2000/C 219 E/128E-2146/99 de Freddy Blak a la Comisión Asunto: Doble nacionalidad

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

La referencia a fondos concedidos a la industria del tabaco por Estado miembro y por empresa es inexacta, dado que dichas ayudas sólo se conceden a productores de tabaco crudo en el marco de la política agrícola común.

(1) COM(96) 554 final.

(2) DO L 298 de 17.10.1989.

(3) DO L 202 de 30.7.1997.

(4) DO L 213 de 30.7.1998.

(2000/C 219 E/128) PREGUNTA ESCRITA E-2146/99 de Freddy Blak (PSE) a la Comisión (24 de noviembre de 1999) Asunto: Doble nacionalidad El problema de los trabajadores ilegales, especialmente en el sector de la construcción, es un problema que crece cada día.

Los sindicatos europeos han observado que cada día hay más casos de trabajadores polacos del sector de la construcción en, entre otros países, Alemania y Dinamarca que tienen una nacionalidad polaca y una ficticia nacionalidad alemana.

¿Está informada la Comisión de este problema, y se han tomado medidas para resolver esta insostenible situación? Respuesta de la Sra. Diamantopoulou en nombre de la Comisión (19 de enero de 2000) La Comisión no tiene noticia de los problemas causados por una doble nacionalidad ficticia de determinados trabajadores del sector de la construcción.

De cualquier forma, dado que la adquisición de la nacionalidad de un Estado miembro es competencia, en principio, del Estado miembro de que se trate, son sus autoridades las que deben controlar y verificar si los trabajadores empleados en su territorio tienen su nacionalidad o la de un país tercero.

Además, puesto que su Señoría hace referencia en su pregunta a situaciones de desplazamiento de trabajadores para la prestación transnacional de servicios, quizá resulte útil recordar el objetivo de la Directiva 96/71/CE del...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT