Reglamento de Ejecución (UE) nº 1147/2013 de la Comisión, de 14 de noviembre de 2013, que modifica el Reglamento (CE) nº 1121/2009 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo, en lo que atañe al régimen de pago único por superficie para los agricultores en Chipre

SectionReglamento de ejecución
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

15.11.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 305/3

ES

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 1147/2013 DE LA COMISIÓN

de 14 de noviembre de 2013

que modifica el Reglamento (CE) n o 1121/2009 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n o 73/2009 del Consejo, en lo que atañe al régimen de pago único por superficie para los agricultores en Chipre

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 73/2009 del Consejo, de 19 de enero de 2009, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa a los agricultores en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n o 1290/2005, (CE) n o 247/2006, (CE) n o 378/2007 y se deroga el Reglamento (CE) n o 1782/2003

( 1 ), y, en particular, su artículo 142, letra e),

Considerando lo siguiente:

(1) El artículo 124, apartado 1, del Reglamento (CE) n o 73/2009 establece las normas para determinar la superficie agrícola de los nuevos Estados miembros que puede acogerse al régimen de pago único por superficie contemplado en el artículo 122 de dicho Reglamento.

(2) De conformidad con el artículo 89 del Reglamento (CE) n o 1121/2009 de la Comisión

( 2

), la superficie agrícola para Chipre se establece en el anexo VIII de dicho Reglamento.

(3) Mediante carta de 13 de agosto de 2013, Chipre notificó a la Comisión que había revisado su superficie agrícola utilizada que puede optar al régimen de pago único por superficie, de conformidad con el artículo 124, apartado 1, del Reglamento (CE) n o 73/2009. La revisión tiene en cuenta el hecho de que, en los últimos años, muchos productores han abandonado sus tierras cultivadas por causa de las condiciones climatológicas excepcionales de los años 2006-2009 manifestadas por importantes sequías y la escasez de suministro de agua de los sistemas de riego, con graves repercusiones en la integridad de la red de presas de Chipre. Por consiguiente, la superficie total para la que se solicita el pago único por superficie ha ido disminuyendo desde 2007, lo que demuestra el carácter permanente de dicho abandono de tierras y justifica una revisión de la superficie agrícola utilizada. Por otra parte, la revisión efectuada es el resultado de la experiencia adquirida en los últimos años en el ámbito de la comprobación de las...

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