Decisión del Consejo, de 28 de noviembre de 2008, relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y Barbados, Belice, la República del Congo, la República de Costa de Marfil, la República de las Islas Fiyi, la República Cooperativa de Guyana, Jamaica, la República de Kenia, la República de Madagascar, la República de Malawi, la República de Mauricio, la República de Mozambique, la Federación de San Cristóbal y Nieves, la República de Surinam, el Reino de Suazilandia, la República Unida de Tanzania, la República de Trinidad y Tobago, la República de Uganda, la República de Zambia y la República de Zimbabue sobre los precios garantizados del azúcar de caña para los períodos de entrega de 2006/2007, 2007/2008, 2008/2009 y 1 de julio de 2009 a 30 de septiembre de 2009 y a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y la República de la India sobre los precios garantizados del azúcar de caña para los mismos períodos de entrega
Section | Decision |
Issuing Organization | Consejo de la Unión Europea |
30.7.2009 Diario Oficial de la Unión Europea L 198/39
ES
II
(Actos adoptados en aplicación de los Tratados CE/Euratom cuya publicación no es obligatoria)
DECISIONES
CONSEJO
DECISIÓN DEL CONSEJO
de 28 de noviembre de 2008
relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y Barbados, Belice, la República del Congo, la República de Costa de Marfil, la República de las Islas Fiyi, la República Cooperativa de Guyana, Jamaica, la República de Kenia, la República de Madagascar, la República de Malawi, la República de Mauricio, la República de Mozambique, la Federación de San Cristóbal y Nieves, la República de Surinam, el Reino de Suazilandia, la República Unida de Tanzania, la República de Trinidad y Tobago, la República de Uganda, la República de Zambia y la República de Zimbabue sobre los precios garantizados del azúcar de caña para los períodos de entrega de 2006/2007, 2007/2008, 2008/2009 y 1 de julio de 2009 a 30 de septiembre de 2009 y a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y la República de la India sobre los precios garantizados del azúcar de caña para los mismos períodos de entrega
(2009/574/CE)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 133, en relación con su artículo 300, apartado 2, párrafo primero, frase primera,
Vista la propuesta de la Comisión,
Considerando lo siguiente:
(1) La aplicación del Protocolo 3 sobre el azúcar ACP del anexo V del Acuerdo de asociación ACP-CE
( 1
) y del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de la India sobre el azúcar de caña
( 2 ) está garantizada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1, apartado 2, de cada Acuerdo, en el marco de la gestión de la organización común del mercado del azúcar.
(2) Procede aprobar los Acuerdos en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y, por una parte, los Estados contemplados en el Protocolo y, por otra, la República de la India sobre los precios garantizados del azúcar de caña para los períodos de entrega de 2006/2007, 2007/2008, 2008/2009 y 1 de julio de 2009 a 30 de septiembre de 2009.
DECIDE:
Quedan aprobados en nombre de la Comunidad el Acuerdo en forma de Canje de Notas celebrado entre la Comunidad Europea y Barbados, Belice, la República del Congo, la República de Costa de Marfil, la República de las Islas Fiyi, la...
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