Decisión del Parlamento Europeo, de 3 de abril de 2014, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2012, sección I — Parlamento Europeo

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión Europea

5.9.2014 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 266/1

EL PARLAMENTO EUROPEO,

— Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2012 (1),

— Vistas las cuentas anuales consolidadas de la Unión Europea relativas al ejercicio 2012 [COM(2013) 570 – C7-0274/2013] (2),

— Visto el Informe sobre la gestión presupuestaria y financiera correspondiente al ejercicio 2012, sección I — Parlamento Europeo (3),

— Visto el Informe anual del auditor interno para el ejercicio 2012,

— Visto el Informe anual del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución del presupuesto para el ejercicio 2012, acompañado de las respuestas de las instituciones (4),

— Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones subyacentes (5), presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2012, de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Vistos el artículo 314, apartado 10, y el artículo 318 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, así como el artículo 106 bis del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (6), y, en particular, sus artículos 145, 146 y 147,

— Visto el Reglamento (UE, Euratom) no 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (7), y en particular sus artículos 164, 165 y 166,

— Visto el artículo 13 de las Normas internas de ejecución del presupuesto del Parlamento Europeo (8),

— Visto el artículo 166, apartado 1, del Reglamento (UE, Euratom) no 966/2012, conforme al cual todas y cada una de las instituciones de la Unión han de hacer todo lo posible por dar curso a las observaciones adjuntas a la decisión del Parlamento Europeo sobre aprobación de la gestión presupuestaria,

— Vista su Resolución de 9 de marzo de 2011 sobre las orientaciones para el procedimiento presupuestario 2012 — Secciones I, II, IV, V, VI, VII, VIII, IX y X (9),

— Vista su Resolución, de 6 de abril de 2011, sobre el estado de previsiones de ingresos y gastos del Parlamento Europeo para el ejercicio 2012 — Sección I — Parlamento (10),

— Vistos el artículo 77, el...

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