Reglamento (CE) nº 1955/2004 de la Comisión, de 12 de noviembre de 2004, por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

I

(Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad)

REGLAMENTO (CE) No 1955/2004 DE LA COMISIÓN

de 12 de noviembre de 2004

por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) no 3223/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de importación de frutas y hortalizas (1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 4, Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 3223/94 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores a tanto alzado de importación de terceros países correspondientes a los productos y períodos que se precisan en su anexo.

(2) En aplicación de los criterios antes indicados, los valores globales de importación deben fijarse en los niveles que figuran en el anexo del presente Reglamento.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los valores globales de importación a que se refiere el artículo 4 del Reglamento (CE) no 3223/94 quedan fijados según se indica en el cuadro del anexo.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 13 de noviembre de 2004.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 12 de noviembre de 2004.

Por la Comisión J. M. SILVA RODRÍGUEZ

Director General de Agricultura ES 13.11.2004 Diario Oficial de la Unión Europea L 337/1

(1) DO L 337 de 24.12.1994, p. 66; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1947/2002 (DO L 299 de 1.11.2002, p. 17).

ANEXO

del Reglamento de la Comisión, de 12 de noviembre de 2004, por el que se establecen los valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

(EUR/100 kg)

Código NC Código país tercero (1) Valor global de importación

0702 00 00 052 86,7

204 83,7

999 85,2

0707 00 05 052 78,5

999 78,5

0709 90 70 052 87,3

204 73,3

999 80,3

0805 20 10 204 51,8

999 51,8

0805 20 30,0805 20 50, 0805 20 70, 0805 20 90

052 68,9

624 96,7

999 82,8

0805 50 10 052 52,1

388 31,5

524 67,3

528 44,7

999 48,9

0806 10 10 052 98,9

400 213,1

508 222,3

999 178,1

0808 10...

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