Ayudas estatales — Bélgica — Ayuda estatal SA.20326 (2013/C) (ex 2012/NN) — Medidas de exención parcial del impuesto sobre la nómina en favor de la I+D — Invitación a presentar observaciones en aplicación del artículo 108, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (1)

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 7.3.2014

AYUDAS ESTATALES - BÉLGICA

Ayuda estatal SA.20326 (2013/C) (ex 2012/NN) - Medidas de exención parcial del impuesto sobre la nómina en favor de la I+D

Invitación a presentar observaciones en aplicación del artículo 108, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2014/C 69/10)

Por carta de 4 de diciembre de 2013, reproducida en la versión lingüística auténtica en las páginas siguientes al presente resumen, la Comisión notificó al Reino de Bélgica su decisión de incoar el procedimiento previsto en el artículo 108, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea con relación a la citada medida.

Se invita a los interesados a que presenten sus observaciones sobre la medida en cuestión en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación del presente resumen y de la carta siguiente, enviándolas a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia Dirección de Ayudas Estatales 1049 Bruxelles/Brussel BELGIQUE/BELGIË

Fax 32 2 296 12 42

Dichas observaciones serán comunicadas al Reino de Bélgica. Los interesados que presenten observaciones podrán solicitar por escrito, exponiendo los motivos de su solicitud, que su identidad sea tratada de forma confidencial.

PROCEDIMIENTO

El 7 de octubre de 2011, la Comisión inició un ejercicio de control del Régimen N 649/2005 denominado «Medidas de exención parcial del impuesto sobre la nómina en favor de la I+D» (SA.20326 (2011/MX)). Este control se centró en la base jurídica aplicable al Régimen, así como en su aplicación. Se seleccionó a tres empresas beneficiarias (Movetis NV, Actogenix NV y Zappware NV) para someterlas a un examen detallado. Considerando que las autoridades belgas no han dado cumplida respuesta a las preguntas de la Comisión, se ha decidido incoar un procedimiento por ayudas ilegales con fecha de 26 de octubre de 2012 (SA.20326 (2012/NN)).

DESCRIPCIÓN

El Régimen establece una exención fiscal en favor de las jóvenes empresas innovadoras (Young Innovative Companies-YIC). La medida prevé una exención del 50 % del impuesto sobre la nómina (impuesto que los empresarios deduce en origen de la nómina de sus empleados para transferirlo al Estado) en favor de las empresas que pertenezcan a la categoría YIC y empleen a personal científico.

EVALUACIÓN

La instrucción del expediente puso de manifiesto que la base jurídica del Régimen no contiene referencia alguna a las categorías de investigación elegibles definidas en el Reglamento

364/2004. Vemos que, al abstenerse de adoptar las medidas apropiadas necesarias para adaptar el Régimen a las disposiciones del nuevo Reglamento general de exención por categorías por lo que se refiere al tamaño, la antigüedad y el carácter innovador de las empresas beneficiarias, y al no notificar ni la modificación del Régimen a partir de marzo de 2009 (las autoridades belgas elevaron el porcentaje de la exención del 50 % al 75 % en marzo de 2009, sin notificárselo a la Comisión), ni su prolongación a partir de julio de 2011 (fecha en la que expiraba la decisión de autorización de la Comisión), las autoridades belgas han ejecutado ayudas ilegales.

La Comisión ha constatado que la legislación belga en materia de definición de las categorías de investigación no se modificó hasta 2013, para recoger las definiciones de las categorías de investigación de la normativa europea ( 1 ).

En el marco del ejercicio de control, se realizó un examen preliminar de la compatibilidad de estas ayudas, pero la información facilitada por las autoridades belgas no ha permitido disipar las dudas sobre la compatibilidad. Tales dudas se refieren a cuatro aspectos específicos: la base jurídica aplicable, el tamaño y la antigüedad de las empresas beneficiarias, y los importes de ayuda pagados a las mismas.

( 1 ) Esta modificación se llevó a cabo en virtud de la Ley por la que se establecen disposiciones fiscales y financieras, y disposiciones relativas al desarrollo sostenible, adoptada el 17 de junio de 2013 y publicada en el Moniteur belge (Boletín Oficial de Bélgica) de 28 de junio de 2013.

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 69/123

Por lo que respecta a la base jurídica, durante el ejercicio de control, la Comisión pidió a las autoridades belgas información sobre los proyectos de I+D desarrollados en el marco del Régimen, y más concretamente sobre la categoría de investigación, en el sentido del Marco I+D+i, en que se inscriben. Las autoridades belgas no han ofrecido ninguna respuesta que permita confirmar que los proyectos desarrollados en el marco del Régimen se inscriben efectivamente en las categorías de investigación contempladas en el Marco I+D+i.

Así pues, la Comisión invita a las autoridades belgas, en el marco del presente procedimiento, a transmitir cualquier información que permita determinar en qué categoría de investigación se inscriben los proyectos, así como toda la información relativa al cálculo de las intensidades de ayuda a raíz de la modificación del régimen. La Comisión invita a las autoridades belgas a confirmar que ninguna de las ayudas concedidas sobrepasa los umbrales de notificación individual, y que las ayudas se concedieron en cumplimiento de las normas sobre acumulaDado que el Régimen contemplaba ayudas en favor de las Young Innovative Companies, el examen de su compatibilidad también se realizó sobre la base del punto 5.4 del Marco I+D+i que regula las ayudas a las empresas jóvenes e innovadoras. La Comisión efectuó un examen preliminar del Régimen a la luz de los criterios previstos por el Marco I+D+i.

Por lo que respecta al tamaño de las empresas elegibles, en el marco del ejercicio de control, la Comisión expresó sus dudas sobre la calificación de «pequeña empresa» utilizada por las autoridades belgas en la aplicación del Régimen. En efecto, esta no se ajusta a la definición de «pequeña empresa» que figura en el artículo 2, apartado 2, del anexo I del Reglamento general de exención por categorías. La Comisión, más concretamente, interrogó a las autoridades belgas sobre la aplicación del umbral de las 100 personas, por encima del cual las condiciones establecidas para la calificación de pequeña empresa dejan de cumplirse, ya que este umbral no figura en los textos comunitarios. Por lo tanto, la Comisión invita a las autoridades belgas a transmitir información sobre el tamaño de las empresas beneficiarias

y, en particular, sobre la concesión de ayudas a empresas que emplean a más de 50 personas.

Por lo que respecta a la antigüedad de las empresas, en el marco del ejercicio de control, la Comisión expresó sus dudas sobre el cumplimiento, por parte de las autoridades belgas en su aplicación del Régimen, del requisito de antigüedad para acogerse a la calificación de joven empresa innovadora en el sentido de las disposiciones del Marco I+D+i. La Comisión invita, pues, a las autoridades belgas a transmitir información sobre la antigüedad de las empresas beneficiarias y, en particular, sobre la concesión de ayudas a empresas con más de seis años de antigüedad (y menos de diez).

Por lo que respecta al importe de la ayuda, en el marco del ejercicio de control, las autoridades belgas remitieron la lista de las empresas que se han beneficiado de una ayuda superior a 200 000 EUR en 2009 y 2010. En el marco del ejercicio de control, la Comisión expresó sus dudas sobre el cumplimiento, por parte de las autoridades belgas en su aplicación del régimen, del límite máximo de ayuda fijado en el Marco I+D+i, ya que dos de las tres empresas, Movetis y Actogenix, superaban el umbral del millón EUR en esos dos ejercicios. Por otra parte, el incremento del porcentaje de exención concedido a las empresas en virtud de la modificación legislativa de 2009 supone un aumento del importe de la ayuda en favor de las empresas que pueden acogerse al Régimen.

La Comisión invita, pues, a las autoridades belgas a proceder a una verificación de los importes de ayuda pagados a todas las empresas beneficiarias del Régimen y, en particular, de la concesión de ayudas superiores a un millón EUR a otras empresas beneficiarias en el marco de la aplicación del Régimen, y a facilitarle toda la información pertinente que le permita evaluar si se cumplen los umbrales fijados en el Marco I+D+i.

De conformidad con el artículo 14 del Reglamento (CE) n o 659/1999 del Consejo, toda ayuda concedida ilegalmente podrá ser recuperada de su beneficiario.

ES Diario Oficial de la Unión Europea 7.3.2014

TEXTO DE LA CARTA

la présente, la Commission a l'honneur d'informer le Royaume de Belgique qu'après avoir examiné les informations fournies par vos autorités sur la mesure citée en objet, elle a décidé d'ouvrir la procédure prévue à l'article 108, paragraphe 2, du traité sur le fonctionnement de l'Union européenne (ci- 1. PROCÉDURE

(1) Par lettre du 7 octobre 2011, la Commission européenne a informé les autorités belges de l'ouverture d'un exercice de contrôle du Régime N 649/2005 - Mesures de dispense partielle de précompte professionnel en faveur de la R&D (ci-après «le Régime»). Cet exercice, effectué annuellement par les services de la Commission a pour objectif de vérifier la base juridique et la mise en oeuvre effective par les Etats membres d'un échantillon de mesures d'aides.

(2) Par courriers des 7 octobre 2011, 2 février 2012 et 6 janvier 2013, la Commission a demandé des informations sur la mise en oeuvre du Régime susmentionné. Elle a notamment invité les autorités belges à leur communiquer la liste des entreprises ayant bénéficié d'une aide de plus de 200 000 euros en 2009 et 2010. Dans son courrier du 2 février 2012, la Commission a informé les autorités belges de la sélection de trois bénéficiaires, sur les douze mentionnés, pour un examen approfondi des montants d'aides octroyés. Ces entreprises sont:

(

  1. Movetis NV, Veedijk, 2300, Turnhout, Belgique

    (b) Actogenix NV, Technologiepark 4, 9052 Zwijnaarde, Belgique

    (c)...

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