Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo relativa a la revisión de la Estrategia para un desarrollo sostenible Plataforma de acciónCOM(2005) 658 final

SectionDictamen
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la 'Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo relativa a la revisión de la Estrategia para un desarrollo sostenible -- Plataforma de acción' COM(2005) 658 final (2006/C 195/08) El 13 de diciembre de 2005, de conformidad con el artículo 262 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, la Comisión Europea decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta mencionada.

La Sección Especializada de Agricultura, Desarrollo Rural y Medio Ambiente, encargada de preparar los trabajos del Comité en este asunto, aprobó su dictamen el 26 de abril de 2006 (ponente: Sr. RIBBE; coponente: Sr. DERRUINE).

En su 427o Pleno de los días 17 y 18 de mayo de 2006 (sesión del 17 de mayo de 2006), el Comité ha aprobado por 137 votos a favor, 2 en contra y 4 abstenciones el presente Dictamen:

  1. Síntesis de las conclusiones y recomendaciones del Comité 1.1 El CESE ha señalado en múltiples ocasiones la gran importancia del desarrollo sostenible para el futuro de Europa y el desarrollo global y acoge por ello con satisfacción la propuesta de una 'Plataforma de acción' en la que la Comisión se ocupe del tema.

    1.2 La Comunicación presentada por la Comisión es uno de los cinco documentos que se publicaron sólo en 2005 sobre el tema del 'desarrollo sostenible'. Si bien el CESE subraya una y otra vez la importancia de unos pasos concretos, critica también la gran cantidad de documentos distintos, que hace casi imposible que el ciudadano interesado en política se haga una idea general.

    1.3 Los vínculos entre la Estrategia de Lisboa y la estrategia de desarrollo sostenible son confusos. Para que las ciudadanas y los ciudadanos puedan entenderlos bien es indispensable realizar un esfuerzo en los ámbitos de la pedagogía y la coherencia. El instrumento de los análisis de impacto ha de ser reformado para tener en cuenta las dimensiones sociales y medioambientales a la vez que la dimensión económica. La investigación y la innovación de las que se habla en el marco de Lisboa deberían apoyar explícitamente el desarrollo sostenible.

    1.4 La 'Plataforma de acción' presentada con la Comunicación no puede ser considerada por el CESE como una estrategia nueva y revisada. Si bien se lleva a cabo un análisis correcto de la situación y se determina que 'así no se puede seguir', al final se queda casi únicamente en eso, en el análisis. No se explica, por lo menos no suficientemente, cómo se podría seguir avanzando.

    1.5 Con este documento, la Comisión ni tiene en cuenta las recomendaciones del CESE de abril de 2004, ni cumple su promesa de junio de 2005. Además, no marca objetivos claros a alcanzar en el marco de la estrategia de desarrollo sostenible.

    1.6 Una estrategia describe normalmente el camino a seguir para conseguir objetivos. La falta de objetivos tiene que llevar necesariamente a problemas en la determinación de los instrumentos, lo que supone una insuficiencia decisiva de la Comunicación. Si no se sabe exactamente adónde se quiere ir, tampoco se puede determinar cómo llegar hasta allí.

    1.7 Las principales iniciativas descritas en el documento son totalmente vagas e inconcretas. En algunos casos se trata de antiguas peticiones y promesas que llevan en el aire más de treinta años y que hasta ahora no se han llevado a la práctica.

    Sin embargo, no se abre un debate para determinar las razones por las que dichas peticiones no se han cumplido, o para preguntarse si siguen siendo de actualidad y, sobre todo, si son suficientes.

    1.8 Allí donde la Comisión anuncia cosas extremadamente importantes, se mantiene, sin embargo, en el terreno de lo no vinculante. El anuncio de la Comisión de utilizar el comercio internacional como instrumento para el desarrollo sostenible no puede por menos de ser bien recibido. Pero de una 'Plataforma de acción' se puede esperar que diga también cómo se quiere conseguir ese objetivo.

    1.9 La Comisión debería aclarar el papel de los participantes respondiendo a la pregunta '¿Quién debe hacer qué?' en función de las competencias de la UE, los Estados miembros, los interlocutores sociales y otras partes interesadas.

    1.10 Por su parte, el CESE expresa su intención de contribuir al debate elaborando de un modo progresivo una base de datos que permita la difusión de las mejores prácticas y registrando los obstáculos que encuentren los actores sobre el terreno, etc., para reforzar los conocimientos técnicos sobre los que se podrán basar la Comisión y las partes interesadas.

    1.11 La Comunicación, por lo tanto, deja más preguntas abiertas que contestadas, o más bien plantea nuevas preguntas para las que la sociedad lleva esperando en vano respuestas.

    1.12 El CESE lo lamenta profundamente. Esta Comunicación no sirve realmente para impulsar la política del desarrollo sostenible, sino que más bien demuestra que hoy por hoy parece que se está en el mismo sitio que antes.

    18.8.2006 C 195/29Diario Oficial de la Unión EuropeaES

  2. Principales aspectos y antecedentes del dictamen 2.1 El 13 de diciembre de 2005, es decir, justo antes de la 'cumbre financiera' del Consejo Europeo en Bruselas, la Comisión presentó al Consejo y al Parlamento Europeos la Comunicación 'Revisión de la Estrategia para el desarrollo sostenible -Plataforma de acción' (1 ) que es objeto del presente dictamen.

    2.2 La estrategia para el desarrollo sostenible de la UE que se quiere revisar fue lanzada en la cumbre celebrada en Gotemburgo el verano de 2001. El CESE se ha pronunciado en múltiples ocasiones a propósito tanto de la preparación de la elaboración de la estrategia como de la estrategia misma; la última vez, a propósito de sus dictámenes exploratorios 'Revisión de la estrategia de desarrollo sostenible de la UE' en abril de 2004 (2 ) y 'El papel del desarrollo sostenible en el marco de las próximas perspectivas financieras' en mayo de 2005 (3 ).

    Además, en colaboración con la Comisión, en abril de 2005 celebró el 'Foro de partes interesadas', que mereció muchos elogios y que se valoró como altamente constructivo. En marzo de 2006, durante la preparación de este dictamen, se organizó otra consulta cuyos resultados, por supuesto, también se tuvieron en cuenta.

    2.3 La Comisión de Prodi había anunciado la modificación y adopción de la estrategia para el desarrollo sostenible. Sin embargo, no llegó a hacerlo. Más bien se produjeron importantes retrasos en la elaboración de los documentos. Esto puede dar una idea de lo difícil que le resulta a la Comisión, pero también al Consejo, llevar adelante la estrategia del desarrollo sostenible.

    2.4 Luego, en febrero de 2005, la Comisión dirigida por el Presidente Barroso presentó, no una estrategia revisada, sino la Comunicación 'Revisión en 2005 de la Estrategia de la Unión Europea para un desarrollo sostenible: Primer balance y orientaciones futuras' (4 ). En ella se hablaba, entre otras cosas, del 'agravamiento de diversas tendencias insostenibles', de que los progresos en la integración de los aspectos medioambientales en las políticas sectoriales logrados 'hasta la fecha son limitados', de que 'la pobreza y la exclusión social ... son problemas cada vez más graves' y de que 'en un mundo en que la interdependencia será cada vez mayor, ... no podemos continuar produciendo y consumiendo al ritmo actual'.

    2.5 La Comunicación de la Comisión que se evalúa aquí hay que contemplarla en este contexto. El CESE puede verla como un paso más de la revisión de la estrategia para un desarrollo sostenible, pero no como el resultado de una revisión ya concluida. Según información reciente, aunque de carácter informal, se tiene actualmente la intención de que el Consejo, en su reunión de junio de 2006, apruebe una revisión de la estrategia para el desarrollo sostenible de 2001 y que dichas conclusiones conformen la estrategia común europea para el desarrollo sostenible de 2009. En este sentido, el CESE comprueba que la Comisión no ha cumplido sus obligaciones de 2001 de presentar una revisión de la estrategia al comienzo de cada nuevo mandato. Es más, en estos momentos hay sobre la mesa cinco documentos (5 ) del año 2005 que pueden ser considerados como inspiración y material para una revisión, pero en ningún caso como una nueva estrategia revisada, válida para los próximos cuatro años y enfocada a las tendencias actuales, que continúan evolucionando de un modo amenazador.

    2.6 El Comité manifiesta su extrañeza por no haber recibido de la Comisión comentarios detallados sobre su último dictamen exploratorio sobre el tema 'Evaluación de la estrategia de la UE a favor del desarrollo sostenible' (6 ), pese a haberse comprometido a ello. Muchas de las preguntas fundamentales planteadas allí por el Comité siguen a la espera de respuesta, cosa que se refleja y se confirma en la falta de objetivos, de ideas y de orientación del programa de acción ahora presentado.

    2.7 El Comité echa en falta también al igual que en 2004 declaraciones claras sobre la delimitación y clasificación de las dos grandes estrategias bajo cuyo signo se halla actualmente la actividad de la UE (la estrategia para un desarrollo sostenible y la Estrategia de Lisboa para el crecimiento y el empleo), de conformidad con los objetivos que la Unión se fijó en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea (7 ). De un examen de los Programas Nacionales de Reforma relativos a la Estrategia de Lisboa se desprende que los Estados miembros no consideran el desarrollo sostenible como algo prioritario. Con ello se constata una diferencia con respecto a las conclusiones del Consejo Europeo de marzo de 2005, donde se estableció que la estrategia para un desarrollo sostenible sería la estrategia principal de la UE.

    2.8 En este dictamen, el CESE analizará sobre todo si las observaciones, preguntas y recomendaciones que formuló en los dictámenes de abril de 2004 y mayo de 2005 mencionados anteriormente han sido tenidas en cuenta y aplicadas.

    2.9 Además se analizará si en el documento...

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