Sentencia del Tribunal de Justicia de 26 de octubre de 1999 en el asunto C-294/97 (petición de decisión prejudicial planteada por el Finanzgericht Münster): Eurowings Luftverkehrs AG contra Finanzamt Dortmund-Unna (Libre prestación de servicios Impuesto sobre Actividades Económicas Integración de la base imponible Excepción inaplicable al...

SectionCase
Issuing OrganizationTribunal de Justicia de las Comunidades Europeas

C 20/6 ES 22.1.2000Diario Oficial de las Comunidades Europeas 2) El arti¥culo 119 del Tratado se opone a que un empleador excluya Tribunal, Bury St Edmunds (Reino Unido), destinada a obtener, en el litigio pendiente ante dicho o¥rgano jurisdiccional entrepor completo a los trabajadores femeninos que disfruten de su permiso parental del pago de una gratificacio¥n de cara¥cter Angela Maria Sirdar y The Army Board, Secretary of State for Defence, una decisio¥n prejudicial sobre la interpretacio¥n delvoluntario concedida como una prestacio¥n excepcional con motivo de la Navidad, sin tomar en consideracio¥n el trabajo realizado Tratado CE, especialmente de su arti¥culo 224 (actualmente, arti¥culo 297 CE), y de la Directiva 76/207/CEE del Consejo, dedurante el an~o en que se concede la gratificacio¥n, ni los peri¥odos de descanso por maternidad (prohibicio¥n del trabajo), cuando 9 de febrero de 1976, relativa a la aplicacio¥n del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo que se refieredicha gratificacio¥n tiene la finalidad de retribuir retroactivamente el trabajo realizado durante ese an~o. al acceso al empleo, a la formacio¥n y a la promocio¥n profesionales, y a las condiciones de trabajo (DO L 39, p. 40;

En cambio, ni el arti¥culo 119 del Tratado, ni el arti¥culo 11, EE 05/02, p. 70), especialmente de su arti¥culo 2, el Tribunal nu¥mero 2, letra b), de la Directiva 92/85, ni la cla¥usula 2, de Justicia integrado por los Sres.: G.C. Rodri¥guez Iglesias, apartado 6, del Anexo de la Directiva 96/34/CE del Consejo, de Presidente; J.C. Moitinho de Almeida, D.A.O. Edward y 3 de junio de 1996, relativa al Acuerdo marco sobre el permiso R. Schintgen, Presidentes de Sala; P.J.G. Kapteyn, J.-P.

parental celebrado por la UNICE, el CEEP y la CES, se oponen a Puissochet (Ponente), G. Hirsch, P. Jann y H. Ragnemalm, que se niegue el pago de dicha gratificacio¥n a una mujer que Jueces; Abogado General: Sr. A. La Pergola; Secretaria: Sra.

disfruta de un permiso parental, cuando la concesio¥n de la L. Hewlett, administradora, ha dictado el 26 de octubre de mencionada gratificacio¥n so¥lo estÈ sujeta a la condicio¥n de que el 1999 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

trabajador se encuentre en activo en el momento de su concesio¥n.

1) Las decisiones adoptadas por los Estados miembros en materia 3) El arti¥culo 119 del Tratado, el arti¥culo 11 nu¥mero 2, letra b), de acceso al empleo, de formacio¥n profesional y de condiciones de de la...

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