2003/C 28 E/074E-1069/02 de Glyn Ford a la Comisión Asunto: Pilas de níquel y cadmio

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

fraude. Esos efectos pueden lograrse en la medida en que la normativa define con mayor claridad las responsabilidades de los operadores, pero no son mensurables. Por lo que se refiere a otros aspectos, como la mejora estructural de la gestión administrativa del sistema, algunos de cuyos elementos solo son aplicables desde principios de 2002, es aún demasiado pronto para proceder a una valoración.

La Comisión viene desplegando esfuerzos considerables para garantizar la implantación puntual del nuevo sistema informatizado de tránsito (NSIT). Ha proporcionado todo el soporte central necesario, como los programas informáticos comunes y un servicio de asistencia técnica, ha organizado reuniones de coordinación, seminarios y talleres, ... Además de ello, ha aprovechado todos los contactos con los Estados miembros para subrayar la importancia de conceder al NSIT la prioridad que requiere.

En mayo de 2001 la Comisión organizó una demostración de los proyectos del NSIT ante los representantes del Parlamento y los Estados miembros. Recientemente, el Comisario responsable del Mercado Interior, la Fiscalidad y la Unión Aduanera presentó la cuestión por escrito a los Ministros de Hacienda de los Estados miembros y en el Consejo de Mercado Interior. Asimismo, ha mantenido informado al Parlamento mediante carta a su Presidente, Sr. Cox, y a la Presidenta de la Comisión de Control Presupuestario, Sra. Theato. La Comisión ha cumplido todas sus obligaciones jurídicas y técnicas e insta a los Estados miembros y los operadores a que cumplan las suyas con el fin de garantizar el pleno funcionamiento del NSIT.

Los Ministros de Hacienda han comunicado que respetarán el plazo del 1 de julio de 2003 previsto para la implantación del NSIT en la Decisión relativa al programa 'Aduana 2002'.

Por otra parte, la Comisión ha dispuesto todo lo necesario para que el sistema sea operativo en la misma fecha en todos los países que son partes Contratantes en el Convenio sobre tránsito común. Pese a no tener obligación jurídica alguna a este respecto, la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) y los países de Visegrad (Polonia, Hungría, la República Checa y la República Eslovaca) han declarado que estarán preparados para esa fecha.

Si bien es cierto que entre los objetivos del NSIT y del sistema informatizado para la circulación y el control de los impuestos especiales (EMCS) figura la lucha contra el fraude en el sector de las mercancías sensibles y sujetas a impuestos...

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