Decisión de la Comisión, de 8 de diciembre de 2008, por la que se excluyen de la financiación comunitaria determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la Sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) [notificada con el número C(2008) 7820]

SectionOrientación
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

II

(Actos adoptados en aplicación de los Tratados CE/Euratom cuya publicación no es obligatoria)

DECISIONES

COMISIÓN

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 8 de diciembre de 2008

por la que se excluyen de la financiación comunitaria determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la Sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de

Garantía Agrícola (FEOGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA)

[notificada con el número C(2008) 7820]

(Los textos en lenguas danesa, eslovena, española, estonia, finesa, francesa, griega, inglesa, italiana, lituana, neerlandesa, portuguesa y sueca son los únicos auténticos)

(2008/960/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1258/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre la financiación de la política agrícola común (1), y, en particular, su artículo 7, apartado 4,

Visto el Reglamento (CE) no 1290/2005 del Consejo, de 21 de junio de 2005, sobre la financiación de la política agrícola común (2), y, en particular, su artículo 31,

Previa consulta al Comité de los Fondos Agrícolas,

Considerando lo siguiente:

(1) El artículo 7, apartado 4, del Reglamento (CE) no 1258/1999, y el artículo 31 del Reglamento (CE) no 1290/2005, disponen que la Comisión debe realizar las comprobaciones necesarias, comunicar a los Estados miembros los resultados de sus comprobaciones, tomar nota de las observaciones de los Estados miembros, convocar reuniones bilaterales para llegar a un acuerdo con los Estados miembros afectados y comunicarles oficialmente sus conclusiones.

(2) Los Estados miembros han tenido la posibilidad de solicitar la apertura de un procedimiento de conciliación. Se ha hecho uso de dicha posibilidad en algunos casos y la Comisión ha examinado el informe elaborado al término del procedimiento.

(3) En virtud del Reglamento (CE) no 1258/1999 y del Reglamento (CE) no 1290/2005, únicamente puede financiarse el gasto agrícola que haya sido efectuado sin infringir las normas comunitarias.

(4) De las comprobaciones efectuadas, de los resultados de las reuniones bilaterales y de los procedimientos de conciliación se desprende que una parte de los gastos declarados por los Estados miembros no cumplen esa condición y, por consiguiente, no pueden ser financiados por la Sección de Garantía del FEOGA ni por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía, denominado en lo sucesivo FEAGA.

(5) Conviene indicar los importes que no pueden imputarse con cargo a la Sección de Garantía del FEOGA ni al FEAGA. Dichos importes no corresponden a gastos efectuados antes de los veinticuatro meses que precedieron a la comunicación escrita de los resultados de las comprobaciones que la Comisión envió a los Estados miembros.

(1) DO L 160 de 26.6.1999, p. 103.

(2) DO L 209 de 11.8.2005, p. 1.

(6) En los casos contemplados en la presente Decisión, el cálculo de los importes rechazados por no ajustarse a las normas comunitarias ha sido comunicado por la Comisión a los Estados miembros en un informe de síntesis.

(7) La presente Decisión se entiende sin perjuicio de las consecuencias financieras que, a juicio de la Comisión, se deriven de las sentencias del Tribunal de Justicia en asuntos que se encontrasen pendientes en la fecha del 11 de septiembre de 2008 y que se refieran a aspectos contemplados en la misma.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Los gastos declarados con cargo a la Sección de Garantía del FEOGA o al FEAGA que se indican en el anexo, efectuados por organismos pagadores autorizados de los Estados miembros, quedan excluidos de la financiación comunitaria por no ajustarse a las normas comunitarias.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión son el Reino de Dinamarca, la República de Estonia, Irlanda, la República Helénica, el Reino de España, la República Francesa, la República Italiana, la República de Chipre, República de Letonia, el Reino de los Países Bajos, la República Portuguesa, la República de Eslovenia, la República de Finlandia, el Reino de Suecia y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

Hecho en Bruselas, el 8 de diciembre de 2008.

Por la Comisión Mariann FISCHER BOEL

Miembro de la Comisión financiero

476,09

492,01

968,10

0,00

091,35

000,00

470,00

526,93

953,00

525,27

876,00

113,18

0,00

555,73

048,53

354,58

403,11

5

307

15

7

322

259

-

-

36

6

1

8

260

251

53

61

Impacto

-

-

828

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

ya efectuadas

0,00

0,00

0,00

152,13

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

152,13

0,00

0,00

0,00

0,00

Deducciones

5

5

-

-

476,09

492,01

968,10

152,13

091,35

000,00

470,00

526,93

953,00

525,26

876,00

113,18

152,13

555,71

048,53

354,58

403,11

Cantidad

5

307

15

322

-

259

-

36

260

-

251

-

53

61

-

-

828

-

5

7

6

1

5

8

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

Moneda

EUR

EUR

CY

EUR

DKK

DKK

DKK

DKK

DKK

DKK

DKK

DKK

(EUR)

(DKK)

EUR

EUR

EE

TOTAL

DK

TOTAL

DK

%

TOTAL

2,00

2,00

2,00

2,00

TOTAL

5,00

alzado alzado alzado alzado alzado

Tipo

6701

puntual puntual puntual tanto puntual puntual tanto puntual tanto puntual tanto tanto puntual

ANEXO

de sanciones de sanciones de sanciones y

control item menos de menos de menos de terreno menos de con pago pago financieros terreno aplicación aplicación terreno terreno parcela aplicación indebida

Budget de con con aplicación de con de corrección sobre

BCAM

el el el el la plazos agricultores agricultores agricultores subvencionabilidad, plazos no no sobre no sobre sobre límites prima, agricultores prima, controles prima, las los controles la los los controles prima controles identificación de de de a

de de a

de a

de a

de de

Motivo control tolerancia en en en en la

Incumplimiento

Incumplimiento indebidos derechos indebidos derechos indebidos derechos indebidos derechos de la

Rebasamiento

Deficiencias

Deficiencias en de de

Pagos

Pagos

10

10

Deficiencias

10

10

Deficiencias

Pagos

Pagos

Ausencia

Retraso

EF

2005

2007

2007

2003

2003

2003

2004

2004

2005

2005

2006

2005

2005

pa gos pa gos los los en en caprinos caprinos caprinos caprinos caprinos caprinos caprinos caprinos

Retrasos

Retrasos

Rebasamiento

Ovinos y

y y

y y

y y

y

Medida

Ovinos

Ovinos

Ovinos

Ovinos

Ovinos

Ovinos

Ovinos financiera financiera

-

-

-

financiera carne carne carne carne carne carne carne carne

-

-

-

-

-

-

-

-

Auditoría por por por por por por por por directos directos

Auditoría

Auditoría

Primas

Primas

Primas

Primas

Primas

Primas

Primas

Primas

Pagos

Pagos

Esta dos miem bros

CY

CY

DK

DK

DK

DK

DK

DK

DK

DK

DK

EE

EE

0,00

financiero

065,99

0,00

930,75

000,00

595,00

884,00

357,00

615,00

439,00

886,74

0,00

0,00

339,95

247,15

32,84

736,83

12

344

393

-

-

207

288

14

30

294

-27

28

3

Impacto

-

-

-

-

1

-

-

-

-

-

-

ya efectuadas

217,50

0,00

475,70

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

741,80

506,38

188,56

0,00

0,00

0,00

0,00

Deducciones

841

414

426

42

726

-

-

-

2

2

-

1

217,50

065,99

475,70

930,75

000,00

595,00

884,00

357,00

615,00

439,00

628,54

506,38

188,56

339,95

247,15

32,84

736,83

Cantidad

3

841

12

414

344

393

207

288

14

30

42

726

-27

28

-

-

721

2

-

-

-

2

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

1

1

Moneda

EUR

EUR

EUR

EUR

EUR

EUR

EUR

EUR

EUR

EUR

ES

EUR

EUR

EUR

EUR

EUR

EUR

TOTAL

%

2,00

2,00

5,00

5,00

5,00

2,00

2,00

alzado alzado alzado alzado alzado alzado

Tipo puntual puntual puntual puntual puntual puntual tanto tanto tanto tanto puntual puntual puntual puntual tanto tanto y

auxiliares y

auxiliares y

auxiliares el control y

calendario el control y

calendario fundamentales canti dades e-faudit realiza dos, con troles realiza dos, con troles en sobre el en sobre el pago financieros financieros fundamentales fundamentales las no justificativos justificativos y

y de de pago no sistema supervisión financieros de de de rebaño controles rebaño controles corrección plazos

SIGC

supervisión

SIGC

límites límites notificación plazos el el el límites de de del del la en los controles controles controles con la con la los inadecuado registro documentos registro documentos de de los los la en en de los

Motivo errónea inadecuado en

Incumplimiento

Incumplimiento en en en cruzados administrativos administrativos de de cruzados de el el

Rebasamiento

Rebasamiento deficiencias en los en los indebidos indebidos

Deficiencias

Declaración

Deficiencias

Deficiencias

Deficiencias deficiencias

Controles

Controles

Rebasamiento de de

Deficiencias terreno

Deficiencias terreno

Pagos

Pagos

EF

2007

2006

2007

2006

2006

2005

2006

2006

2004

2005

2007

2007

2004

2004

2005

2005

complementarias

(no pa gos me locotones

(no relacionadas pa gos

Rebasamiento

Rebasamiento en azúcar complementarias

(no complementarias

(relacionadas complementarias

(relacionadas caprinos caprinos caprinos los de los en caprinos

Retrasos transformación complementarias superficie)

superficie)

superficie)

superficie)

y superficie)

Retrasos

Rebasamiento de y

y y

Medida público

Medidas la la

Ovinos

Ovinos

Ovinos

Ovinos

Medidas con

Medidas con

Medidas

Medidas la

-

financiera financiera financiera la la financiera

-

-

-

-

-

hortalizas

Almacenamiento relacionadas

-

peras con con con financiera relacionadas carne

-

-

-

Garantía

-

-

-

-

carne carne carne

-

Garantía y

Garantía

Garantía por por por por y

Auditoría

Auditoría

Auditoría

Frutas

Garantía

Auditoría

Auditoría

Primas

Primas

Primas

Primas

DR

DR

DR

DR

Esta dos miem bros

FI

FI

FI

FI

FI

FI

financiero

531,54

844,64

732,96

093,29

032,97

995,79

0,00

0,00

178,78

217,77

992,28

369,40

984,81

-28

85

865

090

563

103

20

59

679

027

Impacto

1

-

-

-

-

-

7

4

-

-

1

ya efectuadas

0,00

0,00

694,94

0,00

0,00

0,00

057,71

774,75

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

Deducciones

768

68

570

1

6

-

-

531,54

844,64

427,90

093,29

032,97

995,79

057,71

774,75

178,78

217,77

992,28

369,40

984,81

Cantidad

-28

854

865

090

563

68

570

103

20

59

679

027

-

1

1

7

4

6

-

-

1

-

-

-

-

-

Moneda

EUR

EUR

EUR

EUR

EUR

EUR

EUR

EUR

EUR

EUR

EUR

EUR

FI

TOTAL

%

2,00

alzado

Tipo puntual tanto puntual puntual puntual puntual puntual puntual puntual puntual puntual puntual justificativos en sobre el senten cia por sentencia por sentencia asunto

T-370/05

aplicación de...

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