15. Protocolo sobre determinadas funciones del Banco Nacional de Dinamarca

SectionProtocolo

15. PROTOCOLO SOBRE DETERMINADAS FUNCIONES DEL BANCO NACIONAL DE DINAMARCA LAS ALTAS PARTES CONTRATANTES,

DESEANDO solucionar algunos problemas particulares relativos a Dinamarca,

HAN CONVENIDO en la siguiente disposición, que se incorporará como anexo al Tratado por el que se establece una Constitución para Europa:

Artículo único

Las disposiciones del artículo 14 del Protocolo sobre los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo no afectarán al derecho del Banco Nacional de Dinamarca de desempeñar sus...

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