Reglamento (CE) nº 511/2009 de la Comisión, de 16 de junio de 2009, por el que se establece una excepción al Reglamento (CE) nº 793/2006 en lo que atañe a la aplicación en 2009 de su artículo 27 en los departamentos franceses de ultramar de Guadalupe y Martinica

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

17.6.2009 Diario Oficial de la Unión Europea L 153/5

ES

REGLAMENTO (CE) N o 511/2009 DE LA COMISIÓN

de 16 de junio de 2009

por el que se establece una excepción al Reglamento (CE) n o 793/2006 en lo que atañe a la aplicación en 2009 de su artículo 27 en los departamentos franceses de ultramar de Guadalupe y

Martinica

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 247/2006 del Consejo, de 30 de enero de 2006, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión

( 1

), y, en particular, su artículo 25, segundo guión,

Considerando lo siguiente:

(1) El artículo 27 del Reglamento (CE) n o 793/2006 de la Comisión, de 12 de abril de 2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n o 247/2006 del Consejo por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión

( 2 ), prevé la aplicación de reducciones en caso de presentación de una solicitud de ayuda fuera de plazo.

(2) Desde comienzos de 2009, los departamentos franceses de ultramar de Guadalupe y Martinica han sufrido durante varias semanas un conflicto social importante que ha obstaculizado el funcionamiento normal de las actividades económicas y administrativas. Dicho conflicto ha ocasionado, sobre todo, la interrupción de los servicios postales y grandes dificultades de desplazamiento para el conjunto de agentes económicos. Por consiguiente, las autoridades locales han encontrado enormes dificultades para recibir y examinar los expedientes de las solicitudes de ayuda relativas a las medidas a favor de las producciones locales del programa de Francia aprobado de conformidad con el artículo 24, apartado 2, del Reglamento (CE) n o 247/2006. El estricto respeto en 2009 de la fecha límite de presentación de las solicitudes, fijada el 28 de febrero por el artículo 25 del Reglamento (CE) n o 793/2006, resulta, pues, incompatible con las disfunciones constatadas en ambos departamentos.

(3) Esta situación puede afectar al derecho de los agricultores de ambos departamentos a recibir la totalidad de la ayuda a la que podrían optar normalmente.

(4) Debido a estas circunstancias excepcionales, procede no aplicar en 2009 ni la reducción del 1 % por día hábil ni la exclusión, previstas en el artículo 27 del Reglamento (CE) n o 793/2006, a las...

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