores empleos y una mayor cohesión social, deben respaldarse y mantenerse (1 ).

    1.2 El CESE considera que el sistema europeo de estadísticas integradas de protección social (Seepros) es importante por lo que respecta a los métodos abiertos de coordinación en los sectores de la inclusión social y de las pensiones.

    1.3 Se requiere un enfoque analítico basado en indicadores fiables y comparables. Esto es fundamental para hacerse una idea fidedigna de los avances que se han registrado, o no, con vistas al cumplimiento de los objetivos. El CESE considera que, además de racionalizar las estadísticas, es necesario desarrollar los indicadores cualitativos.

    1.4 Un Estado miembro puede verse en dificultades para financiar la recopilación de las estadísticas necesarias. Por lo tanto, se debe tener en cuenta la capacidad de todos los Estados miembros para recabar información. Asimismo, deberían calcularse por anticipado los costes, aunque sean mínimos, que ocasiona un mandato no financiado como éste a cada uno de los Estados miembros. El CESE valora positivamente que la Comisión prevea ayudas económicas a los Estados miembros para que incorporen nuevos mecanismos en los sistemas ya existentes.

    1.5 Asimismo, es importante que los criterios no monetarios basados en necesidades humanas como el acceso, la calidad y la participación queden también reflejados en el espectro de indicadores (2 ).

    1.6 La exactitud en la recopilación de las estadísticas también es importante para que los gobiernos de los Estados miembros puedan adaptar los actuales sistemas de seguridad social a las necesidades de sus respectivas sociedades y para abordar las necesidades que presentan algunos colectivos de la sociedad a los cuales los actuales sistemas de protección social no...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT