Asunto T-283/04: Recurso interpuesto el 9 de julio de 2004 por Georgia-Pacific S.A.R.L. contra la Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos)

Recurso interpuesto el 9 de julio de 2004 contra la Comisión de las Comunidades Europeas por Paola Staboli (Asunto T-281/04) (2004/C 262/65) (Lengua de procedimiento: francés) En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 9 de julio de 2004 un recurso contra la Comisión de las Comunidades Europeas formulado por Paola Staboli, con domicilio en Saint-Gilles (Bélgica), representada por el Sr. Lucas Vogel, abogado.

La parte demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

-- Anule las decisiones adoptadas por la AFPN, el 12 de marzo de 2004 y el 6 de abril de 2004, de rechazar su reclamación de 29 de agosto de 2003, en la que criticaba una decisión de 9 de mayo de 2003 que le negaba reconocer en concepto de acción de formación su participación en dos conferencias que tuvieron lugar en Melbourne y en Perth, entre el 26 de junio y el 5 de julio de 2003, y también le negaba el permiso de formación para ello.

-- En la medida necesaria, anule también la decisión, antes mencionada, de 9 de mayo de 2003, adoptada por el Director General del Servicio de Traducción de la Comisión.

-- Condene a la Comisión al pago de 5 euros en concepto de indemnización de daños y perjuicios.

-- Condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones La demandante se opone a la decisión de la AFPN de denegarle el permiso de formación que solicitó para participar, en calidad de conferenciante, en unas conferencias que tuvieron lugar en Melbourne y Perth (Australia), entre el 26 de junio y el 5 de julio de 2003.

En apoyo de sus pretensiones, la demandante alega lo siguiente:

-- Infracción del artículo 24, párrafo tercero, del Estatuto;

infracción de la decisión adoptada por el colegio de Comisarios el 7 de mayo de 2002, en particular, de sus artículos 1, 2 y 3, así como de la decisión por la que se aprueba el programa de formación para 2003 de la demandante, al negársele el permiso de formación controvertido por considerarlo una actividad de interés personal, a pesar de que constaba explícitamente en concepto de acción de formación dentro de su programa de formación para 2003, por un lado, y que, además, uno de los objetivos de la formación permanente de los funcionarios consiste precisamente en asegurar el desarrollo personal de los trabajadores, así como su participación en dar a conocer y mejorar la Comisión.

-- Vulneración del principio de no discriminación y existencia de un error manifiesto de...

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