Reglamento (CE) nº 265/2005 de la Comisión, de 17 de febrero de 2005, por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

I

(Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad)

REGLAMENTO (CE) No 265/2005 DE LA COMISIÓN

de 17 de febrero de 2005

por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de de terminadas frutas y hortalizas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) no 3223/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de importación de frutas y hortalizas (1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 4, Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 3223/94 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores a tanto alzado de importación de terceros países correspondientes a los productos y períodos que se precisan en su anexo.

(2) En aplicación de los criterios antes indicados, los valores globales de importación deben fijarse en los niveles que figuran en el anexo del presente Reglamento.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los valores globales de importación a que se refiere el artículo 4 del Reglamento (CE) no 3223/94 quedan fijados según se indica en el cuadro del anexo.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 18 de febrero de 2005.

El presente Reglamento será obligatorio en todos suselementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 17 de febrero de 2005.

Por la Comisión

J. M. SILVA RODRÍGUEZ

Director General de Agricultura y de Desarrollo Rural ES 18.2.2005 Diario Oficial de la Unión Europea L 47/1

(1) DO L 337 de 24.12.1994, p. 66. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1947/2002 (DO L 299 de 1.11.2002, p. 17).

ANEXO

del Reglamento de la Comisión, de 17 de febrero de 2005, por el que se establecen los valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

(EUR/100 kg)

Código NC Código país tercero (1) Valor global de importación

0702 00 00 052 129,3

204 79,1

212 189,0

624 230,6

628 104,0

999 146,4

0707 00 05 052 167,0

068 129,2

204 68,5

999 121,6

0709 10 00 220 39,4

999 39,4

0709 90 70 052 168,6

204 226,8

999 197,7

0805 10 20 052 48,1

204 48,6

212 45,3

220 38,7

421 30,9

448 35,8

624 63,2

999 44,4

0805 20 10 204 87,5

624 80,9

999 84,2

0805 20...

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