Reglamento (CE) nº 588/2004 de la Comisión, de 30 de marzo de 2004, por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

I

(Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad)

REGLAMENTO (CE) No 588/2004 DE LA COMISIÓN

de 30 de marzo de 2004

por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) no 3223/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, por el que se establecen disposicionesde aplicación del régimen de importación de frutas y hortalizas (1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 4, Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 3223/94 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores a tanto alzado de importación de terceros países correspondientes a los productos y períodos que se precisan en su anexo.

(2) En aplicaciónde los criterios antes indicados, los valores globales de importación deben fijarse en los niveles que figuran en el anexo del presente Reglamento.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los valores globales de importación a que serefiere el artículo 4 del Reglamento (CE) no 3223/94 quedan fijados según se indica en el cuadro del anexo.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 31 de marzo de 2004.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 30 de marzo de 2004.

Por la Comisión

J. M. SILVA RODRÍGUEZ

Director General de Agricultura

(1) DO L 337 de 24.12.1994, p. 66; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1947/2002 (DO L 299 de 1.11.2002, p. 17).

ANEXO

del Reglamento de la Comisión, de 30 de marzo de 2004, por el que se establecen los valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

(EUR/100 kg)

Código NC Código país tercero (1) Valor global de importación

0702 00 00 052 83,1

204 38,5

212 120,5

999 80,7

0707 00 05 052 129,4

068 105,0

096 88,7

204 19,6

220 135,1

999 95,6

0709 90 70 052117,9

204 115,4

999 116,7

0805 10 10, 0805 10 30, 0805 10 50 052 39,4

204 44,9

212 57,4

220 40,5

400 44,9

624 63,0

999 48,4

0805 50 10052 47,5

400 51,0

999 49,3

0808 10 20, 0808 10 50, 0808 10 90 060 27,3

388 84,8

400 121,2

404 89,2

508 76,7

512...

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