E-1955/98 de Glenys Kinnock a la ComisiónAsunto: «Flexibilidad» y futuras relaciones ACP/UE

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

(1999/C 118/010) PREGUNTA ESCRITA E-1955/98 de Glenys Kinnock (PSE) a la Comisión (30 de junio de 1998) Asunto: 'Flexibilidad' y futuras relaciones ACP/UE La reunión ministerial de Barbados ha tratado sobre problemas de 'conducta social y política' con respecto al Convenio de Lomé.

¿Podría definir la Comisión el carácter de la 'flexibilidad' que, según se ha informado, caracterizará las relaciones entre la Unión Europea y los países ACP? Respuesta del Sr. Pinheiro en nombre de la Comisión (11 de septiembre de 1998) La Comisión entiende que la pregunta de Su Señoría se refiere concretamente al método propuesto en materia de asociación económica y comercial. Pero la Comisión querría, antes de cualquier otra consideración, precisar lo que entiende por flexibilidad en general.

En el marco de una asociación global, para ser más eficaz y para responder a las necesidades específicas de cada país, la Unión propone modular y adaptar las prioridades y las modalidades de la asociación en función del nivel de desarrollo, de la vulnerabilidad de algunos países y en función asimismo de las estrategias de desarrollo definidas por los países a nivel nacional o regional, estrategias que recogen sus compromisos en materia de desarrollo social y de lucha contra la pobreza.

Esta flexibilidad se aplicará también al diálogo político, que para ser efectivo deberá ampliarse en función de los temas de interés común y tratarse a un nivel más apropiado, es decir, a nivel regional.

Considerando especialmente la negociación propuesta de acuerdos económicos de asociación con subgrupos regionales ACP, estos acuerdos contribuirán a los objetivos del acuerdo marco, se adherirán a los criterios establecidos por el Consejo Europeo en junio de 1997 y se aplicarán de conformidad con las normas de la OMC. Aspirarán a liberalizar poco a poco el comercio entre los socios, a consolidar y a mejorar el acceso actual de los países ACP al mercado comunitario y a introducir, durante un período de transición que debe definirse de conformidad con la OMC, la reciprocidad para las exportaciones comunitarias. Cubrirán sustancialmente todo el comercio entre las partes, sin excluir ningún sector (pero teniendo en cuenta la...

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