Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala), de 6 de diciembre de 2005, en el asunto C-461/03 (petición de decisión prejudicial planteada por el College van Beroep voor het bedrijfsleven): Gaston Schul Douane-expediteur BV contra Minister van Landbouw, Natuur en Voedselkwaliteit («Artículo 234 CE Obligación del órgano jurisdiccional...

SectionReglamento
Issuing OrganizationTribunal de Justicia de las Comunidades Europeas

5) Aun cuando un órgano jurisdiccional de un Estado miembro considere que se cumplen los requisitos con arreglo a los cuales puede suspender la aplicación de un acto comunitario y, en particular, cuando ya se haya sometido al Tribunal de Justicia la cuestión de la validez de este acto, las autoridades administrativas nacionales competentes de los demás Estados miembros no pueden suspender la aplicación de dicho acto hasta que el Tribunal de Justicia se pronuncie sobre su validez. En efecto, corresponde únicamente al juez nacional, tomando en consideración las circunstancias concretas del supuesto de que se trate, comprobar si se cumplen los requisitos para la concesión de medidas provisionales.

(1 ) DO C 7, de 10.1.2004.

DO C 59, de 6.3.2004.

DO C 179, de 10.7.2004.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Gran Sala) de 6 de diciembre de 2005 en el asunto C-461/03 (petición de decisión prejudicial planteada por el College van Beroep voor het bedrijfsleven): Gaston Schul Douane-expediteur BV contra Minister van Landbouw, Natuur en Voedselkwaliteit (1 ) ('Artículo 234 CE -- Obligación del órgano jurisdiccional nacional de plantear una cuestión prejudicial -- Invalidez de una disposición comunitaria -- Azúcar -- Derecho adicional de importación -- Reglamento (CE) no 1423/95 -Artículo 4') (2006/C 36/11) (Lengua de procedimiento: neerlandés) En el asunto C-461/03, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 234 CE, por el College van Beroep voor het bedrijfsleven (Países Bajos), mediante resolución de 24 de octubre de 2003, recibida en el Tribunal de Justicia el 4 de noviembre de 2003, en el procedimiento entre Gaston Schul Douane-expediteur BV y Minister van Landbouw, Natuur en Voedselkwaliteit, el Tribunal de Justicia (Gran Sala), integrado por el Sr. V. Skouris, Presidente, los Sres. P. Jann, C.W.A. Timmermans, A. Rosas y J. Malenovský, Presidentes de Sala, y la Sra. N. Colneric (Ponente), los Sres. S. von Bahr y J.N. Cunha Rodrigues, la Sra. R. Silva de Lapuerta y los Sres. K. Lenaerts, G. Arestis, A. Borg Barthet y M. Ilesic, Jueces; Abogado General: Sr. D. Ruiz Jarabo Colomer;

Secretario: Sr. R. Grass, ha dictado el 6 de diciembre de 2005 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

1) El artículo 234 CE, párrafo tercero, obliga a un órgano jurisdiccional nacional cuyas decisiones no son susceptibles de ulterior recurso judicial de Derecho interno a someter al Tribunal de Justicia una cuestión sobre...

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