Reglamento (CE) nº 274/2004 de la Comisión, de 17 de febrero de 2004, por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 274/2004 DE LA COMISIÓN

de 17 de febrero de 2004

por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) no 3223/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de importación de frutas y hortalizas (1),y, en particular, el apartado 1 de su artículo 4, Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 3223/94 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores a tanto alzado de importación de terceros países correspondientes a los productos y períodos que se precisan en su anexo.

(2) En aplicación de los criterios antes indicados, los valores globales de importacióndeben fijarse en los niveles que figuran en el anexo del presente Reglamento.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los valores globales de importación a que se refiere el artículo 4 del Reglamento (CE) no 3223/94 quedan fijados según se indica en el cuadro del anexo.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 18 de febrero de 2004.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 17 de febrero de 2004.

Por la Comisión

J. M. SILVA RODRÍGUEZ

Director General de Agricultura

(1) DO L 337 de 24.12.1994, p. 66; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1947/2002 (DO L 299 de 1.11.2002, p. 17).

ANEXO

del Reglamento de la Comisión, de 17 de febrero de 2004, por el que se establecen los valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

(EUR/100 kg)

Código NC Código país tercero (1) Valor global de importación

0702 00 00 052 75,8

204 39,5

212 114,0

624 109,5

999 84,7

0707 00 05 052 147,8

204 43,2

999 95,5

0709 10 00 220 80,1

999 80,1

0709 90 70 052 78,1

204 78,5

999 78,3

0805 10 10, 0805 10 30, 0805 10 50 052 46,1

204 44,8

212 52,4

220 39,0

600 41,4

624 57,6

999 46,9

0805 20 10 204 101,3

999 101,3

0805 20 30, 0805 20 50, 0805 20 70, 0805 20 90

052 70,8

204 110,4

220 74,5

464 74,2

600 70,2

624 78,0

999 79,7

0805 50 10 600 65,3

999 65,3

0808 10 20, 0808 10 50, 0808 10...

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