Asunto C-429/00: Petición de decisión prejudicial presentada mediante resolución del Giudice di Pace di Genova, de fecha 11 de noviembre de 2000, en el asunto entre Radiosistemi Srl y Prefetto di Genova
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C 28/20 ES 27.1.2001Diario Oficial de las Comunidades Europeas La parte demandante solicita al Tribunal de Justicia que: Recurso de casacio´n interpuesto el 21 de noviembre de 2000 por Anton Dürbeck GmbH contra la sentencia dictada el 19 de septiembre de 2000 por la Sala Quinta-- Declare que el Reino Unido ha incumplido las obligaciodel Tribunal de Primera Instancia de las Comunidadesnes que le incumben en virtud de la Directiva Europeas, en el asunto T-252/97, promovido por Anton76/160/CEE(1), al no haber garantizado que la calidad de Dürbeck GmbH contra la Comisio´ n de las Comunidadeslas aguas de ban~o en el Reino Unido se ajuste a los valores Europeas, apoyada por el Reino de Espan~ a y la Repu´blicali´mite fijados en virtud del arti´culo 3 de la citada Directiva.
Francesa -- Condene en costas al Reino Unido.
(Asunto C-430/00 P) (2001/C 28/39) Motivos y principales alegaciones En el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 21 de noviembre de 2000 un recurso de casacio´nEl arti´culo 4 de la Directiva 76/160/CEE dispone que los formulado por Anton Dürbeck GmbH, asistida y representadaEstados miembros adoptara´n todas las disposiciones necesapor Dr. Gert Meier, Abogado, Berrenrather Straße 313, 50937rias, en el plazo de diez an~os a partir de la notificacio´n de la Köln, Alemania, contra la sentencia dictada el 19 de septiembreDirectiva, para garantizar que la calidad de las aguas de ban~o de 2000 por la Sala Quinta del Tribunal de Primera Instanciase ajuste a los valores li´mite indicados en el Anexo.
de las Comunidades Europeas, en el asunto T-252/97, promovido por Anton Dürbeck GmbH contra la Comisio´n de las La Comisio´n observa que, no obstante los esfuerzos realizados Comunidades Europeas, apoyada por el Reino de Espan~a y la para mejorar el cumplimiento de la normativa en materia de Repu´blica Francesa.
calidad de las aguas de ban~o, el Reino Unido sigue sin cumplir La parte recurrente solicita al Tribunal de Justicia de laslas exigencias establecidas en la Directiva. Por consiguiente, la Comunidades Europeas que:Comisio´n se ve en la obligacio´n de concluir que el Reino Unido ha incumplido las obligaciones que le incumben en 1. Anule la sentencia recurrida.virtud de la Directiva.
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Anule la Decisio´n de la Comisio´n de 10 de julio de 1997 relativa al caso de rigor excesivo.
(1) Directiva 76/160/CEE del Consejo, de 8 de diciembre de 1975, relativa a la calidad de las aguas de ban~o, DO L 31, de...
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