Dictamen del Comité Económico y Social sobre la «Propuesta de Reglamento (CE) del Consejo por el que se establecen las normas generales complementarias de la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos en lo que se refiere a la leche de consumo»

SectionReglamento
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

C 19/70 ES 21. 1. 98Diario Oficial de las Comunidades Europeas Dictamen del ComitÈ Econo¥mico y Social sobre la 'Propuesta de Reglamento (CE) del Consejo por el que se establecen las normas generales complementarias de la organizacio¥n comu¥n de mercados en el sector de la leche y de los productos la¥cteos en lo que se refiere a la leche de consumo'(1) (98/C 19/20) El 11 de septiembre de 1997, de conformidad con los arti¥culos 43 y 198 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidio¥ consultar al ComitÈ Econo¥mico y Social sobre la propuesta mencionada.

El ComitÈ Econo¥mico y Social ha nombrado Ponente general al Sr. Nilsson.

En su 349o Pleno de los di¥as 29 y 30 de octubre de 1997 (sesio¥n del 29 de octubre de 1997), el ComitÈ Econo¥mico y Social ha aprobado por 81 votos a favor, 2 votos en contra y 5 abstenciones el presente Dictamen.

1. Contenido de la Propuesta de la Comisio¥n 2.2. El punto de partida a la hora de elaborar las normas relativas a la composicio¥n de la leche deberi¥a ser el de responder al deseo de los consumidores de1.1. La Comisio¥n propone sustituir el Reglamento disponer de una amplia variedad de leche de consumo(CEE) no 1411/71 por un nuevo reglamento por dos de calidad y que respete las exigencias en materia derazones: por una parte, esto permite reunir las modificahigiene.ciones hechas al reglamento original y comprobar la validez de las disposiciones vigentes y, por otra parte, 2.3. En la exposicio¥n de motivos, la Comisio¥n sen~alarevisar la clasificacio¥n que figura en el reglamento tal y la importancia de la leche de consumo en el mercadocomo esta¥ previsto en el Acta de adhesio¥n de Finlandia de productos la¥cteos, que representa el 26 % de lay de Suecia.

produccio¥n total de la Europa de los quince. Es interesante sen~alar que en Finlandia y en Suecia esteporcentaje1.2. La propuesta implica la depuracio¥n del reglaalcanza el 33 % y 32 % respectivamente.mentopara hacerde Èl lo que se denomina unreglamento vertical que aclarari¥a la normativa relativa a la produc- 2.4. El ComitÈ se une a la propuesta de la Comisio¥n cio¥n de leche de consumo. Desde el 1 de enero de 1994, sobre la conveniencia de mantener la composicio¥n los aspectos sanitarios y cualitativos de la leche de natural de las protei¥nas de la leche y evitar su normalizaconsumoentran enelcampode aplicacio¥ndelaDirectiva cio¥n, permitiendo, no obstante, su enriquecimiento.

92/46/CEE, que abarca el conjunto de los productos Esta...

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