88/138/CEE: Decisión de la Comisión de 22 de diciembre de 1987 relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 86 del Tratado CEE (IV/30.787 y 31.488 - Eurofix-Bauco contra Hilti) (El texto en lengua inglesa es el único auténtico)          

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

*****

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 22 de diciembre de 1987

relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 86 del Tratado CEE

(IV/30.787 y 31.488 - Eurofix-Bauco contra Hilti)

(El texto en lengua inglesa es el único auténtico)

(88/138/CEE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento del Consejo no 17, de 6 de febrero de 1962, primer Reglamento de aplicación de los artículos 85 y 86 del Tratado (1), cuya última modificación es el Acta de adhesión de España y de Portugal, y en particular su artículo 3,

Vistas las solicitudes de fecha 7 de octubre de 1982 y 26 de febrero de 1985 dirigidas a la Comisión, con arreglo el artículo 3 del Reglamento no 17, por parte de Eurofix Limited de Arley, cerca de Coventry, Reino Unido (en la actualidad, Structural Fastenings Group Ltd.) y Bauco (UK) Ltd. de Ealing, Londres, Reino Unido (en la actualidad, Thames Ditton, Surrey) respectivamente, para que determinase si Hilti AG de Schaan, Liechtenstein, había infringido el artículo 86,

Vista la información que obra en manos de la Comisión en virtud de los poderes que le conceden los artículos 11 y 14 del Reglamento no 17,

Vista la Decisión de la Comisión de 9 de agosto de 1985 de incoar el procedimiento en este caso,

Habiéndose dado a la empresa correspondiente la oportunidad de expresar sus opiniones sobre las objeciones planteadas por la Comisión, de acuerdo con el apartado 1 del artículo 19 del Reglamento no 17 y el Reglamento de la Comisión no 99/63/CEE, de 25 de julio de 1963, sobre las audiencias previstas en los apartados 1 y 2 del artículo 19 del Reglamento no 17 del Consejo (2),

Previa consulta al Comité consultivo sobre prácticas restrictivas y de posiciones dominantes,

Considerando lo que sigue:

  1. HECHOS

    1. INTRODUCCIÓN

      a) Las partes

      Hilti

      (1) Hilti Aktiengesellschaft (Hilti AG) (3) es una gran empresa radicada en Liechtenstein y especializada en la fabricación y distribución de una gran variedad de sistemas de fijación (por ejemplo, taladradoras, pistolas grapadoras (4)) en su mayor parte para su empleo profesional en el sector de la construcción. En 1986 alcanzó una facturación mundial

      de 1 429 millones de francos suizos. En cuanto a los sistemas de fijación fabricados por Hilti, la empresa domina claramente el mercado mundial en el campo de las pistolas grapadoras y artículos destinados a las mismas (grapas, cartuchos y cartucheras (1)). La cifra de negocios mundial de Hilti en estos productos alcanzó los (. . .) de francos suizos en 1984 [en la versión publicada de la presente Decisión se han omitido algunas cifras, en aplicación del artículo 21 del Reglamento no 17 referente al mantenimiento de los secretos comerciales] de los cuales (. . .) correspondieron a la CEE. Hilti diseña y fabrica sus productos no sólo en Liechtenstein, sino también en determinadas zonas de la CEE, especialmente en Alemania.

      (2) En la CEE, Hilti vende sus pistolas grapadoras y artículos correspondientes a través de filiales de su propiedad exclusiva y situadas en Bélgica, Francia, Irlanda, Alemania, España y el Reino Unido. En Dinamarca, Italia, Países Bajos, Grecia y Portugal, las ventas se canalizan a través de distribuidores independientes.

      (3) Fuera de la CEE, Hilti distribuye bien a través de empresas de las que es exclusiva propietaria (sobre todo en Suiza, EEUU, Canadá, Australia y Japón) o a través de distribuidores independientes (especialmente en Suecia, Noruega y Finlandia), cuya organización es similar a la de los distribuidores independientes de la CEE.

      Eurofix

      (4) Eurofix de Arley cerca de Coventry, Inglaterra (también conocida como Profix) es una empresa relativamente pequeña especializada en la fabricación y distribución de una gran variedad de grapas, incluidas, hasta finales de la década de los 60, las utilizadas en las pistolas grapadoras fabricadas por Hilti y otros fabricantes del ramo. Eurofix vende su gama de grapas compatibles con los productos de Hilti no sólo a través de sus propios vendedores especializados, sino también a través de empresas y otros distribuidores.

      Bauco

      (5) Bauco de Surrey, Inglaterra, es una pequeña sociedad especializada en la importación y distribución de grapas para pistolas grapadoras Hilti. Desde 1984, fecha de la creación de la empresa, Bauco ha vendido su gama de grapas compatibles con los productos Hilti casi exclusivamente a empresas de alquiler de material y otros distribuidores. Durante un corto espacio de tiempo, se dedicó a la fabricación de cartucheras para las pistolas grapadoras Hilti; sin embargo, a raíz de una acción legal emprendida por esta última, Bauco puso fin a dicha producción.

      b) Productos

      (6) Antes de la aparición de las pistolas grapadoras, en el sector de la construcción las fijaciones se llevaban a cabo mediante métodos relativamente lentos y muy intensivos en mano de obra que consistían en taladrar y fijar tornillos o garfios, según procediese. Cuando en 1958 el profesor Martin Hilti lanzó su pistola grapadora, el instrumento se hizo rápidamente popular. Las pistolas grapadoras funcionan mediante un sistema similar al de los revólveres, ya que la explosión del cartucho impulsa la grapa con gran fuerza y precisión a la posición deseada. Sin embargo, en una pistola grapadora, la grapa y el cartucho están completamente separados. Originalmente, las grapas eran impulsadas directamente por la explosión del cartucho y, en consecuencia, se disparaban a gran velocidad. En la actualidad, la mayor parte de las pistolas grapadoras, incluidas las de Hilti, se basan en el sitema indirecto de pistón accionador, mucho más seguro en sí, en virtud del cual la grapa es disparada por un pistón que, a su vez, es impulsado por la explosión del cartucho. Así, la grapa sale de la pistola grapadora a una velocidad mucho más baja que en las pistolas de accionamiento directo.

      (7) La mayoría de los fabricantes de pistolas grapadoras fabrican distintas pistolas para los diferentes tipos de grapas. Estas pistolas grapadoras pueden utilizar cartuchos de diferente potencia; más aún, algunas de ellas llevan incorporado un sistema de regulación de potencia. El empleo de los SFAP permite realizar una fijación normalmente sin necesidad de efectuar taladramiento alguno y sin período de preparación o período preparatorio.

      Las fijaciones de prueba deben realizarse normalmente en el material de base para determinar con qué artículos puede conseguirse una sujeción adecuada. Es más, dado que no siempre puede advertirse a simple vista que una fijación es inadecuada y cabe esperar un cierto número de fallos, debe realizarse un mínimo de fijaciones sin confiar nunca exclusivamente en una sola. El número mínimo de fijaciones que deben realizarse varía en función de la carga y el material de base.

      (8) Los diferentes tipos de sujeciones y los diferentes materiales en los que deben introducirse éstas o en los que deben realizarse las ulteriores fijaciones

      exigen diferentes tipos de grapa. Las grapas se fabrican especialmente para su empleo en pistolas grapadoras, en las que no cabe utilizar clavos normales. La solidez de la grapa y las propriedades de la punta deben ser las idóneas gara garantizar una buena penetración y una sujeción adecuada. Por motivos técnicos, esas grapas no pueden fabricarse de acero inoxidable y, por consiguiente, para impedir que la corrosión dañe su calidad, deben llevar un recubrimiento de cinc.

      (9) Las grapas deben adaptarse para ajustarse a los distintos tipos de pistolas grapadoras. Dado que algunas de éstas están diseñadas con arreglo a criterios similares, existe una cierta intercambiabilidad entre las distintas marcas de grapas en la medida en que pueden utilizarse en más de una marca de pistola grapadora.

      (10) Las variedades primitivas de pistolas grapadoras exigían la introducción de una grapa y un cartucho nuevos después de cada disparo, proceso que exigía cierto tiempo y que podía resultar difícil en invierno, cuando los operadores llevan guantes. Los modelos más recientes, incluidos los de Hilti, permiten el uso de un dispositivo que contiene diversos cartuchos. La mayor parte de estos dispositivos son bandas o discos de plástico (a veces de metal) que suelen contener 10 cartuchos metálicos. Esta banda se introduce automáticamente en la pistola después de cada disparo, evitando la necesidad de introducir un cartucho nuevo. Dichas pistolas son tan sólo semiautomáticas en el sentido de que debe introducirse cada vez una grapa nueva. Estas cartucheras deben fabricarse normalmente para adaptarse a las distintas marcas de pistolas grapadoras y no suelen ser intercambiables. Los cartuchos metálicos individuales están más estandarizados (1).

      (11) Las pistolas grapadoras son utilizadas por muy diversos profesionales del mundo de la construcción. El coste de la adquisición inicial de la pistola grapadora en relación con el número de fijaciones realizadas suele excluir del uso de estos aparatos a los entusiastas del bricolaje, pero el aumento del número de empresas dedicadas al alquiler de material en el Reino Unido ha hecho que estos aparatos resulten accesibles, hasta cierto punto, a los particulares.

      (12) La gama de pistolas grapadoras, grapas y cartucheras Hilti ha obtenido una cierta protección mediante patente.

      12.1. Una de las últimas pistolas grapadoras de Hilti, la DX 450, presenta algunos rasgos novedosos frente a los modelos anteriores (por ejemplo DX 100 y DX 350), que están patentados. Hilti posee una patente sobre las pistolas grapadoras en la CEE que debe expirar entre 1986 y 1996, en función de los países y las características patentadas de que se trate.

      12.2. En la CEE, Hilti obtuvo asimismo patentes para determinadas grapas en todos los Estados miembros salvo Dinamarca. Dichas patentes han expirado ya en determinados Estados miembros y, en 1988, lo habrán hecho en todos ellos. Sin embargo, esta protección no ha...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT